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Decreto Nº327

Decreto Nº 327

Lujan, 08/03/2021

ALONSO RED SRL - DR.MERLO 980 - LUJAN       

Visto

La presentación efectuada por expediente Nº 4069/06495/20,     mediante la cual la Empresa ALONSO RED S.R.L., representada por su   Socio-Gerente Pablo Marcelo ALONSO, conjuntamente con el vecino de la   calle:

"    (520) Dr.Merlo 

de la Ciudad de Luján, cuya nomenclatura catastral se detalla:       Circunscripción: II - Sección: D - Manzana: 34 - Parcela: 5a(adherente); según contrato de fs.5 del expediente de referencia; solicitan              autorización para realizar una extensión de la red de gas natural, según proyecto de NATURGY LU/02409 - Revisión 0, que luce a fs. 3 de dicho expediente; y

Considerando

 Que la Empresa, con domicilio real y legal en la calle   Ing. Boatti Nº 576, de la localidad de General Rodríguez - Provincia de    Buenos Aires, siendo su representante técnico el Ing. en Construcciones LACCIO, JOSÉ HUMBERTO, Matrícula Colegio de Ingenieros Nº 31454; será la   encargada de realizar los trabajos requeridos, por lo que se hace    responsable exclusiva de los accidentes de cualquier naturaleza que  pudieran originarse, incluso los deterioros en las instalaciones de  servicios públicos ya existentes.

        Que en virtud de los trabajos respectivos, deberá la Empresa ALONSO RED S.R.L. abonar los "Derechos de Construcción" (mínimo $3.072), correspondiente al 1% (uno por ciento) fijados en la Ordenanza               Impositiva Nº 6187, modificada por Ordenanza Impositiva Nº 7148 - Cap. IX - Artículo 21; siendo su monto de obra pesos sesenta mil($ 60.000), el total a pagar corresponde a pesos tres mil setenta y dos               ($ 3.072);

        Que la Empresa deberá abonar además, según Ordenanza               Impositiva Nº 6187, modificada por Ordenanza Impositiva Nº 7148 -              Capítulo X - Artículo 22 - inciso VII a)1, pesos doce con veintitrés centavos ($ 12,23) por metro lineal y por obra, por lo que siendo un total de 10 metros lineales, el monto a pagar es de pesos ciento           veintidós con treinta centavos ($ 122,30);

        Que a fs. 9 vta. del expediente de referencia la señora Jefe Departamento Catastro manifiesta cuanto sigue:

¢    "de la nota adjunta a fs.1 y del Proyecto LU-04209-0 (fs.3) se  "deduce una extensión de 10,00 m de la red de gas existente;

¢    "a desarrollar sobre parte de la calle de dominio municipal (520 - "Dr.Merlo) de la Ciudad de Luján;

¢    "con frente al bien de Nomenclatura Catastral:                        "Circunscripción: II - Sección: D - Manzana: 34 - Parcela: 5a             "(adherente); 

¢    "el emplazamiento se prevé a una distancia de 0,90 m respecto de "la Línea Municipal, según lo expresa a fs.1;

          Que corresponde a la Municipalidad extender dicha         autorización, dado que se refiere a trabajos que se deben realizar en la vía pública.
        
        Que el presente se dicta en virtud de las competencias otor-gadas por el Artículo 107 y concordantes del Decreto Ley N°6769/58.                                                       

///


Corresponde a expediente Nº 4069/06495/20.-
///2.-

 

Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1º.- Autorízase a la Empresa ALONSO RED S.R.L., con domicilio   -------------real y legal en la calle Ing. Boatti Nº 576, de la        localidad de General Rodríguez - Provincia de Buenos Aires, cuyo     representante técnico es el Ing. en Construcciones LACCIO, JOSÉ HUMBERTO, Matrícula Colegio de Ingenieros Nº 31454, a realizar una             extensión de la red de gas natural, según proyecto de NATURGY LU/02409 - Revisión 0, que luce a fs.5, de común acuerdo con el vecino de la             Ciudad de Luján, a realizarse:

¢    en una extensión de 10,00 m.de la red de gas existente;
¢    a desarrollar sobre parte de calle de dominio municipal          calle 520 - Dr.Merlo;
¢    con frente a los bienes de Nomenclatura Catastral:             Circunscripción: II - Sección: D - Manzana: 34 - Parcela: 5a               (adherente);
¢    la misma se emplazará a una distancia de 0,90 m. respecto de la Línea Municipal.---------
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Artículo 2º.- La Empresa ALONSO RED S.R.L deberá abonar los "Derechos de   ------------- Construcción" (mínimo $3.072), correspondiente al 1% (uno por ciento) fijados en la Ordenanza Impositiva Nº 6187, modificada por Ordenanza Impositiva Nº 7148 - Cap. IX - Artículo 21; siendo su monto de obra  pesos sesenta mil($ 60.000), el total a pagar corresponde a pesos tres mil setenta y dos ($ 3.072).---------------------------------------

Artículo 3º.- La Empresa deberá abonar además, según Ordenanza                  -------------- Impositiva Nº 6187, modificada por Ordenanza Impositiva Nº 7148 - Capítulo X - Artículo 22 - inciso VII a)1, pesos doce con veintitrés centavos ($ 12,23) por metro lineal y por obra, por lo que siendo un total de 10 metros lineales, el monto a pagar es de pesos ciento veintidós con veintitrés centavos ($ 122,30).--------------------

Artículo 4º.- Previo cumplimiento de los Artículos 2º y 3º, la Empresa     -------------- ALONSO RED S.R.L., deberá solicitar la correspondiente inspección de obra, ante la Dirección de Obras de esta Municipalidad.---

Artículo 5º.- La Empresa ALONSO RED S.R.L, es responsable exclusiva de     ------------- los accidentes de cualquier naturaleza que pudieran origi-narse incluso los deterioros en las instalaciones de servicios públicos ya existentes y se compromete a adoptar las medidas necesarias para el normal tránsito de vehículos y peatones.--------------------------------

Artículo 6º.- Con motivo de la rotura de las veredas y/o excavaciones      ------------- que deban realizarse para la ejecución de los trabajos  autorizados, el Contratista deberá reconstruir las veredas afectadas a su estado normal, siendo responsable exclusivo por el cumplimiento de esta obligación y por la calidad de las operaciones realizadas.---------

Artículo 7º.- Una vez permitida la apertura de veredas, se deberán         -------------- colocar carteles precautorios, mínimo dos (2) por cuadra con la siguiente leyenda: "Municipalidad de Luján" - Obras de               Infraestructura; referencia de obra, datos del contratista y número de expediente y decreto de autorización.- Dichos carteles serán banners de lona vinílica impresa con bordes superior e inferior conteniendo una banda de 20 cm., color amarillo iram con bandas transversales a 45º de no más de 10 cm. cada una color rojo bermellón; el anverso del banner incluirá el cien por cien (100%) de la superficie con este tratamiento de bandas. Los banners deberán tener 1,50 m. por 0,70 m. como mínimo. Deberán estar acompañados de un soporte para ser colgados a una altura de 0,90 m.-----------------------------------------------------------///

Corresponde a expediente Nº 4069/06495/20.-

///3.-

Artículo 8º.- La presente autorización será válida por el término de       ------------- sesenta (60) días contados a partir de la fecha del    presente Decreto.-------------------------------------------------------

Artículo 9º.- La obra autorizada en el Artículo 1º, será realizada por     ------------- el sistema de COSTO CUBIERTO por el vecino firmante, según contrato inserto a fs.5, del expediente de referencia.-----------------

Artículo 10º.-Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría   -------------- de Servicios Públicos, Infraestructura y Obras -      Dirección de Obras - Dirección de Planeamiento; Secretaría de Economía y Finanzas - Dirección de Recursos Tributarios; notifíquese a la Empresa ALONSO RED S.R.L; publíquese y archívese.-------------------------------

D E C R E T O    Nº327.-
CS/cg                                            

Corresponde a expediente Nº 4069/06495/20.-