Boletines/Chascomús
Resolución Nº 112/21
Chascomús, 14/05/2021
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-152964/C, caratulado “Prórroga Beneficios Ordenanza 2455 y modificatoria 4761/14 – Estancia La Alameda” iniciado por el Sr. Gustavo CÁNEPA; y
Considerando
Que a fs. 1 del expediente referido el Sr. Gustavo Cánepa -quien ha acreditado ante éste municipio la representación que invoca-, solicita la prórroga de los beneficios otorgados mediante Resolución N° 325/19.
Que conforme la citada Resolución 325/19 se concedió a Estancia La Alameda, CUIT N° 30-70857311-2 los beneficios establecidos en los inc. a) y c) del artículo 3° de la Ordenanza 4761/14 para el ejercicio 2019; es decir que se eximió de los Derechos de Construcción y de la Tasa por Seguridad e Higiene, habiéndose efectivizado el mismo a partir de la cuota 5/2019 por lo que el beneficio finalizó con la cuota 4/2020.
Que el art. 5 de la Ordenanza 4761/14 dispone la duración de las exenciones que la misma contempla.
Así, la del inc. a) del art. 3º se extiende durante el desarrollo de la obra mientras se cumpla el plan estipulado en el proyecto; la de los incisos b), c), d), e) y f) por el término del Ejercicio correspondiente al otorgamiento del beneficio, el que podrá prorrogarse por dos (2) Ejercicios subsiguientes; y la del inc. g) al momento de la presentación de la solicitud.
Que en definitiva, resulta necesario el requerimiento del beneficiario para otorgar la prórroga por dos ejercicios subsiguientes.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que podrá hacerse lugar a la petición efectuada y otorgarse la prórroga de los beneficios concedidos por Resolución del Secretario de Hacienda N° 325/19 al emprendimiento “La Alameda S.A.” CUIT N° 30-70857311-2 de acuerdo con lo dispuesto por el art. 5 de la Ordenanza 4761/14.
Que el plazo del beneficio, atento como se ha dado cumplimiento a la Resolución 325/19 será por 24 meses, es decir hasta la cuota 4/2022 inclusive.
Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Prorrogar hasta la cuota 4/22 los beneficios establecidos en los incisos a) y c) del artículo 3º de la Ordenanza 4761/14 para Estancia La Alameda S.A. CUIT Nº 30-70857311-2, concesionario del inmueble ubicado en camino de circunvalación de la laguna km 12.600 de Chascomús, conforme Resolución N° 325/19.-
ARTICULO 2º.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, Habilitaciones, Ingresos Públicos y al beneficiario.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-