Boletines/Lobería

Decreto Nº155-21

Decreto Nº 155-21

Lobería, 26/01/2021

Solicita la asignación de tareas al personal destajista que realizará trabajos de albañilería

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza N° 2470/20, el Decreto Nº 74/21, la nota N° 10.740/21, el Expediente Nº 4066-043/20; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Mogni, ubicada en calle D’Onofrio N°830 de la ciudad de Lobería;

QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;

QUE, consecuentemente, por Expediente Nº 4066-043/20, el Titular de esa Dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 13 de enero de 2021;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista Sr. ERNESTO OSCAR AZCONA, D.N.I. Nº 13.300.477, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Mogni, ubicada en calle D’Onofrio Nº 830 de esta ciudad de Lobería, a partir del 13 de enero de 2021.

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS                                                                   MONTO

Losa pozo ciego                                                         $ 1.712,27

Tendido cañería cloaca                                              $ 1.256,39

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 2.968,66.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON CINCO CENTAVOS ($ 2.553,05.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 356,24. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

PABLO J. BARRENA                                             JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                    INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 155/21