Boletines/Tandil
Decreto Nº 1306/2021
Tandil, 26/04/2021
Visto
El Decreto N°555/2020.
Considerando
Que los agentes municipales realizan tareas fuera del horario habitual, tales como el reparto de tributos municipales, notificaciones e intimaciones, entre otras.
Que dichas tareas se abonan en el marco de la Ley Nº 14656.
Que la realización de estas tareas por parte de los agentes bajo las condiciones mencionadas, se considera conveniente para el Municipio.
Que resulta razonable proceder a actualizar los valores establecidos en el decreto referido.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Establécense los siguientes valores por unidad para las tareas efectuadas por los agentes municipales fuera del horario habitual, que tendrán vigencia a partir de las tareas realizadas a partir del 01° de abril de 2021 en adelante:
Artículo 2º: El detalle de lo actuado por cada agente deberá ser remitido a la Dirección de Recursos Humanos, estableciéndose como límite el día 15 de cada mes.
Artículo 3º: Las erogaciones a producirse serán imputadas a la partida específica de gastos en personal del Prepuesto de Gastos vigente.
Artículo 4º: Derógase el Decreto N° 555/2020.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Subsecretario de Economía y Administración a cargo de la Secretaría de Economía y Administración.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, pase a la Agencia de Ingresos Públicos: Dirección de Rentas y Finanzas y Dirección de Ingresos Públicos, Secretaría de Gobierno, Contaduría General, Dirección de Recursos Humanos y oportunamente archívese.
Firma Digital: Eduardo Raúl Moyano (Subsecretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Subsecretaría de Economía y Administración - Intendencia