Boletines/Lobería
Decreto Nº 204-21
Lobería, 28/01/2021
Solicita se asignen tareas al personal destajista que realizará tareas de albañilería en instalaciones del natatorio municipal de la localidad de San Manuel
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y Decreto Reglamentario N° 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.470/20, el Decreto N° 74/21, la Nota Nº 10.741/21, el Expediente Nº 4066-43/20; y
Considerando
QUE, por Nota Nº 10.741/21, Expediente Nº 4066-43/20, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto N° 74/21, que realizará tareas de albañilería en instalaciones del natatorio municipal de la localidad de San Manuel, a partir del 01 de enero de 2021;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto N° 74/21 que se detalla a continuación, que realizará tareas de albañilería en instalaciones del natatorio municipal de la localidad de San Manuel, a partir del 01 de enero de 2021:
APELLIDO Y NOMBRE NÚMERO DE DOCUMENTO PORCENTAJE
GIGENA, ABEL EDUARDO 12.845.013 50%
GIGENA, NÉSTOR OSVALDO. 14.007.945 50%
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Cargas de techo revocadas $ 6.516,29
Techo nuevo con estructura de madera $ 41.364,01
Revoque interior fratasado $ 28.893,60
Revoque exterior fratasado con hidrófugo $ 36.422,02
Carpeta $ 27.900,48
Colocación de aberturas $ 26.093,75
Columna de hormigón armado $ 39.633,64
Contrapiso y carpeta en vereda $ 49.117,10
Viga de hormigón armado $ 1.505,76
Demolición de revestimiento $ 23.665,89
Colocación de revestimiento $ 67.053,35
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON VEINTICUATRO ($ 348.166,24.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 299.422,97.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 41.779,95. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
PABLO J. BARRENA JUAN JOSE FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 204-21