Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 428
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/03/2021
Visto la Solicitud de Pedido Nº 929/2021 originada por la Agencia de Seguridad Vial, dependiente de la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, con el objeto de adjudicar la prestación del servicio de un profesional abogado para brindar asesoramiento legal a las victimas de siniestros viales y/o a sus familiares, a partir del 15 de abril del 2021 y hasta el 31 de julio del mismo año; y CONSIDERANDO:
Que el objetivo de la presente contratación es cumplir con el asesoramiento legal a las victimas de siniestros viales y/o a sus familias, además de trabajar en conjunto con el personal de la Agencia Municipal de Seguridad Vial en materia de capacitación sobre leyes y decretos reglamentarios relacionados al tránsito.
Que habiéndose realizado un Proceso de Selección al cual se presentaron tres (3) postulantes, según consta en los testimonios del Acta de fs. 4, los evaluadores intervinientes sugieren adjudicar a la Sra. LOREA María Belén la prestación de estos servicios, dada la aptitud acorde al perfil fijado para las tareas a desempeñar e idoneidad.
Que a fojas 7 de las presentes actuaciones obra la solicitud de declaración de incompetencia para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por la Agencia de Seguridad Vial y por la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Declárase la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas.
ARTÍCULO 2º) Adjudíquese a la Profesional Abogada LOREA María Belén, DNI: 28.823.037, la prestación de los Servicios Técnicos y Profesionales para brindar asesoramiento legal a las vÍctimas de siniestros viales y/o a sus familiares; a partir del día 15 de abril y hasta el 31 de julio de 2021, por la suma total de PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($122.500), en un todo de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos.-
ARTÍCULO 3º) Encomiéndase a la Agencia de Seguridad Vial el seguimiento y control de la efectiva prestación del Servicio.-
ARTÍCULO 4º) Cúmplase, notifíquese, tome nota Agencia de Seguridad Vial, Contaduría General, Departamento de Compras, dése el R.O. y ARCHÍVESE.-