Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº753

Decreto Nº 753

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/04/2021

Visto el Programa de Solidaridad Cultural establecido por la Ordenanza Nº 12.600, reglamentada por Decreto Nº 1164/04 y modificatoria Nº 2-2825/2018; teniendo en cuenta la propuesta presentada por la Sra. Adriana DI TILLIO, artísta escénica local, sobre el proyecto "Tríptico para un deseo" que se llevará a cabo en nuestra ciudad durante el corriente año y,

CONSIDERANDO

Que el proyecto abarca el montaje y difusión de una obra de teatro popular, colectivo y feminista, que tiene como objetivo abordar una temática social que se ha visto agravada en el contexto de aislamiento y encierro preventivo y, aún más con los hechos de los últimos meses, como es la violencia de género.

Que la obra pretende sensibilizar sobre esta temática a mujeres que puedan estar atravesando estas violencias, acercar información de forma segura a estas mujeres respecto a números de denuncia, sitios de contención, visibilizar la problemática ante la sociedad en su conjunto y ofrecer un espacio de reflexión y formación para pensar de forma colectiva alternativa y válida la manera de abordar el flagelo.

Que el grupo teatral, llamado “Mujeres de Pelo Suelto” e integrado por Di Tillio junto a Mariela Rigano y Graciela Mónica García, trabaja lo teatral en espacios no convencionales, dad que pretenden llegar con las propuestas a un público que habitualmente no concurre a salas teatrales y que no está habituado a las convenciones de las artes escénicas.

Que se hace imprescindible brindar todo el apoyo necesario al desarrollo de actividades culturales en el ámbito de la ciudad, atendiendo al contexto actual de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional ante el avance de la pandemia provocada por el COVID 19. Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Apruébase el proyecto "Trítico para un deseo"”, presentado por la artísta escénica local Adriana DI TILLIO, encontrándose calificado de INTERÉS CULTURAL SUJETO AL PROGRAMA DE SOLIDARIDAD CULTURAL establecido en la Ordenanza Nº 12.600, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto y las actuaciones obrantes en el presente expediente.-

SEGUNDO: Determínase el monto autorizado de Pesos CIENTO VEINTE MIL ($120.000), dejándose expresamente aclarado que al momento de requerirse el beneficio estipulado en la Ordenanza Nº 12.600 y su Decreto Reglamentario Nº 1164/04 (y modificatoria Nº 2-2825/2018), dicho monto no deberá superar el cupo que anualmente se fija por cada ejercicio fiscal.-

TERCERO: Cúmplase, publíquese, notifíquese a los interesados, tomen nota Secretaría de Economía y Hacienda, Departamento Recaudación, Contaduría General; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-