Boletines/Tandil

Decreto Nº1483/2021

Decreto Nº 1483/2021

Tandil, 06/05/2021

Visto

La solicitud de ampliación de la designación como personal de Servicio – Mucama de la señora Laura Alejandra Soutrelle Román – Legajo 11.308, en carácter de reemplazante, efectuada por las Coordinadoras de Mucamas/os del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en virtud de su buen desempeño y de la dispensa por embarazo de la agente Josefina Cejas – Legajo 10.779.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Amplíase la designación de la señora Laura Alejandra Soutrelle Román – Legajo 11.308, como personal de Servicio – Mucama, en la planta temporaria de personal del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en carácter de reemplazante, categoría 1 – 48 horas semanales, a partir del 4 de mayo de 2021 y hasta la finalización de la dispensa o licencia de la titular, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.

Artículo 2°: Se deja establecido que la señora Laura Alejandra Soutrelle Román se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Coordinación de Mucamas/os.

Artículo 3°: Los egresos respectivos impútense a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 – Hospital de Niños “Dr. Debilio Blanco Villegas”, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 – Gastos en Personal, 1.2.0.0 – Personal Temporario, 1.2.1.0 –Retribuciones del cargo, 1.2.1.3 – Personal Reemplazante, 1.2.2.0 – Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 –Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 – Liquidación Obra Social, del presupuesto de gastos vigente.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos, Servicios Generales, Supervisión de Mucamas/os y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Gastón Morando (Presidente)               -           Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Presidencia del Sistema Integrado de Salud      -                        Intendencia