Boletines/Tandil
Decreto Nº 1468/2021
Tandil, 06/05/2021
Visto
La solicitud de ampliación de la designación como personal de Enfermería de la señora Inés Susana Fernández –Legajo 11.285, en el Servicio de Cuidados Respiratorios Intermedios del Hospital “Ramón Santamarina”, efectuada por el Jefe Interino del Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en virtud de su buen desempeño.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíase la designación de la señora Inés Susana Fernández – Legajo 11.285, como personal de Enfermería, en la planta temporaria de personal del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en carácter de mensualizada, categoría 8 – 48 horas semanales, en el marco de los Decretos N° 2714/2019 y 1169/2021, a partir del 13 de mayo de 2021 y por el término de tres meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.
Artículo 2°: Se deja establecido que la señora Inés Susana Fernández se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de Enfermería, para lo cual se autoriza a la Presidencia del SISP a establecer los cambios necesarios a través de disposición.
Artículo 3°: Las erogaciones a producirse serán imputadas a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 – Hospital “Ramón Santamarina”, 17.01.00 –Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 – Gastos en Personal,1.2.0.0 – Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del cargo, 1.2.1.3 – Personal Provisional, y 1.2.2.0 –Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 – Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 – Liquidación Obra Social, 1.3.1.0 –Retribuciones extraordinarias, 1.3.1.9 – Garantía de Enfermería, del presupuesto de gastos vigente.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia del SISP Ente Descentralizado, Direcciones del Hospital “Ramón Santamarina”, Departamentos de Recursos Humanos, Enfermería y Contaduría, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Gastón Morando (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia