Boletines/Guaminí
Decreto Nº 348
Guaminí, 16/03/2021
Visto
La solicitud de la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria Nº 5 Coronel Marcelino Freire, de la localidad de Guaminí, requiriendo autorización para poner en marcha una Rifa; y
Considerando
Que la misma fundamenta su petición en la necesidad de recaudar fondos que serán destinados a solventar gastos de funcionamiento de la Institución.-
Que están encuadrados dentro de los términos de la Ley Nº 9.403 y texto actualizado según ley 11.349 y Ordenanza Nº 57/2.006 del Honorable Concejo Deliberante, habiendo presentado los comprobantes y requisitos exigidos en la misma.-
Que este Departamento Ejecutivo se ha manifestado favorablemente, por lo que considera factible acceder a lo peticionado.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
Art. 1º: Autorizase a la Asociación Cooperadora “Almafuerte” de la Escuela Secundaria Nº 5 Coronel Marcelino Freyre de la localidad de Guaminí, a la puesta en marcha y circulación de una Rifa, la misma consta de (333) Trescientas Treinta y Tres Boletas con dos (2) números, de tres (3) cifras cada una.--------------------------------
Art. 2º: El valor de cada boleta será de Pesos Seiscientos ($ 600) pagaderos al contado o en dos cuotas de Pesos Trescientos ($ 300) cada una.-------------------------------------------------------------------
Art. 3º: La venta de las mismas comenzará el día 1 de Abril de 2.021 finalizando el día 26 de Junio de 2.021, estando a cargo de la señora BURGOS XOANA D.N.I. 35.220.647.------------------------------
Art. 4º: El sorteo se realizará el día 26 de Junio de 2.021 por Quiniela Provincial Nocturna.----------------------------------------------------
Art. 5º: Los premios a entregar son:
Primer premio: $ 20.000 Pesos Veinte Mil en órdenes de compra.-
Segundo premio: $ 15.000 Pesos Quince Mil en órdenes de compra.-
Tercer premio: $ 5.000 Pesos Cinco Mil en órdenes de compra.-
Premio pago contado, el día 15 de Mayo de 2.021: $ 5.000 Pesos Cinco Mil en órdenes de compra.-
Art. 6º: Toda infracción a las Disposiciones del Decreto Ley 9.403/79 y texto actualizado Según Ley 11.349 y el presente Decreto, será sancionada por Autoridad de Aplicación de acuerdo a la Ley Nº 13.470 de la Provincia de Buenos Aires.---------------------------------------
Art. 7: Remítase copia del presente Decreto a la Comisión solicitante, Destacamento Policial, Tesorería, regístrese y archívese.--------