Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº430

Decreto Nº 430

Mar Chiquita, 05/03/2021

Visto

El decreto 017/2021; y

Considerando

La nota presentada por el Secretario de Salud Dr. Pons  Mauricio Antonio  solicitando se amplié la carga horaria del Dr. Sánchez Néstor  Gustavo, Leg. Nº 2588;

Que de acuerdo a lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo178º inc. 1) y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y al personal temporario;

Por ello,

                                                                      El INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

                                                                                                                  DECRETA

ARTICULO 1º: MODIFICASE, a partir del 1º de marzo de 2021, el Articulo Nº1 del Decreto  17/21 respecto a la carga horaria del Dr. Sánchez Néstor  Gustavo, Leg. Nº 2588, el que quedará redactado en su parte pertinente  de la siguiente manera: ARTICULO 1º: RENUEVASE, al PERSONAL DESTAJISTA que prestará atención profesional en el Hospital Municipal Eustaquio Aristizábal de la ciudad de Coronel Vidal y en las Unidades Sanitarias de las distintas localidades dependientes de la Secretaría de Salud, a partir del día 01 de enero de 2021 y hasta el día 31 de marzo  de 2021, inclusive, cuyo listado es el siguiente:

SANCHEZ, NESTOR GUSTAVO

Leg. 2588

DNI Nº 20.059.957

CUIL 20-20059957-9

Fecha de Nacimiento: 17/2/1968

Guardias médicas:

-- Lunes  de 08:00 a 20:00 y de 20:00 a 08:00 hs en la Unidad Sanitaria de General Pirán.

-- Domingo de 08:00 a 20:00 y de 20:00 a 08:00, los dos primeros del mes en la Unidad Sanitaria de General Pirán. 

ARTICULO2º: El gasto ordenado en los artículos 1ºserá imputado a la Jurisdicción 1110108000 - Secretaría de Salud – Programa 26 y 27 del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por los profesionales citados hasta el día 15 de cada mes.

ARTICULO 4º:El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Dr. Mauricio Antonio Pons y el por el Secretario de General Arq. Walter M. Wischnivetzky.

ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial.