Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 0658/21
General Pueyrredon, 29/04/2021
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita el reconocimiento de los servicios prestados por dos agentes en distintos establecimientos educacionales.
Que es necesario rectificar el Inc. b) del Artículo 1º de la Resolución Nº 0516/21, donde se consignó erróneamente el dígito en la designación del 9 de marzo de 2021, de la agente Ana Karina Taddeo.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 0916/2020,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por los agentes que seguidamente se detallan, como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA en los establecimientos educacionales que se consignan, durante los períodos que se indican a continuación:
ARTICULO 2º.- Rectificar el Inc. b) del Artículo 1º de la Resolución Nº 0516/21, dejando expresamente establecido que el dígito correcto en la designación de la agente ANA KARINA TADDEO (Legajo Nº 32.865) a partir del 9 de marzo de 2021, es 53 y no como se consignara en dicho acto administrativo.
ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, ad-referéndum Resolución expediente 8911-6-12.
ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 – F.Fin. 1-3-1.
ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI