Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 450
Mar Chiquita, 09/03/2021
Visto
El expediente 326/86; y
Considerando
Que la Desarrolladora Camet S.A. se acogió al beneficio de la Ordenanza Nº 070/19 correspondiente al Plan de Regularización de Construcciones y Condonación de Multas en Concepto de Derechos de Construcción y actualización de derechos no percibidos.
Que del informe de la Dirección de Obras Privadas estima que dicho beneficio se perdería cuando se detecten diferencias entre los declarado en planos y la realidad de la obra, tal como prescribe el articulo15 Ordenanza Nº 070/19.
Que, en consecuencia, corresponde la aplicación de una multa de acuerdo a lo establecido en el artículo 43º del Código Contravencional del Partido de Mar Chiquita aprobado por Ordenanza Nº 159/92. Y lo establecido en el Reglamento General de la construcción Ord 028/07 art 2.1, cap 8, sección 2.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: APLIQUESE a la DESAROLLADORA CAMET S.A. titular del inmueble sito en Av. de la localidad de Santa Clara del Mar (Circ. IV Secc. G Manz. 251 Parc. 5 y 6) la SANCION DE MULTA de $1.425.600,00 (PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS) correspondiente a la infracción de las Ordenanzas N° 159/92 y 028/07.
ARTICULO 2º: El monto de la multa aplicada en el artículo primero deberá abonarse en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado el presente decreto, bajo apercibimiento ejecución por vía judicial de apremio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Obras Públicas (Int) Arq. Walter M. Wischnivetzky y por el Sr. Secretario de Economía C.P.N Luis R. Aceituno.
ARTICULO 4º: NOTIFIQUESE a través de la Secretaría de Obras Públicas comuníquese a quienes demás corresponda, dese al Registro Oficial.