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Decreto Nº251

Decreto Nº 251

Bragado, 19/02/2021

Visto

VISTO: El marco normativo del Decreto-Ley N° 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades” y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19, promulgada por el Decreto Nº 1632/19; y supletoriamente por la Ley Nº 14.656; y TENIENDO EN CUENTA: El crecimiento de la ciudad y la consecuente demanda comunitaria por mayores y nuevos servicios a prestar por el Municipio; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, tal como lo prevé el artículo primero de la Ley N° 6769/58 “Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, la administración local de los Partidos de la Provincia, respecto del Departamento Ejecutivo es desempeñado por un ciudadano con el título de Intendente; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo quinto del mismo cuerpo normativo el día 10 de diciembre de 2019, el Sr. Intendente Municipal Héctor Vicente Gatica ha tomado legalmente posesión de su cargo; Que, el mismo cuerpo normativo, en su capítulo IV, articulo N° 107, establece que es competencia del Poder Ejecutivo la Administración General de la Municipalidad. Asimismo, en el artículo sucesivo, inciso 9, detalla dentro de las atribuciones del Intendente las de nombrar, aplicar medidas disciplinarias y disponer cesantías de los empleados del departamento Ejecutivo, con arreglo a las leyes y ordenanzas sobre estabilidad del personal; Que, la Ley Provincial Nº 14.656 establece el Régimen Marco de Empleo Municipal, disponiendo que las relaciones de empleo público de los trabajadores de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires se rijan por las Ordenanzas dictadas por sus Departamentos Deliberativos y/o los Convenios Colectivos de Trabajo;  Que, la Municipalidad en virtud del carácter supletorio del régimen establecido en la ley citada, celebró un Convenio Colectivo de Trabajo con las entidades gremiales “Sindicato de Trabajadores Municipales de Bragado”, “Asociación de Trabajadores del Estado” y el “Sindicato de Empleados Municipales de Bragado”, el que fuera convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19, promulgada por el Decreto Nº 1632/19; Que, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires registró el Convenio Colectivo de Trabajo bajo el número 57, conforme lo establecido en el artículo 58 del Decreto Nº 784/16 promulgatorio de la Ley Nº 14.656; Que, la citada norma derogó la Ordenanza Nº 4770/16, por la que se regulaba la relación de empleo de los trabajadores municipales del Partido de Bragado; Que los esfuerzos realizados por el municipio invirtiendo en equipamiento y personal, no alcanzan para lograr dar respuesta a la demanda de la comunidad toda, sobre todo en el rubro personal, en el que además de cubrir las licencias de empleados permanentes, se necesitan puestos específicos para cubrir estos déficits; por ello:          

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1°.- DESIGNAR como personal de PLANTA PERMANENTE del  Municipio, a  partir  del 1 de FEBRERO de 2021, de acuerdo a las Planillas de Evaluación de Desempeño correspondientes a cada agente, en las categorías y áreas que a continuación se detallan: SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Categoría  E S  IV Legajo Nº  4071  Sosa Florencia Lucia    DNI Nº 37.425.254  -  Hogar Mignaquy Legojo Nº 4067 Sundstrom María Agustina  DNI Nº  38.687.733 – Hogar de Ancianos O`Brien Categoría   Medico  Asistente Legajo Nº 4060  Fernandez Tayeldin Juliana   DNI Nº 32.098.944 – Medico Asistente Categoría  EA IV Legajo Nº  4048 Silva Heraldo Federico DNI Nº 35.331.373 – Dirección Discapacidad SECRETARÍA DE GOBIERNO Categoría ET VI Legajo Nº 3408    Trovo María Florencia  DNI Nº 32.098.811 -  Dirección RRHH Categoría   ES IV Legajo Nº 4054   Aime Laura Andrea   DNI Nº 31.231.448 -   Administración Seguridad Vial Legajo Nº 4057   Fontela Leonardo Andrés  DNI N º 34.668.794 – Administración Seguridad Vial SECRETARÍA DE HACIENDA Categoria E A  IV Legajo Nº 4074  Arcieri Daniela DNI Nº 31.407.389-  Secretaria de Hacienda SECRETARÍA DE POLÍTICAS PÚBLICAS DE SALUD Categoría ES IV Legajo Nº 4051 Lotumolo José María  DNI Nº 28.129.861-   At. Medica c/ Internación Legajo Nº 2923 Decima Norma DNI Nº 22.934.164  -  At. Medica  s/  Internación Legajo Nº 4041 Abeldaño Rosa DNI Nº 27.101.072 -  At. Medica   s/  Internación Legajo Nº 4045 Irrazabal Camila DNI Nº 38.553.373  -  At. Medica  c/ Internación Categoría  ET IV Legajo Nº 4053 Gatti Marina DNI Nº 27.101.138  -  At. Medica   c/ Internación Legajo Nº 4069  Ricci Tamara DNI Nº 32.988.401  - At. Medica    c/ Internación SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO AMBIENTAL Categoría  ES IV Legajo Nº 4024 Vivas Julio DNI Nº 22.630.182 – Espacios Urbanos Legajo Nº 4042 Mastrangelo Julio DNI Nº 28.601.661 -  Espacios Públicos Legajo Nº 4046 Hernandez Oscar DNI Nº  22.934.442 – Espacios Urbanos Legajo Nº  4047 Gatti Federico F DNI Nº  33.951.681 – Espacios Urbanos Legajo Nº 4066 Morillo Emiliano DNI Nº  33.641.842 – Espacios Públicos Legajo Nº 4061  Cagliani Maximiliano   DNI Nº  30.982.265 - Cementerio Legajo Nº  4056 Bergonci Alejandro DNI Nº 38.926.023 -  C.I.T.R. SECRETARÍA DE LOCALIDADES Y CAMINOS DE LA PRODUCCIÓN Categoría  ES IV Legajo Nº 4072 Sayavedra Marcelo DNI Nº  35.798.484 – Comodoro Py ARTICULO 2°.-  Refrendado por el Sr.  Secretario de Gobierno Y Personal. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3°.- FIRMAR,    REGISTRAR,    COMUNICAR,   PUBLICAR,  DAR AL BOLETIN   OFICIAL Y ARCHIVAR.-