Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº0611/21

Resolución Nº 0611/21

General Pueyrredon, 23/04/2021

Visto

el presente expediente Nº 29196-3-93, que trata sobre la creación y funcionamiento del Comité de Investigación y Docencia, y

Considerando

Que por Resolución Nº 0027/94, se creó el mencionado Comité, y por Resolución Nº 1903/13, se cambiaron sus objetivos y finalidades.

 

Que en esta instancia, se proponen modificaciones para actualizar su  funcionamiento, en lo que hace al proceso de constitución, mandato y actividades del Comité, haciendo hincapié en la capacitación y la constante actualización e intercambio en las distintas especialidades, con orientación específica en atención primaria de la salud.

 

 

Por ello, en uso de las atribuciones delegadas por Decreto N° 916/2020

LA SECRETARIA DE SALUD

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Derogar la Resolución Nº 1903/13.-

 

ARTÍCULO 2°.- Modificar el Artículo 2º de la Resolución Nº 0027/94, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

 

ARTÍCULO 2º.- Serán objetivos del Comité creado por el artículo 1º, los siguientes:

 

  • Asesorar en toda cuestión referida a la programación, coordinación y supervisión de las actividades formativas y de investigación científica en el sistema de salud municipal.
  • Mejorar la calidad de atención y lograr que el sistema de salud municipal pueda cumplir con su misión, a partir del fortalecimiento del recurso humano en salud llevando a cabo asistencia técnica y acciones de docencia e investigaciones en el marco de la educación permanente en salud.

 

 

Propenderá a:

 

 

  • La construcción de la integración y trabajo colaborativo en el Equipo de Salud.

 

  • La difusión, promoción y ejecución de actividades de investigación y docencia.

 

  • La gestión para la obtención de recursos que permitan la implementación de esos proyectos.

 

  • La promoción y organización de diversas acciones y actividades orientadas a la educación continua y programada de los integrantes de los Equipos de Salud.

 

  • El apoyo, difusión y socialización de las actividades científicas emanadas de las distintas dependencias del área de salud de la Municipalidad u otras relacionadas con dicha área.
  • La vinculación mediante convenios, acuerdos, compromisos, etc. con otras entidades científicas y profesionales a nivel local, nacional e internacional, cuyas actividades estén orientadas a fines comunes al C.I.D.

 

De la composición:

 

 

 

  1. Para ser miembro del C.I.D., se requiere ser agente municipal, con profesión o especialidad afín a la Salud y no tener sanciones sumariales administrativas y/o profesionales no resueltas, que afecten la ética profesional.

 

  1. Podrán acompañar la actividad del CID Asesores – miembros destacados de las áreas que tengan relación con la Atención Primaria de la Salud -,  asimismo podrán participar personas que no pertenezcan a la Municipalidad, y que por su trayectoria y nivel académico y/o profesional reconocido, sean convocadas. Dicha participación se acreditará formalmente.
  2. Los integrantes del CID, dedicarán a sus funciones hasta el 20% de su módulo horario mensual.

 

Del perfil

 

Los aspirantes a ocupar cargos en el CID deberán acreditar antecedentes en:

 

  1. Formación académica.
  2. Experiencia en Salud Pública.
  3. Demostrar compromiso en el proceso de construcción de la salud colectiva.
  4. Experiencia en investigación.

 

De la convocatoria

 

El CID realizará la convocatoria tanto para designar un nuevo miembro como para elegir los aspirantes de una nueva gestión.

 

Del proceso de selección

 

 

 

  1. El postulante interesado en conformar el CID, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
  • Demostrar a través de su currículum vitae trayectoria como docente y/o investigador en el campo de la salud
  • Actitud para el trabajo en equipo y compromiso en el proceso de construcción de la salud colectiva.
  • Deberá tener un módulo horario de 24 hs. como mínimo, y no ocupar ni tener designado parte de su módulo en otras funciones como coordinación o ser parte de otros Comités y/o Comisiones.

 

 

  1. La Secretaría de Salud designará a los integrantes de la Junta Evaluadora que seleccionará a las seis (6) personas que conformarán el CID.

 

De la duración

 

Los integrantes del CID, seleccionados en base a los mecanismos democráticos establecidos en la presente, durarán en sus funciones tres (3) años, pudiendo ser elegidos por un período más, de idéntica manera, y contando con el reconocimiento del trabajo realizado como miembro del CID.

La Secretaría de Salud podrá remover a sus miembros, en caso de no cumplir con las funciones en las cuales fueron designados.

 

De las funciones de CID

 

  • Promover, gestionar y acompañar la capacitación institucional de todos los agentes del equipo de salud; sean estas presenciales, virtuales o a distancia.
  • Realizar actividades en el área de investigación para contribuir al fortalecimiento de los equipos de salud de los CAPS; CEMA y demás dependencias de la Secretaría de Salud.
  • Promover, incentivar, auspiciar, facilitar, registrar y difundir todo lo concerniente al desarrollo de la investigación por parte de los trabajadores del sistema de salud, eventualmente con el apoyo de otras instituciones.
  • Expresar su opinión ante las consultas de los agentes del equipo de salud que requieran su asesoramiento.
  • Intervenir, coordinar y registrar las actividades de residentes y estudiantes de carreras afines a la salud, que realicen rotación y/o prácticas tutoriales por los CAPS, CEMA y demás dependencias.
  • Generar indicadores de calidad de las actividades docentes.
  • Llevar registro actualizados del personal que se ha capacitado y de quienes han participado como docentes.
  • Preparar el orden del día de cada reunión.
  • Recepcionar y gestionar las notas dirigidas al Comité.
  • Difundir las actividades del Comité.
  • Programar y coordinar actividades con el resto de las dependencias.
  • Presentar, al terminar el año, la memoria y un proyecto de actividades para el año siguiente.
  • Elaborar, al iniciar la gestión, su Reglamento Interno.
  • Será responsable de todo el equipamiento necesario para sostener las prácticas de educación, formación y capacitación, como así también de los espacios físicos con los que la Secretaría de Salud cuenta para esos fines.

 

De las reuniones

El funcionamiento del CID debe tener carácter de estable, continuo y sostenido, tendiendo en su organización, a garantizar la presencia cotidiana y un ámbito de consulta e información ininterrumpido, para dar mayor impacto y significatividad a su tarea.

Se reunirá, con todos sus miembros, como mínimo una (1) vez al mes.

 

De las asesorías

 

El CID. podrá contar, para el mejor desempeño de sus tareas, con asesorías de la MGP que considere necesarias y de diversa índole: letradas, contables, estadísticas u otras; así como también podrá aprovechar racionalmente los recursos municipales materiales: biblioteca, fotocopiadoras, etc.”

 

ARTÍCULO 3º.- Modificar el Artículo 3º de la Resolución Nº 0027/94, el que quedará redactado de la siguiente manera

 

ARTÍCULO 3º.- Toda situación no contemplada en la presente reglamentación, será tratada por el CID en reunión plenaria y convocada ad hoc, siendo luego puesta a consideración de las autoridades de Salud de la Municipalidad.”

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, publicar y comunicar.

AVB/pac

 

BERNABEI