Boletines/Tandil

Decreto Nº1492/2021

Decreto Nº 1492/2021

Tandil, 07/05/2021

Visto

El artículo 125° inciso a) de la Ley N° 27.467; y

Considerando

Que se ha verificado el efectivo ingreso de Pesos ocho millones quinientos cincuenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro con siete centavos ($ 8.557.674,07) provenientes del “Fondo COVID de compensación al transporte público de pasajeros automotor urbano y suburbano del interior del país”, a partir de la emisión de la Resolución 29 del Ministerio de Transporte de Nación, en el marco del artículo 125° inciso a) de la Ley N° 27467.

Que a los efectos de cumplimentar con la normativa correspondiente resulta necesario el dictado del presente acto administrativo con el objeto de girar la suma de Pesos ocho millones quinientos cincuenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro con siete centavos ($ 8.557.674,07) a las empresas de transporte público de pasajeros incluidas en la legislación.

Que el criterio de distribución entre cada una de las empresas transportistas está determinado en función al monto total neto en forma proporcional a lo establecido en ANEXO I de la Resolución 140 del Ministerio de Transporte de Nación (IF-2020-37715091-APN-SSTA#MTR).

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Procédase a extender orden de pago por la suma total de Pesos ocho millones quinientos cincuenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro con siete centavos ($ 8.557.674,07) en el marco del artículo 125° inciso a) de la Ley N° 27.467 en favor de las siguientes empresas de transporte público de pasajeros y por los montos que para caso se indican:

CUIT

EMPRESA

IMPORTE

30-54657122-6

Transporte Villa Aguirre S.A.

 $ 1.363.512,68

30-54657139-0

Transporte 9 de Julio S.A.

 $ 1.425.741,07

30-54657146-3

Transporte General Rodríguez S.A.

 $ 1.560.128,65

30-55484817-2

Transporte General Belgrano S.R.L.

 $ 1.536.161,10

30-57125774-9

Transporte Ciudad de Tandil S.R.L.

 $ 1.347.908,52

33-70982688-9

Transporte La Nueva Movediza S.A.

 $ 1.324.222,05

TOTALES

 $ 8.557.674,07


Artículo 2º:: La erogación respectiva será imputará a la partida correspondiente por la Contaduría General.

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, dése al "Boletín Municipal" y archívese. Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
                                 Secretaría de Gobierno                   -                  Intendencia