Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 463/2021
Benito Juarez, 07/04/2021
Visto
que mediante Decreto Municipal Nº 1508/2019 se reglamentó el artículo 80 del C.C.T., determinándose que los requisitos que deberán cumplir los agentes que podrán optar por la obtención de la Pasividad Anticipada;
Considerando
lo actuado en Expte. Letra “E” Nº 17/21, en el cuál a fs. 2 la agente REYNOSO SUSANA (L.P. 1415), solicita acogerse al beneficio de la pasividad anticipada;
QUE a fs. 3 obra informe de la Directora de Recursos Humanos del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout”;
QUE conforme lo establece el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales: “Los agentes a quienes les faltare 2 años de edad y/o de servicios para obtener la jubilación ordinaria, podrán solicitar la pasividad anticipada (…)”;
QUE a fs. 4 obra despacho favorable de Asesoría Legal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.- Otorgase a la agente REYNOSO SUSANA (L.P. 1415), la JUBILACIÓN ANTICIPADA, a partir del 1º de Mayo del corriente año, debido a que la agente se encuentra encuadrada en el Decreto Municipal Nº 1508/2019 y de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “E” Nº 17/21.-
Artículo 2º.- Se deja establecido que el artículo 80 del C.C.T. se aplicara de la siguiente manera:
Se abonaran todos los conceptos que conformen las remuneraciones con aportes del agente, en iguales condiciones que si prestara servicio activo, a la suma de los mismos se le retendrá a favor del municipio el equivalente al 40% de la pasividad anticipada, y sobre el total de remuneraciones, se le aplicaran los descuentos de ley que corresponda. El salario familiar se abonara al 100% que establezca la escala vigente.-
Artículo 3º.- La liquidación de los años de antigüedad deberán computarse en igual proporción que si se encontrara en servicio activo.-
Artículo 4º.- Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.-
Artículo 5º.- Comuníquese, dése al R. O. De Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud, Asesoría Legal, y Auditoría, cumplido, archívese.-
SECRETARIA DE SALUD
SRA. KARINA D´ESPOSITO
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 463.-