Boletines/General La Madrid
Decreto Nº 1129/20
General La Madrid, 13/10/2020
Visto
Que por Ordenanza Municipal Nº2099/20 se creó la Comisión de Adjudicaciones, la cual tiene como principal función la de analizar, dentro del listado de inscriptos para lotes del Plan Familia Propietaria, la aptitud socio-económica y capacidad de construcción de los aspirantes;
Considerando
Que por ordenanza Municipal 1655/14 y Resolución nº145 de la Subsecretaria Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda, se afectó a la operatoria Plan Familia Propietaria, las parcelas designadas catastralmente como Circunscripción 1 - Sección E - Chacra 193 – Parcela 1 y Circunscripción 1 - Sección E – Chacra 194 – Parcela 1ª.
Que por decreto nº 0821/15, se creó la Comisión Interna Municipal, a los fines de realizar la tasación de los inmuebles afectados a “Plan Familia Propietaria” ubicados en parcelas designadas catastralmente como Circunscripción 1 - Sección E - Chacra 193 – Parcela 1 y Circunscripción 1 - Sección E – Chacra 194 – Parcela 1ª, de conformidad al Plano de Mensura nº 40-0004-2015.
Que por expediente Municipal Nº 4043-3181/20, se encuentra agregado al listado de aspirantes al Programa Plan Familia Propietaria.
Que por Acta Notarial Nº84/20 del 6 de Octubre del 2020, ante la supervisión de la escribana Hermida Maricel, se realizo el correspondiente sorteo de adjudicación de lotes para 28 familias pre-adjudicadas y que cumplían con los requisitos establecidos por dicha Ordenanza.
Que es intención del D.E. proceder a la adjudicación de los lotes sorteados.
Que es necesario el dictado del acto administrativo que así lo disponga.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE GENERAL LA MADRID, EN USO DE LAS FACULTADES OTORGADAS POR LA LEY
DECRETA
ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE la Circ. I, Sec. E, Ch. 193, Manzana 193-k, Parcela 6 (Conf. al Plano de Mensura nº 40-0004-2015), a la Sra. Bucaron Clara Inés, DNI 37.345.889 y el Sr. Harrison Alejandro Daniel, DNI 32.973.218. ---------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: ESTABLECESE el valor del inmueble indicado en el artículo 1º, en la suma de pesos TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000), conforme decreto nº 845/15. ----------------------
ARTICULO 3º: ESTABLECESE como forma de pago de los inmuebles adjudicados en cuotas cien (100) iguales y consecutivas. -------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE, a la Subsecretaria Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda, publíquese, regístrese y cumplido, archívese. -------------------------------------------