Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 84/107
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 22/04/2021
Decretos de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante desde el n° 84 fecha 25/3/21 al n° 107 fecha 22/04/2021.
Decreto nº 84
Mar del Plata, 25 de marzo de 2021.
VISTO:
El Expte. 2083-D-2020 relacionado con el convenio acordado entre el Departamento Ejecutivo y la Asociación Civil Instituto María Auxiliadora para el funcionamiento de la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 8 y;
CONSIDERANDO:
Que la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 8 "María Auxiliadora" funciona en el “Instituto María Auxiliadora” de la calle Bolívar n° 4.783, donde concurren alrededor de 1000 estudiantes para formarse en las distintas especialidades.
Que cuenta con una abundante oferta en cursos con salida laboral relacionados al quehacer marplatense: Indumentaria, Textil, el Sector Belleza, Cocina y el Sector Turismo.
Que dado el tiempo transcurrido resulta apremiante realizar el acto administrativo correspondiente para la consecución de los trámites pendientes.
Que la presente iniciativa cuenta con acuerdo de la Comisión de Labor Deliberativa.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Convalídase el convenio nº 1031/20 suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la Asociación Civil "Instituto María Auxiliadora" por el uso de sus instalaciones para el funcionamiento de la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 8, recibiendo como contraprestación una suma anual de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-)
Artículo 2º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto N° 85
Mar del Plata, 26 de marzo de 2021.
Visto el expediente 2136-4-2020 Cpo. 1, por el cual se tramita el Concurso de Precios Nº 10/2020 para la “Contratación del Servicio de Enlace de Telecomunicaciones para el Honorable Concejo Deliberante”, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 01 de abril de 2021 concluye el período de contratación de dicho concurso.
Que según artículo 3.1. faculta a prorrogar por el plazo del contrato por el término de tres (3) meses, presentándose con fecha 05/03/2021 la solicitud de pedido Nº 577 para solicitar dicha prorroga.
Que el abono mensual cotizado por el proveedor TELMEX ARGENTINA S.A, asciende a la suma de Pesos Diecinueve Mil Setecientos Doce con 26/100 ($ 19.712,26).
Que habiéndose cumplimentado los pasos correspondientes al presente proceso de contratación, se aconseja adjudicar a la empresa TELMEX ARGENTINA S.A. por un monto total de Pesos Cincuenta y nueve mil ciento treinta y seis con 78/100 ($ 59.136,78).
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo1°: Adjudicase la prórroga del Concurso de Precios Nº 10/2020, referente a la “Contratación del Servicio de Enlace de Telecomunicaciones para el Honorable Concejo Deliberante”, a partir del 01 de abril de 2021 y por el término de tres meses (3), a la empresa TELMEX ARGENTINA S.A. por un monto total de Pesos Cincuenta y nueve mil ciento treinta y seis con 78/100 ($ 59.136,78).
Artículo 2°: Comuníquese, etc.-
la
Decreto nº 86
Mar del Plata, 29 de marzo de 2021
Visto el expediente nº 1271-CJA-2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Concejal Horacio Daniel Taccone solicita licencia a partir del día 29 de marzo de 2021.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 27 de octubre de 2019, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde que asuma el Concejal Suplente Martín Domingo Aiello.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia al Sr. Concejal HORACIO DANIEL TACCONE - Legajo nº 29.293/2, a partir del día 29 de marzo de 2021.
Artículo 2º: Incorpórase al Sr. Concejal Suplente MARTIN DOMINGO AIELLO – DNI: 18.517.682 – CUIL 20-18517682-8 - Legajo nº 26.902/5, en reemplazo del Concejal Horacio Daniel Taccone, a partir del día 29 de marzo de 2021.
Artículo 3º: Déjase establecido que el Concejal Suplente Martín Domingo Aiello reemplazará al Concejal Taccone en las Comisiones Permanentes que éste integra, por el tiempo que permanezca de licencia.
Artículo 4º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.-
sav
Decreto nº 87
Mar del Plata, 30 de marzo de 2021
Visto la nota presentada por el Bloque de Concejales del Frente Renovador, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Dase de baja a partir del día 01 de abril de 2021, a la Señora ANDREA DANIELA LAGUNA - Legajo nº 35.554/1, como Auxiliar Técnico en el Bloque de Concejales del Frente Renovador.
Artículo 2º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 3º: Déjase establecido que a través de la Secretaría de cada Bloque Político, se procederá a la notificación de la persona indicada en el artículo 1º del presente acto administrativo. La Dirección de Administración a través del Departamento Despacho, remitirá copia del presente a dicha Secretaría a los efectos que correspondan.
Artículo 4º: Comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.
Sav
Decreto N° 88
Mar del Plata, 31 de marzo de 2021.
Visto el expediente 1420-9-2019 Cpo. 1, por el cual se tramita el Concurso de Precios Nº 06/2019 para la “Contratación del Servicio de Enlace de Telecomunicaciones para el Honorable Concejo Deliberante”, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 31 de marzo de 2021 concluye el período de prórroga de dicho concurso.
Que según el artículo 3.2 del Concurso de Precios Nº 06/19 el Honorable Concejo Deliberante está facultado a llevar a cabo la continuidad del contrato por el término de dos (2) meses, por lo que con fecha 12/03/2021 se presentó la solicitud de pedido Nº 611 a fin de dar curso a dicha continuidad.
Que el abono mensual cotizado por el proveedor TELECOM ARGENTINA S.A., asciende a la suma de Pesos veinticinco mil ciento sesenta y ocho con 00/100 ($ 25.168,00).
Que habiéndose cumplimentado los pasos correspondientes al presente proceso de contratación, se aconseja adjudicar a la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. por un monto total de Pesos veinticinco mil ciento sesenta y ocho con 00/100 ($ 25.168,00).
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo1°: Adjudicase la continuidad del Concurso de Precios Nº 06/2019, referente a la “Contratación del Servicio de Enlace de Telecomunicaciones para el Honorable Concejo Deliberante”, a partir del 1 de abril de 2021 y por el término de dos meses (2), a la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. por un monto total de Pesos veinticinco mil ciento sesenta y ocho con 00/100 ($ 25.168,00).
Artículo 2°: Comuníquese, etc.-
la
Decreto nº 89
Mar del Plata, 5 de abril de 2021
Visto el Decreto nº 86/2021 dictado por esta Presidencia por el cual se concede licencia al Sr. Concejal Horacio Daniel Taccone, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al certificado médico presentado por el Concejal Horacio Daniel Taccone, se le otorga el alta médica a partir del día 4 de abril del corriente.
Que por lo anteriormente expuesto, el Sr. Concejal Taccone se reincorpora a su cargo, dándose por finalizado el reemplazo del Sr. Concejal Suplente Martín Domingo Aiello a partir de la fecha antes mencionada.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Reincorpórase a sus funciones al Sr. Concejal HORACIO DANIEL TACCONE - Legajo nº 29.293/2, dándose por finalizado el reemplazo del Sr. Concejal Suplente MARTIN DOMINGO AIELLO - Legajo nº 26.902/5, a partir del día 4 de abril de 2021.
Artículo 2º: Reincorpórese en las Comisiones Permanentes que integraba antes del pedido de licencia al Sr. Horacio Daniel Taccone, dándose por finalizado el reemplazo en las mismas del Sr. Concejal Suplente Martin Domingo Aiello, a partir del 04 de abril de 2021.
Artículo 3º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Comuníquese, etc.-
sa
Decreto nº 90
Mar del Plata, 6 de abril de 2021
VISTO el expediente 1251-D-21 del Honorable Concejo Deliberante, por el cual se tramita la autorización para la realización de la “15º Edición del Half ISS Triathlon MDQ; y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 22 de marzo de 2021 la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante dictó el Decreto 79, ad referéndum del H. Cuerpo, por el cual se autorizaba la realización de la mencionada competencia.
Que la firma organizadora presentó ante el Ente Municipal de Deportes y Recreación una nota solicitando la modificación de la fecha de realización en virtud de las malas condiciones climáticas que se preveían para el pasado 28 de marzo.
Que en dicha presentación manifiestan que se realizarán dos competencias, el Triatlon Short y el Triatlon Half Iss Triathlon MDQ 2021, para el 10 y 11 de abril del corriente respectivamente.
Que la primera de las competencias corresponde ser autorizada por el Departamento Ejecutivo.
Que la Comisión de Labor Deliberativa ha prestado acuerdo para la sanción del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º del Decreto nº 79 de fecha 22 de marzo de 2021 el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 1º.- Autorízase a la firma M2R S.A. Servicios para Eventos, el uso de la vía pública y el corte parcial del tránsito para la realización de la “15º Edición del Half ISS Triathlon MDQ”, el día 11 de abril de 2021, que tendrá la largada en la Playa Bristol y el parque cerrado y la llegada en la Plazoleta Armada Argentina, siendo necesario el corte de tránsito desde las 6 horas; dicho corte se irá levantando en forma parcial a medida que finalice cada una de las etapas. El evento mencionado está previsto desde las 8 y hasta las 15 horas:
Etapa de natación. Se realizará en un (1) circuito boyado de 1.900 metros con largada desde Playa Bristol; saldrán en la playa y correrán hasta llegar al parque cerrado, ubicado en la Plazoleta Armada Argentina.
Etapa de ciclismo. Se realizará en un circuito de nueve (9) vueltas, completando un total de 90 km, se saldrá del parque cerrado ubicado en la Plazoleta Armada Argentina, por Av. Patricio Peralta Ramos, con dirección hacia la Base Naval donde encontrarán el primer retome, para regresar recorriendo todo el circuito por Av. Patricio Peralta Ramos, pasando por la bajada Jesús de Galíndez, dejando a la derecha el Torreón del Monje y subiendo por calle Alsina, para tomar contacto con Av. Patricio Peralta Ramos hasta la calle Arenales, donde completarán la vuelta. En la novena vuelta deberán seguir hacia la derecha para ingresar al parque cerrado y depositar las bicicletas.
Etapa de pedestrismo. Se realizará en un recorrido de cuatro (4) vueltas para completar los 21 km., saliendo desde el parque cerrado ubicado en la Plazoleta Armada Argentina, por Av. Patricio Peralta Ramos, con dirección norte, hacia Av. Libertad continuando por la costa hasta calle Río Negro (metros antes del asilo Unzué) donde estará el primer retome y control de chip. Se retomará en U para regresar por la misma vía hasta calle Moreno, y allí cumplir la primera vuelta. En la cuarta vuelta se deberá seguir y girar a la izquierda para desembocar a la Plazoleta Armada Argentina donde estará ubicado el sector de llegada.
La fecha de realización podrá ser modificada en el caso de que las condiciones climáticas impidan la realización de la misma.”
Artículo 2º.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 91
Mar del Plata, 6 de abril de 2021
Visto la nota presentada por la Concejal Ilda Mercedes Morro, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal a su cargo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Dase de baja a partir del día 5 de abril de 2021, al Señor MARTIN GUSTAVO GALARZA – Legajo nº 35.359/1, en el cargo de: Auxiliar Técnico, en la planta de personal de la Concejal Ilda Mercedes Morro.
Artículo 2º: Desígnase a partir del día 5 de abril de 2021, al Señor RODRIGO ALEXIS BORTHIRY – DNI 34.779.032 – CUIL 20-34779032-0 – Legajo nº 33.700/7, como Auxiliar Técnico, en la planta de personal de la Concejal Ilda Mercedes Morro.
Artículo 3º: Se deja expresamente establecido que la persona designada en el artículo precedente se encuentra excluida del régimen establecido en la Ley 14.656 - Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Art. 67º inc. b).
Artículo 4º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 5º: Déjase establecido que a través de la Secretaría de cada Bloque Político, se procederá a la notificación de las personas indicadas en los artículos precedentes del presente acto administrativo. La Dirección de Administración a través del Departamento Despacho, remitirá copia del presente a dicha Secretaría a los efectos que correspondan.
Artículo 6º: Comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.
sav
Decreto nº 92
Mar del Plata, 06 de abril de 2021
Visto la nota presentada por el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Dase de baja a partir del día 1º de abril de 2021, a la Señora MARIANELA FRANCUCCI - Legajo nº 34.741/1, como Auxiliar Administrativo, en el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical.
Artículo 2º: Modifícase a partir del día 1º de abril de 2021, la escala remunerativa asignada al Sr. RODRIGO MATIAS OSAMBELA – Legajo n° 34.963/1, de: Auxiliar Técnico a: Secretario, en el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical.
Artículo 3º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 4º: Déjase establecido que a través de la Secretaría de cada Bloque Político, se procederá a la notificación de las personas indicadas en los artículos precedentes del presente acto administrativo. La Dirección de Administración a través del Departamento Despacho, remitirá copia del presente a dicha Secretaría a los efectos que correspondan.
Artículo 5º: Comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.
Sav
Decreto nº 93
Mar del Plata, 7 de abril de 2021
VISTO el expediente 1256-FDT-21 del Honorable Concejo Deliberante, que propone declarar de interés la presentación de la novela “Los Preparados” del escritor marplatense Sebastián Chilano; y
CONSIDERANDO:
Que Sebastián Chilano, en su prolífica trayectoria, ubica siempre a Mar del Plata como escenario donde transcurren y viven sus personajes.
Que ha publicado las novelas Riña de Gallos (Ediciones B, 2010); Las reglas de Burroughs (Gárgola, 2012), Tan Lejos que es Mentira (Letra Sudaca, 2013); y Méndez (Vestales, 2014). En coautoría con Fernando del Río, ha escrito las obras La Cola del Lagarto (Ediciones B, 2009) y El Geriátrico (Ediciones B, 2011).
Que en 2012 recibió el premio Alfonsina Storni, en el rubro Creación Literaria, y ha ganado el concurso “Laura Palmer no ha muerto” con su novela Las reglas de Burroughs.
Que en 2020, publicó Los preparados, a través de la editorial Obloshka, una novela que comienza con la historia del narrador -el propio autor- en sus primeros años de la Facultad de Medicina, lo que a partir de esa narrativa nos hace reflexionar sobre la vida y la muerte, la relación entre ambas y nuestra reacción frente a las mismas.
Que la publicación de Los preparados recibió la atención de medios de comunicación locales y nacionales, generando aún hoy reflexiones y críticas en revistas especializadas y columnas literarias.
Que el próximo 10 de abril, se presentará el libro en el Centro Cultural Mar de Fuegos, en un evento que, si bien será acotado a un pequeño número de personas para dar cumplimiento a los protocolos sanitarios y el distanciamiento social, no deja de ser importante y significativo por todo lo antedicho.
Que la presente declaración cuenta con despacho favorable y unánime de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia e Investigación.
Por ello y de acuerdo a lo establecido en el inciso 18) del artículo 17º del Reglamento Interno, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés la presentación de la novela “Los preparados”, del escritor marplatense Sebastián Chilano, a llevarse a cabo el 10 de abril de 2021 en el Centro Cultural Mar de Fuegos.
Artículo 2º.- Entréguese copia del presente al Sr. Sebastián Chilano.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 94
Mar del Plata, 8 de abril de 2021
VISTO el expediente 1251-D-21 del Honorable Concejo Deliberante, por el cual se tramita la autorización para la realización de la “15º Edición del Half ISS Triathlon MDQ; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo solicitado se sancionaron los Decretos nº 79 y 90 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, de fechas 22 de marzo y 6 de abril de 2021 autorizando la realización de la mencionada competencia.
Que la convalidación de los mencionados Decretos dictados por la Presidencia ad referéndum del H. Cuerpo, se encontraban a consideración de las Comisiones de Movilidad Urbana, de Deportes y Recreación y de Obras y Planeamiento.
Que a fojas 129 de las mencionadas actuaciones, obra nota del Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación informando que la empresa organizadora del evento ha comunicado su decisión de suspender la realización del mismo en virtud de la situación sanitaria.
Que, asimismo, indica que la autorización se solicitará para la realización de la competencia en el mes de marzo del próximo año.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Deróganse los Decretos nº 79 y 90 de fechas 22 de marzo y 6 de abril de 2021, dictados por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, ad referéndum del H. Cuerpo, mediante los cuales se autorizó a la firma M2R S.A. Servicios para Eventos, el uso de la vía pública y el corte parcial del tránsito para la realización de la “15º Edición del Half ISS Triathlon MDQ”.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 95
Mar del Plata, 9 de abril de 2021.
Visto el Expediente 1010-D-2015, relacionado con el Proyecto de Ordenanza que fija la tarifa para la Colonia de Verano Deportes Mar del Plata 2015 denominada “MINIMAX” y convalidación de la Resolución nº 805/14 dictada por el Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Preparatoria ha sido aprobada por el Honorable Cuerpo en la 2º Sesión Pública Ordinaria, celebrada el día 08 de abril próximo pasado.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 98º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Preparatoria debe ser considerada en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes citada a dichos efectos.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Cítase a Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes para el día 22 de abril de 2021 a las 11:00 hs., a efectos de considerar el Orden del Día que a continuación se detalla:
Artículo 2º: Comuníquese, bajo constancia con transcripción del presente Decreto, adjuntándose los archivos para descargar la Ordenanza Preparatoria.
pad
Decreto nº 96
Mar del Plata, 9 de abril de 2021.-
VISTO el Expediente 1300-D-2021 por medio del cual la firma DREIM S.R.L. solicita autorización para el uso de un espacio de dominio público frente al establecimiento comercial denominado “Galería Essenza”;
CONSIDERANDO
Que el pedido de autorización es para realizar una feria cultural y gastronómica frente al mencionado establecimiento ubicado en Moreno nº 2941, la que se desarrollará los días 10 de abril, 8 de mayo y 12 de junio de 2021 en el horario de 15 a 00 horas.
Que los solicitantes deberán dejar el espacio público en buenas condiciones conservación y limpieza, debiendo retirar todo elemento que se utilice para la actividad.
Que la Comisión de Labor Deliberativa ha prestado acuerdo al dictado del presente.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase a la firma DREIM S.R.L. a utilizar un espacio de dominio público frente al establecimiento comercial denominado “Galería Essenza” ubicado en Moreno nº 2941, entre las calles Hipólito Yrigoyen y La Rioja, y realizar el corte de tránsito vehicular para el desarrollo de una feria cultural y gastronómica que tendrá lugar los días 10 de abril, 8 de mayo y 12 de junio de 2021 en el horario de 15 a 00 horas; considerando las condiciones sanitarias y epidemiológicas como así también las disposiciones nacionales, provinciales y municipales relacionadas con actividades autorizadas y fases vigentes.
Artículo 2º.- Autorízase la instalación de un móvil gastronómico en el espacio mencionado en el artículo precedente con las condiciones y limitaciones establecidas en el Anexo I de la Ordenanza nº 23525.
Artículo 3º.- La permisionaria queda exenta del pago de todo gravamen municipal que devenga de la acción autorizada en el artículo 1º.
Artículo 4º.- El solicitante deberá contratar un seguro de Responsabilidad con Cláusula de No Repetición a favor de la Municipalidad por cualquier concepto que se produzca a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada por daños y perjuicios que eventualmente se pudieran producir en razón de la realización y puesta en marca de la actividad, atento la responsabilidad que surja de los artículos 1708º al 1780º del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas al demandante, previo al inicio de la actividad.
Artículo 5º.- Queda terminantemente prohibida la colocación de cualquier elemento que obstaculice las condiciones de movilidad y circulación peatonal y vehicular y la instalación de elementos publicitarios sobre aceras, calzadas, cordones, en virtud de lo normado en la Ordenanza nº 22.920 – Decreto Nº 757/17 (Código de Publicidad).
Artículo 6º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección Operativa de Tránsito y el Departamento Operativo de Inspección General, estará a cargo de realizar los cortes y supervisar el desarrollo del evento respectivamente. Terminado, deberá restaurarse la transitabilidad de la vía temporalmente interrumpida, retirando la totalidad de los elementos utilizados, restableciendo el espacio público cedido en perfecto estado de higiene, conservación y funcionalidad.
Artículo 7º.- Dejase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical deberán abonarse, previo inicio de la actividad, las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder (Argentores, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.).
Artículo 8º.- La firma autorizada será responsable del cumplimiento de los protocolos sanitarios de prevención y el control del COVID-19 establecidos para cada actividad. El desarrollo del evento estará sujeto a las nuevas disposiciones determinadas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en relación a la emergencia sanitaria.
Artículo 9º.- El presente se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 10º.- Comuníquese, etc..-
Decreto nº 97
Mar del Plata, 12 de abril de 2021
VISTO la Ordenanza Nº 21823 que crea la Comisión del Fondo de Financiamiento Educativo en el ámbito del Partido de General Pueyrredon; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo expresado en el artículo Nº 2 de la mencionada normativa, la Comisión debe estar integrada, entre otros, por dos (2) miembros del Honorable Concejo Deliberante.
Que la Comisión de Labor Deliberativa ha prestado acuerdo para la sanción del presente acto administrativo.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Desígnese a los integrantes de la Comisión del Fondo de Financiamiento Educativo en el ámbito del Partido de General Pueyrredon, creada por Ordenanza Nº 21823, que a continuación se indican:
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-
sa
Decreto nº 98
Mar del Plata, 12 de abril de 2021
Visto las nota presentada por el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Modifícase a partir del día 01 de abril de 2021, las escalas remunerativas asignadas a las personas que a continuación se detallan, en el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical:
Artículo 2º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 3º: Comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.
sav
Decreto nº 99
Mar del Plata, 13 de abril de 2021
Visto la nota presentada por el Bloque de Concejales del Frente Renovador, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Desígnase a partir del día 01 de abril de 2021, a la Señora MICAELA COSTA REY – DNI 41.333.659 – CUIL 27-41333659-2 - Legajo nº 35.695/1, como Auxiliar Técnico, en el Bloque de Concejales del Frente Renovador.
Artículo 2º: Se deja expresamente establecido que la persona designada en el artículo precedente se encuentra excluida del régimen establecido en la Ley 14.656 - Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Art. 67º inc. b).
Artículo 3º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 4º: Déjase establecido que a través de la Secretaría de cada Bloque Político, se procederá a la notificación de la persona indicada en el artículo 1º del presente acto administrativo. La Dirección de Administración a través del Departamento Despacho, remitirá copia del presente a dicha Secretaría a los efectos que correspondan.
Artículo 5º: Comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.
sav
Decreto nº 100
Mar del Plata, 13 de abril de 2021
Visto las notas presentadas por el Bloque de Concejales de Acción Marplatense, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Dase de baja a partir del día 01 de mayo de 2021, a la Señora MARIA EUGENIA DICANDILO - Legajo nº 26.925/4, como Auxiliar Técnico, en el Bloque de Concejales de Acción Marplatense.
Artículo 2º: Modifícase a partir del día 01 de mayo de 2021, las escalas remunerativas asignadas a las personas que a continuación se detallan, en el Bloque de Concejales de Acción Marplatense:
Artículo 3º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 4º: Déjase establecido que a través de la Secretaría de cada Bloque Político, se procederá a la notificación de las personas indicadas en los artículos precedentes del presente acto administrativo. La Dirección de Administración a través del Departamento Despacho, remitirá copia del presente a dicha Secretaría a los efectos que correspondan.
Artículo 5º: Comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.
Sav
Decreto nº 101
Mar del Plata, 14 de abril de 2021.-
VISTO el Expediente 1300-D-2021 por medio del cual la firma DREIM S.R.L. solicita autorización para el uso de un espacio de dominio público frente al establecimiento comercial denominado “Galería Essenza”;
CONSIDERANDO
Que con fecha 9 de abril de 2021 se dictó el Decreto nº 96 de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante otorgando dicha autorización para realizar una feria cultural y gastronómica frente al establecimiento ubicado en Moreno nº 2941, para los días 10 de abril, 8 de mayo y 12 de junio de 2021 en el horario de 15 a 00 horas.
Que los solicitantes han presentado ante el H. Cuerpo una modificación en la fecha en que se realizarán los eventos.
Que la Comisión de Labor Deliberativa ha prestado acuerdo al dictado del presente.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º del Decreto nº 96 dictado el 9 de abril de 2021 por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 1º.- Autorízase a la firma DREIM S.R.L. a utilizar un espacio de dominio público frente al establecimiento comercial denominado “Galería Essenza” ubicado en Moreno 2941, entre las calles Hipólito Yrigoyen y La Rioja, y realizar el corte de tránsito vehicular para el desarrollo de una feria cultural y gastronómica que tendrá lugar los días 18 de abril, 9 de mayo y 13 de junio de 2021 en el horario de 15 a 00 horas; considerando las condiciones sanitarias y epidemiológicas como así también las disposiciones nacionales, provinciales y municipales relacionadas con actividades autorizadas y fases vigentes.
Las fechas establecidas podrán ser modificadas en caso que las condiciones climáticas impidan la realización de las actividades.”
Artículo 2º.- El presente se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto N° 102
Mar del Plata, 19 de abril de 2021.
Visto el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos vigente correspondiente al Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que según lo establecido, el Presidente del Honorable Cuerpo está facultado para disponer transferencias entre distintos conceptos del Presupuesto de Gastos.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíase la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente, asignándole el crédito que se indica:
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-04 Elaboración de Actas y Soporte Bibliotecario
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
4.3.0.0. Maquinaria y equipo
4.3.5.0 Equipo educacional y recreativo $ 130.000,00
Total Maquinaria y equipo $ 130.000,00
Artículo 2º: La ampliación dispuesta en el artículo anterior se financiará con economías provenientes de la siguiente partida.
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-04 Elaboración de Actas y Soporte Bibliotecario
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
3.7.0.0. Pasajes y viáticos
3.7.2.0. Viáticos $ 130.000,00
Total Pasajes y Viáticos $ 130.000,00
Artículo 3°: Comuníquese, etc.-
la
Decreto nº 103
Mar del Plata, 19 de abril de 2021.
Visto el el Decreto nº 95 del corriente el cual cita a la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes para el día 22 de abril de 2021 a las 11:00 hs, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Labor Deliberativa decidió modificar la fecha de realización de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes para el día 23 de abril del corriente a las 10:00 hs.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Modifíquese la citación a la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes expresada en el Decreto de Presidencia nº 95 del corriente, para el día 23 de abril de 2021 a las 10:00 hs., a efectos de considerar el Orden del Día que a continuación se detalla:
Artículo 2º: Comuníquese, bajo constancia con transcripción del presente Decreto, adjuntándose los archivos para descargar la Ordenanza Preparatoria.
pad
Decreto nº 104
Mar del Plata, 19 de abril de 2021
Visto el cronograma de Sesiones Públicas Ordinarias aprobado en la Sesión Preparatoria llevada a cabo el día 1º de marzo próximo pasado, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al mismo las Sesiones Públicas Ordinarias del Período 106º, se llevarán a cabo los 2º y 4º jueves de cada mes.
Que la Comisión de Labor Deliberativa decidió modificar la fecha de realización de la 3º Sesión Pública Ordinaria, que debía realizarse el día 22 de abril del corriente, para el día 23 de abril del corriente a las 11:00 horas.
Por lo expuesto, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º: Modifíquese la fecha de realización de la 3º Sesión Pública Ordinaria del Período 106º, para el día 23 de abril de 2021 a las 11:00 horas.
Articulo 2º: Comuníquese, etc.
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Decreto N° 105
Mar del Plata, 21 de abril de 2021.
Visto el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos vigente correspondiente al Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que según lo establecido, el Presidente del Honorable Cuerpo está facultado para disponer transferencias entre distintos conceptos del Presupuesto de Gastos.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1°: Crease la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente, asignándole el crédito que se indica:
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 33-01 Atención Ciudadana
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
4.0.0.0. Bienes de Uso
4.3.1.0. Maquinaria y equipo de producción $ 67.904,00
Total Bienes de Uso $ 67.904,00
Artículo 2°: Crease la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente, asignándole el crédito que se indica:
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 33-01 Atención Ciudadana
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
2.0.0.0. Bienes de Consumo
2.6.3.0. Productos de loza y porcelana $ 40.000,00
Total Bienes de Consumo $ 40.000,00
Artículo 3º: La creación dispuesta en el artículo 1º se financiará con economías provenientes de la siguiente partida.
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 33-01 Atención Ciudadana
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
3.3.0.0. Mantenimiento, reparación y limpieza
3.3.3.0. Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 32.000,00
Total Mantenimiento, reparación y limpieza $ 32.000,00
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 33-02 Mediación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
4.0.0.0. Bienes de Uso
4.3.6.0. Equipos para computación $ 25.904,00
Total Bienes de Uso $ 25.904,00
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 33-02 Mediación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
2.0.0.0. Bienes de Consumo
2.5.2.0. Productos farmacéuticos y medicinales $ 10.000,00
Total Bienes de Consumo $ 10.000,00
Artículo 4º: La creación dispuesta en el artículo 2º se financiará con economías provenientes de la siguiente partida.
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 33-03 Defensoría del Turista
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
4.0.0.0. Bienes de Uso
4.3.6.0. Equipos para computación $ 40.000,00
Total Bienes de Uso $ 40.000,00
Artículo 5°: Comuníquese, etc.-
la
Decreto N° 106
Mar del Plata, 21 de abril de 2021.
Visto el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos vigente correspondiente al Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que según lo establecido, el Presidente del Honorable Cuerpo está facultado para disponer transferencias entre distintos conceptos del Presupuesto de Gastos.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1°: Crease las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente, asignándole el crédito que se indica:
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-01 Dirección Superior Honorable Concejo Deliberante
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
2.0.0.0. Bienes de Consumo
2.9.3.0. Útiles y materiales eléctricos $ 100.000,00
2.5.5.0. Productos químicos, combustibles y lubricantes $ 98.976,00
2.7.5.0. Herramientas menores $ 20.000,00
Total Bienes de Consumo $ 218.976,00
Artículo 2º: La ampliación dispuesta en el artículo anterior se financiará con economías provenientes de la siguiente partida.
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-03 Elaboración de Dictámenes
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
3.7.0.0. Pasajes y viáticos
3.7.1.0. Pasajes $ 218.976,00
Total Pasajes y Viáticos $ 218.976,00
Artículo 3°: Comuníquese, etc.-
la
Decreto nº 107
Mar del Plata, 22 de abril de 2021.
VISTO:
La Ordenanza n° 4.064 que impone el nombre “Paseo Dr. Celso Nicanor Gregorio Aldao” a la calle que se inicia en Playa Grande desde la intersección de la Av. Patricio Peralta Ramos con la calle Rodríguez Peña hasta el acceso a la Escollera Norte y;
CONSIDERANDO:
Que el Dr. Celso Aldao, médico de la marina de guerra, fue designado Comisionado Municipal luego del Golpe de Estado de 1955, permaneciendo en el cargo hasta 1958.
Que años más tarde y en una nueva dictadura, la más feroz y terrible que haya vivido nuestro país, se instauró el nombre del intendente de facto de 1955 en dicho paseo por medio del Expediente nº 15956-76 sancionado y promulgado el 10 de septiembre de 1976 bajo la Ordenanza nº 4064.
Que Playa Grande es una de las playas más emblemáticas no sólo de Mar del Plata sino de la Argentina, donde familias enteras veranearon, trabajaron y disfrutaron allí década tras década.
Que esa zona de la costa marplatense es símbolo del surf argentino, sitio de esparcimiento nocturno, así como escenario de cientos de eventos.
Que Playa Grande, zona residencial, ocupa un lugar de privilegio entre los atractivos de la ciudad de Mar del Plata y puede contar otra historia.
Que en esa Playa, Guillermo Volpe - guardavidas recibido en 1975-, se desempeñaba junto a sus compañeros de curso y en febrero de 1978 ocupaba su puesto.
Que el 4 de febrero a las 12 horas, los guardavidas divisaron en el mar a un adolescente que estaba en problemas y junto a sus compañeros, Volpe no vaciló en ingresar al rescate. Pero nunca regresó.
Que minutos más tarde y con el éxito del rescate realizado, sus compañeros notaron la ausencia del guardavidas de 22 años. El correr de las horas se tornó desesperante y recién 4 días después unos pescadores divisaron el cuerpo que fue llevado hasta la orilla por 2 guardavidas que se tiraron al mar desde la escollera norte. Su silbato seguía acompañándolo.
Que la autopsia determinó que murió a causa de un infarto en el momento en que desempeñaba su labor.
Que a partir de ese momento, todos los 4 de febrero se conmemora el día del guardavidas, en homenaje al valor de arriesgar la propia vida para salvar la de otro.
Que es imprescindible aquí señalar lo que consideramos debe ser corregido a la luz de la democracia, la tolerancia, el respeto a las instituciones y a la vida.
Que debemos desterrar de nuestras calles y monumentos cualquier nombre propio que señale o realice algún tipo de homenaje a dictaduras, golpes de Estado o cualquier tipo de interrupción del sistema democrático.
Que reconocemos en Guillermo Volpe la voluntad y la vocación de servicio que ennoblece la profesión de Guardavidas.
Que habiendo entregado su vida en un rescate en Playa Grande, simboliza ese cuidado y proyección a lo más sagrado, que es aquello que atacó el golpe de Estado que tuvo como interventor al Dr. Celso Aldao, médico de la Marina de Guerra.
Que de esta manera, el cambio de nombre originaría un hecho sin precedentes: sería la primera vez en la historia que el nombre de un guardavidas aparezca en las calles de la ciudad de Mar del Plata. Y sería una reivindicación histórica a la permanente lucha por la Memoria, la Verdad y la Justicia.
Que la Comisión de Labor Deliberativa ha prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Modifícase la denominación del “Paseo Dr. Celso Nicanor Gregorio Aldao” establecida por Ordenanza n° 4064, por la de “Guardavidas Guillermo Volpe”, en toda la extensión de su traza.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo procederá a la inclusión de lo dispuesto en el artículo anterior en la nomenclatura oficial.
Artículo 3º.- Derógase el Decreto nº 23 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante el día 4 de febrero de 2021.
Artículo 4º.- El presente se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 5º.- Derógase la Ordenanza nº 4064.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.-