Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 0624/21
General Pueyrredon, 23/04/2021
Visto
el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 19.203 y los Artículos 2º y 3º de la Resolución Nº 369/10 de la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano y,
Considerando
Que la Comisión de Recepción y Análisis de las Iniciativas Privadas, creada por Decreto Nº 190/10 y constituida por la Resolución Nº 908/20 de la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, ha dispuesto la inscripción de la iniciativa presentada por BIEN PRODUCIDO S.A., conforme las actuaciones administrativas obrantes en el Expediente Nº 8861-1-2019 Cpo. 01, en el Registro de Iniciativas Privadas creado por Resolución Nº 369/10 de la Secretaría de Planeamiento Urbano.
Que no existen en el caso, propuestas notoriamente similares previamente inscriptas en el mismo.
Por todo ello, en uso de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 916/20,
EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO URBANO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Inscribir la Iniciativa Privada presentada por BIEN PRODUCIDO S.A., conforme las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 8861-1-2019 Cpo. 01, en el Registro de Iniciativas Privadas creado por Resolución Nº 369/10 de la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 2º.- A los efectos de perfeccionar el registro de la Iniciativa Privada enunciada en el Artículo 1º, la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Planeamiento Urbano consignara en el “Registro de Iniciativas Privadas”, libro foliado (200 fojas), habilitado el 12 de marzo de 2010 por la División Ordenamiento de Actos Administrativos dependiente del Departamento de Legislación y Documentación de la Dirección de Administración, los siguientes datos:
ARTÍCULO 3º.- Los datos comprendidos en los incisos b), f), g), h), i) y j) son a titulo meramente descriptivo de la iniciativa formulada por BIEN PRODUCIDO S.A. (Expediente Nº 8861-1-2019 Cpo. 01), no existiendo obligación por parte del Departamento Ejecutivo de aceptar e incluir la totalidad de los mismos en el Pliego de Bases y Condiciones para otorgar en concesión la puesta en valor, mantenimiento, conservación, uso y explotación de la Unidad Turistica Fiscal Camping Municipal, pudiendo incluso proponer las bases para su modificación total o parcial de común acuerdo con el proponente.
ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y notificar a BIEN PRODUCIDO S.A. por la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Planeamiento Urbano.
JLG/ll
GONZALEZ