Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20278
Bahia Blanca, 27/04/2021
VISTO
Las presentes actuaciones mediante las cuales el Departamento Cementerio, acompaña solicitud de la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal “Pétalos de Vida” en cuanto a la donación de material de rezago provenientes de las sepulturas y nichos desocupados del cementerio; y
CONSIDERANDO
A fojas 2, el Departamento de Cementerio informa que dentro del marco de la Ordenanza 13.024 en su Artículo 62º se estipula que “... las rejas, mármoles, cruces, lápidas y otro material procedente de sepulturas o nichos desocupados se entregaran a los propietarios que lo soliciten, dentro de un término de treinta (30 días). Vencidos dichos plazos perderán todo derecho y la Municipalidad dispondrá...”
El Departamento Cementerio informa que cuenta con acopio de placas sin ningún destino útil, por lo que sugiere dar viabilidad a la donación. A tal fin acompaña de fojas 2/8 listado con material de rezago.
Atento a ello, surgiendo del informe que se han cumplido los plazos del artículo 62º de la Ordenanza Nº 13.024, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,
ORDENANZA
Artículo 1º – Dónese a la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal “Pètalos de Vida”, material de rezago (placas, broncería, pasta de aluminio, etc), identificados en el Anexo I, que pasa a formar parte de la presente, proveniente de sepulturas y/o nichos desocupados el cementerio local, en el marco de lo establecido en la Ordenanza Nº 13.024, y conforme los informado de fojas 3 a 8 del expediente 0/00-1268/2021.
Artículo 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO.