Boletines/Rivadavia

Ordenanza Nº4418/2021

Ordenanza Nº 4418/2021

Rivadavia, 13/05/2021

VISTO:

Que por Ordenanza Municipal Nº 3250/2010, 3345/2011 y Decreto Provincial N° 936/2012, Ordenanza Modificatoria Nº 3937/2017 Resolución Provincial Nº 325/2019) se aprueba el Plan de Ordenamiento Urbano de la ciudad de América, Partido de Rivadavia;  

Que en el mismo se afecta al predio designado catastralmente como Circunscripción I Sección C, Quinta 144, parcela 1e, como Zona de Reserva de Expansión Urbano (ZREU) de la localidad de América, Partido de Rivadavia;

Que la declaración de ZREU definida por el POU, constituyen sitios planificados para el crecimiento urbano;

Que dicho predio ha sido donado a la Municipalidad de Rivadavia, Ordenanza Municipal de aceptación Nº 4009/2017, efectuada por el Sr. Saúl Oscar Martinez y la Sra. Rosa Antonia Martínez Corti con el otorgamiento de la escritura de oferta de  donación n° 76 de fecha 11/07/2014;

                                  

Y CONSIDERANDO:

            Que, con el fin de optimizar la generación de lotes en las urbanizaciones de predios de dominio municipal, es conveniente que sean afectados a los alcances del Programa Plan Familia Propietaria de la Dirección Provincial de Producción y Hábitat dependiente de la Subsecretaria de Hábitat para la comunidad que permite lotes de terrenos de dimensiones especiales;

                                   Que estos planos se tramitan a través de lo preceptuado en el decreto 807/95, y su modificatorio decreto 547/96;

                                     Que el Decreto 3.275/96 otorga un plazo de 24 (Veinticuatro) meses a partir de la aprobación de los planos de mensura y división para la realización de las Obras de Infraestructura;

            Que el proceso de urbanización, parcelamiento y escrituración de las parcelas adjudicables cuenta con el interés social de la Municipalidad de Rivadavia, además que esta operatoria está exento de fines lucrativos;

           Que serán beneficiados con la subdivisión de este inmueble un gran número de familias de la ciudad de América;

           EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES  SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

ARTICULO 1.- Aféctese el inmueble de propiedad municipal que seguidamente se detalla, al  “PROGRAMA PLAN FAMILIA PROPIETARIA”, Decreto Provincial 807/95 y su modificatorio decreto Nº 547/96: Circunscripción I Sección C, Quinta 144, parcela 1e.

ARTICULO 2.- Créase el Distrito de Urbanización Especial DUE Nº 5 en la ciudad de América, Partido de Rivadavia, en los bienes de nomenclatura catastral detallados en el artículo anterior, con los siguientes indicadores urbanísticos:

  • F.O.S. (Factor de Ocupación del suelo Total)- MAXIMO: 0,6
  • F.O.T. (Factor de Ocupación Total)– MAXIMO: 1,20
  • C.A.S: (Coeficiente de Absorción del Suelo MINÍMO): 0,4
  • Densidad Neta: 160hab/ha.
  • Dimensión mínima de parcelas:  Frente: 10,00 metros - Superficie: 250 m²
  • Retiros: Frente: Optativo Mínimo 3,00m
    Lateral: Optativo Mínimo 1,20m
    Fondo: Obligatorio: 20% del largo del lote
    Altura Máxima: 2 niveles – 8 metros
  • Servicios esenciales:          Alumbrado Público, Servicio Eléctrico Domiciliario, apertura y abovedado de calles, y desagües pluviales.

ARTÍCULO 3.- Declarar el proceso de urbanización, mensura y la confección de los planos de los bienes detallados en el ARTÍCULO 1º y afectados al Plan Familia Propietaria, Decreto 807/95, de Necesidad e Interés Social, estando dicho proceso exento de fines lucrativos.

ARTÍCULO 4: Comuníquese, regístrese y archívese.

 

            DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A TRECE  DIAS  DEL MES DE MAYO  DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.------

MARÍA FABIANA MILANI

 

 

JORGE PABLO ROSOLEN

Secretaria

 

 

Presidente

Honorable Concejo Deliberante

 

 

Honorable Concejo Deliberante

REF: Expte Nº 87/2021

Promulgada por Decreto Nº 661/2021