Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 701
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 13/04/2021
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios correspondiente al Certificado Nº 1 de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN ESCUELA PRIMARIA N.º 70 Y E.S. N.º 25” ejecutada por la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L., y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 Y 2vta el Departamento Proyectos y Obras informa por expte. N°410-5997-2002, HCD-855-2000 Decreto N°823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.
Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados del certificados Nº 1, para la obra a cargo de la Empresa PROBRAS BAHIA S.R.L., cuya fecha de licitación: 15/10/2019, Fecha de Contrato: 19/11/2019, Acta de Replanteo: 16/12/2019, Plazo de obra: 210 días, Fin de Plazo de Obra: 13/07/2020.
Que de acuerdo a lo analizado por parte del Departamento Proyectos y Obras se informa que:
“…Se analiza la variación de precio R1 – Diciembre 2019 de la obra faltante considerando como mes base – Octubre 2019 y mes corte Diciembre– 2019 donde se puede observar una variación de precio del 6,67% superior al 5%, que especifica la reglamentación – (Verificación y calculo R1 – Diciembre 2019).
En en certificado N.º 1 se utiliza valores de la redeterminación 1.
Certificado Nº 1:
Se analiza el certificado N.º 1 según verificación y calculo R 1 a Diciembre 2019, en la que se puede observar que es superior al 5%.
Mes de ejecución de los trabajos: Diciembre 2019
Fecha de Certificación: 06 de Enero 2020.
Fecha de publicación índices de Diciembre: 4 de Junio 2020.
Fecha de Presentación empresa: 30/06/2020.
Importe Certificado Importe Redeterminado N°1: $391.938,18
Importe Certificado Base N.º 1: $373.518,90
Importe diferencia Certificado N.º 1: $18.419,28
Deducción por importe anticipo 20%: $3.683,86
TOTAL REDETERMINADO: $14.735,42
Que a fojas 82 el informe de la abogada del Municipio deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminacion, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminacion conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones de la obra.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Aprúebase la redeterminación de precios correspondiente a la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L. por el Certificado Nº 1 de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN ESCUELA PRIMARIA N.º 70 y E.S. N.º 25 ”, por la suma de PESOS CATORCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($14.735,42), en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el Expte. 416R-724-2021.-
ARTICULO 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
ARTICULO 3º: Cúmplase; dése al RO.; notifíquese a la firma PROBRAS BAHÍA S.R.L por intermedio del Departamento Proyectos y Obras, tome conocimiento el citado Departamento y pase al Departamento Compras. Cumplido ARCHÍVESE.-