Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 4003
Coronel Rosales, 19/02/2021
ORDENANZA
Corresponde Expte. S-182/2020
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 3992, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4º: El pago del Impuesto a los Automotores previsto por el Artículo 11º de la Ley Nº 13.010 de la Provincia de Buenos Aires, conforme determina el Artículo 3º de su Decreto Reglamentario Nº 226/03, se efectuará en cuatro (4) cuotas iguales con vencimiento la primera en el mes de abril de cada año, la segunda en el mes de junio de cada año, la tercera en el mes de septiembre y la cuarta en el mes de diciembre de cada año; facultándose al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar reglamentariamente los días de vencimiento de cada una de ellas”.
Artículo 2º: Modifíquese el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 3992, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 9º: El Departamento Ejecutivo quedará facultado para otorgar a los contribuyentes y/o responsables del gravamen un descuento sobre los montos a abonar por el Impuesto a los Automotores conforme el siguiente esquema:
a) Según el modelo (años de antigüedad) del automotor el descuento a otorgar será en orden decreciente y proporcional entre el 40% y 10% partiendo del modelo más antiguo hasta llegar al más reciente, se denominará Dto. Municipal por antigüedad y según el siguiente rango:
Años de antigüedad |
Descuento |
25 o más |
40 |
24 |
38 |
23 |
36 |
22 |
34 |
21 |
32 |
20 |
30 |
19 |
28 |
18 |
26 |
17 |
24 |
16 |
22 |
15 |
20 |
14 |
18 |
13 |
16 |
12 |
14 |
11 |
12 |
12 |
10 |
b) Según el valor establecido (Valuación Fiscal) por el DNRPA a cada automotor el descuento a otorgar será en orden decreciente y proporcional entre el 40% y 4 % partiendo del rango de valor más bajo hasta llegar al rango de valor más alto, se denominará Dto Municipal por valuación conforme el siguiente esquema.-
Rango Valuación |
Descuento |
Hasta 250.000 |
40 |
250.000 a 300.000 |
36 |
300.000 a 350.000 |
32 |
350.000 a 400.000 |
28 |
400.000 a 450.000 |
24 |
450.000 a 500.000 |
22 |
500.000 a 550.000 |
20 |
550.000 a 600.000 |
18 |
600.000 a 650.000 |
16 |
650.000 a 700.000 |
14 |
700.000 a 750.000 |
12 |
750.000 a 850.000 |
10 |
850.000 a 1.000.000 |
8 |
1.000.000 a 5.000.000 |
6 |
Mayor a 5.000.000 |
4 |
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA EN SESION EXTRAORDINARIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo