Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 430
Mar Chiquita, 05/03/2021
Visto
El decreto 017/2021; y
Considerando
La nota presentada por el Secretario de Salud Dr. Pons Mauricio Antonio solicitando se amplié la carga horaria del Dr. Sánchez Néstor Gustavo, Leg. Nº 2588;
Que de acuerdo a lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo178º inc. 1) y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y al personal temporario;
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: MODIFICASE, a partir del 1º de marzo de 2021, el Articulo Nº1 del Decreto 17/21 respecto a la carga horaria del Dr. Sánchez Néstor Gustavo, Leg. Nº 2588, el que quedará redactado en su parte pertinente de la siguiente manera: ARTICULO 1º: RENUEVASE, al PERSONAL DESTAJISTA que prestará atención profesional en el Hospital Municipal Eustaquio Aristizábal de la ciudad de Coronel Vidal y en las Unidades Sanitarias de las distintas localidades dependientes de la Secretaría de Salud, a partir del día 01 de enero de 2021 y hasta el día 31 de marzo de 2021, inclusive, cuyo listado es el siguiente:
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SANCHEZ, NESTOR GUSTAVO |
Leg. 2588 |
DNI Nº 20.059.957 CUIL 20-20059957-9 Fecha de Nacimiento: 17/2/1968 |
Guardias médicas: -- Lunes de 08:00 a 20:00 y de 20:00 a 08:00 hs en la Unidad Sanitaria de General Pirán. -- Domingo de 08:00 a 20:00 y de 20:00 a 08:00, los dos primeros del mes en la Unidad Sanitaria de General Pirán. |
ARTICULO2º: El gasto ordenado en los artículos 1ºserá imputado a la Jurisdicción 1110108000 - Secretaría de Salud – Programa 26 y 27 del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por los profesionales citados hasta el día 15 de cada mes.
ARTICULO 4º:El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Dr. Mauricio Antonio Pons y el por el Secretario de General Arq. Walter M. Wischnivetzky.
ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial.