Boletines/Lobería

Decreto Nº138-21

Decreto Nº 138-21

Lobería, 25/01/2021

Solicita la asignación de tareas al personal destajista que realizará trabajos de albañilería en el edificio de la Dirección de Desarrollo Social

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.470/20, la Nota Nº 10.699/21, el Decreto Nº 47/21, el Expediente Nº 4066-43/20; y

Considerando

QUE, por Nota Nº 10.699/21, Expediente Nº 4066-43/20, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/20, que realizará trabajos de albañilería en el edificio de la Dirección de Desarrollo Social, a partir del 19 de enero de 2021;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista que se detalla, designado mediante Decreto Nº 74/21, en los porcentajes especificados, que realizará trabajos de albañilería en el edificio de la Dirección de Desarrollo Social, a partir del 19 de enero de 2021:

APELLIDO Y NOMBRE                                         DOCUMENTO          PORCENTAJE

GUTIERREZ, CARLOS ALBERTO                           24.186.778                          60%

SAN MARTÍN, GUSTAVO ISMAEL                        26.858.999                             40%

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar se detallan a continuación:

TAREAS                                                                                          

Reparación de cubierta de techo: retirar teja colonial y estructura deteriorada y reemplazarla. Reemplazar aislación hidrófuga. Colocar chapa prepintada negra ondulada y caballetes.

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL ($ 226.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 194.360.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 27.120. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 37 Dirección de Obras de Infraestructura – 54 Remodelación Hospital – 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

 

PABLO J. BARRENA                                               JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                    INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 138-21