Boletines/Quilmes
Decreto Nº 265/2021
Quilmes, 09/02/2021
Visto
VISTO: la Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con
modificaciones vigentes), el Decreto-Ley 9.650/1980 (texto ordenado aprobado
por Decreto N° 600/94, y las modificaciones introducidas con posterioridad por
las Leyes Nros. 11562, 12150, 12302, 12.634, 12.750 y 12.867), la Ley N°
12.950 (con modificaciones introducidas por Ia Ley N° 13.547), la Ley Provincial
N° 14.656, el Decreto Provincial N° 476/81, el Convenio Colectivo de Trabajo N°
138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes y el EX-2021-
00016881- -QUI-CGADPER#JDG; y
Considerando
Que el agente Mirk), Julio Elias (Leg. 6.826), quien se
desempeña en la Direccion General de Cementerio, dependiente de Secretaria
de Servicios Publicos, reune los requisitos necesarios para acogerse Ia
Jubilacion Ordinaria, conforme lo determinado en el articulo 24 del DecretoLey
9.650/1980, el articulo 20 del Decreto Provincial N° 476/81 reglamentario del
citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.0.), la ley Provincial N° 14.656 y el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de
Quilmes;
Que el agente antes mencionado cumple con los recaudos
necesarios para la obtenci6n de Ia Jubilacion Ordinaria que establece el articulo
24 del ya mencionado Decreto-Ley 9.650/1980;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el articulo 107 y concordantes de Ia Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: DISPONESE Ia baja a partir del 04 de abril de 2021, en el cargo
de Obrero III - Jurisdiccion 01 — Subjurisdiccion 74 — Programa 37, a los efectos
de acogerse a la Jubilacion Ordinaria, del agente Miño, Julio Elias (Leg. 6.806 -
CUIL N° 20-14557173-2 — Fecha de nacimiento: 1° de abril de 1961) — Fecha de
Ingresq: del 26 de diciembre de 1980 al 04 de abril de 2021 — Antiguedad
Municipal: 40 años, 03 meses y 09 dias.-
ARTiCULO 2°: De conformidad con lo establecido en el Articulo 1° de Ia Ley N°
12.950, el mencionado agente percibira el sesenta por ciento (60%) de su
remuneraciOn mensual, sin prestaciOn de servicios, como anticipo jubilatorio
reintegrable por Ia Municipalidad de Quilmes, hasta tanto se haga efectivo el
pago de su prestacion previsional y sera deducido al momento de efectuarte Ia
liquidacion de los retroactivos correspondientes.-
ARTiCULO 3°: DISPONESE el pago a favor del agente Mirio, Julio Elias (Leg.
6.826), de una retribuciOn especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6)
mensualidades de acuerdo con lo determinado en el Articulo 24, Inc. f), 2°
parrafo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 138/2016 de los Trabajadoret de
la Municipalidad de Quilmes (concordante con el Art. 72 Inc. f), parrafo 2° de Ia
Ley Provincial N° 14.656),
ARTICULO 4°: El presente sera refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 5°: NOTIFIQUESE a la parte interesada en la Direccion General de
Administracion de Personal.-
ARTiCULO 6°: COMUN1QUESE a quien corresponda, dese al Registro Gerireral
y ARCHIVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA
JEFE DE GABINETE INTENDENTA
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DECRETO 265/2021