Boletines/Tornquist

Decreto Nº533/21

Decreto Nº 533/21

Tornquist, 12/05/2021

Visto

Lo dispuesto por artículos 87 y 88 del Decreto 2980/00 RAFAM; y.-

Considerando

Que de acuerdo al Artículo Nº 192 de la Ley Orgánica Municipal y los Artículos 24 y 235 del reglamento de Contabilidad, el Departamento Ejecutivo tiene la facultad de constituir montos de Cajas Chicas;

Que según lo establecido en el Decreto 2980/00, la constitución, ampliación, disminución y anulación de los anticipos de fondos para la atención de gastos menores en el sistema de “Caja Chica” deberá instrumentarse mediante Decreto del Departamento Ejecutivo;

Por ello, en uso de sus atribuciones,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO

D   E   C   R   E   T   A

ARTÍCULO 1º: Créase la apertura de montos de “Cajas Chicas” para el año 2021, de acuerdo al detalle que se indica a continuación, con cargo a la dependencia que corresponde y a la imputación:

Cuenta Extrapresupuestaria: ACTIVOS – CREDITOS – 1138 – FONDO ROTATORIO AXTE 2000 – ANTICIPOS OTORGADOS 2400 – APERTURAS CAJAS CHICAS.-

Jurisdicción

Categoría

Program.

Dependencia

Solicitante

Funcionario

Responsable

Importe

Secretaria de

 Salud

01.00

Unidad Sanitaria

Mariana Tarabelli

$ 5.000,00 

 

Villa Ventana

Proveedor 5035

ARTICULO 2º: Considérese como conceptos a atender por caja chica aquellos gastos menores de consumo y servicios -

ARTICULO 3º: Establézcase como valor máximo de cada pago individual de todas las cajas chicas $ 1.000,00 (pesos un mil) -

ARTICULO 4º: La periodicidad en la rendición de cuentas de las cajas chicas con su respectivo reintegro de fondos, podrá ser cada siete a treinta días, cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado. Dentro de los últimos 15 días hábiles del ejercicio se procederá a la rendición final de los gastos y a la devolución de los importes excedentes -

ARTICULO 5º: Comuníquese y Publíquese. Regístrese y Cumplido. ARCHIVESE.-