Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº755

Decreto Nº 755

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/04/2021

Visto el Programa de Solidaridad Cultural establecido por la Ordenanza Nº 12.600, reglamentada por Decreto Nº 1164/04 y modificatoria Nº 2-2825/2018; teniendo en cuenta la propuesta presentada por el señor Néstor Ariel Campano, músico local, sobre el proyecto “Dharma”, producción discográfica que se llevará a cabo en nuestra ciudad durante el transcurso del corriente año y,

CONSIDERANDO

Que Nes Campano es un artista nacido en Ingeniero White y radicado actualmente en Bahía Blanca, ciudad donde se encuentra finalizando sus estudios en el Conservatorio de Música. En su trayectoria ha grabado dos producciones discográficas: “Naturalmente” en 2016 y “Creo” en 2018.

Que en el año 2008 ganó los Torneos Juveniles Bonaerenses y en 2009 fue considerado el Premio Revelación en las Olimpíadas Internacionales en Villa Carlos Paz.

Que en 2019 fue premiado como Joven Sobresaliente de la Provincia de Buenos Aires por sus aportes a la cultura y la música popular, otorgado por JCI TOYP.

Que con la grabación del disco "Dharma", Campano pretende consolidar su proyección nacional e internacional en el afán de postularse a los “Premios Gardel a la música”, el “Festival Internacional de la Canción de Viña del Mar” y los “Latin Grammy”. 

Que se hace imprescindible brindar todo el apoyo necesario al desarrollo de actividades culturales en el ámbito de la ciudad, atendiendo al contexto actual de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional ante el avance de la pandemia provocada por el COVID 19. Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Apruébase el proyecto de producción discográfica denominado “Dharma”, presentado por el músico local Néstor Ariel Campano, encontrándose calificado de INTERÉS CULTURAL SUJETO AL PROGRAMA DE SOLIDARIDAD CULTURAL establecido en la Ordenanza Nº 12.600, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto y las actuaciones obrantes en el presente expediente.-

SEGUNDO: Determínase el monto autorizado de Pesos CIENTO VEINTE MIL ($120.000), dejándose expresamente aclarado que al momento de requerirse el beneficio estipulado en la Ordenanza Nº 12.600 y su Decreto Reglamentario Nº 1164/04 (y modificatoria Nº 2-2825/2018), dicho monto no deberá superar el cupo que anualmente se fija por cada ejercicio fiscal.-

TERCERO: Cúmplase, publíquese, notifíquese a los interesados, tomen nota Secretaría de Economía y Hacienda, Departamento Recaudación, Contaduría General; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-