Boletines/Chascomús

Decreto Nº265/21

Decreto Nº 265/21

Chascomús, 28/04/2021

LICENCIA

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-153053/A caratulado “Solicitud de licencia sin goce de haberes. Art. 96 - Ley 14.656” iniciado por el agente ÁLAVA Sergio Ezequiel José; y

 

Considerando

Que mediante nota adjunta a fs. 3 de las citadas actuaciones, el agente municipal Sergio Ezequiel José Álava (legajo Nº 8991), solicita se le conceda licencia especial sin goce de haberes por el término de un año, en virtud de su designación como auxiliar letrado en el Juzgado de Paz de Chascomús.

Que la Ley 14.656, establece en el art. 96 que: “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes...”

Así, el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el art. 46 de la ley 11.757 respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen Nº 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del art. 46 Ley 11.757 deja al DE un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice.

Que el agente se desempeña en el Juzgado de Faltas Municipal.

Que la licencia peticionada contempla el período entre los días 1 de Mayo de 2.021 hasta el 30 de Abril de 2.022 inclusive.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Concédase al Sr. ÁLAVA, Sergio Ezequiel José, Legajo Nº 8991, licencia especial sin goce de haberes, contemplada en el Art. 96 de la Ley 14.656 por el término de un año comprendido entre el día 01/05/2021 hasta el día 30/04/2022 inclusive.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Capital Humano, Juzgado de Faltas, Liquidaciones, Despacho y agente al correo electrónico sergioalava08@yahoo.com.ar.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-