Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº748

Decreto Nº 748

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/04/2021

Visto el Programa de Solidaridad Cultural establecido por la Ordenanza Nº 12.600, reglamentada por Decreto Nº 1164/04 y modificatoria Nº 2-2825/2018; teniendo en cuenta la propuesta presentada por Horacio Galo Levantesi, en carácter de Presidente del Club Argentino, en la que comunica la intención de llevar a cabo el proyecto “Muestra testimonial – Exposición cultural y deportiva permanente con intervenciones culturales temporarias”; y

CONSIDERANDO

Que dicha propuesta se centra en concretar una muestra testimonial con documentación original desde la fundación del Club Argentino (1906) y con orden cronológico utilizando el hall y 3 salas del segundo piso.

Que la muestra tendrá un apoyo audiovisual para que pueda ser recorrida por alumnos de las diferentes escuelas (de diferentes niveles educativos) y público en general que podrán apreciar el valor cultural que caracteriza una época y su sociedad.

Que los trabajos a realizar están orientados en conservar el patrimonio cultural y deportivo y su estructura edilicia: para esto se pondrán valor 3 salas del edificio histórico, en las cuales se realizarán trabajos de aberturas, pintura y carpintería, que abarcarán paredes y cielorraso; así como el armado de una antigua mesa de snooker.

Que se hace imprescindible brindar todo el apoyo necesario al desarrollo de actividades culturales en el ámbito de la ciudad, atendiendo al contexto actual de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional ante el avance de la pandemia provocada por el COVID 19. Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

D E C R E T A

PRIMERO: Apruébase el Proyecto denominado “Muestra testimonial – Exposición cultural y deportiva permanente con intervenciones culturales temporarias”, presentado por el Club Argentino, encontrándose calificado de INTERÉS CULTURAL SUJETO AL PROGRAMA DE SOLIDARIDAD CULTURAL establecido en la Ordenanza Nº 12.600, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto y las actuaciones obrantes en el presente expediente.-

SEGUNDO: Determínase el monto autorizado de Pesos CIENTO VEINTE MIL ($120.000), dejándose expresamente aclarado que al momento de requerirse el beneficio estipulado en la Ordenanza Nº 12.600 y su Decreto Reglamentario Nº 1164/04 (y modificatoria Nº 2-2825/2018), dicho monto no deberá superar el cupo que anualmente se fija por cada ejercicio fiscal.-

TERCERO: Cúmplase, publíquese, notifíquese a los interesados, tomen nota Secretaría de Economía y Hacienda, Departamento Recaudación, Contaduría General; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-