Boletines/Rivadavia
Ordenanza Nº 4418/2021
Rivadavia, 13/05/2021
VISTO:
Que por Ordenanza Municipal Nº 3250/2010, 3345/2011 y Decreto Provincial N° 936/2012, Ordenanza Modificatoria Nº 3937/2017 Resolución Provincial Nº 325/2019) se aprueba el Plan de Ordenamiento Urbano de la ciudad de América, Partido de Rivadavia;
Que en el mismo se afecta al predio designado catastralmente como Circunscripción I Sección C, Quinta 144, parcela 1e, como Zona de Reserva de Expansión Urbano (ZREU) de la localidad de América, Partido de Rivadavia;
Que la declaración de ZREU definida por el POU, constituyen sitios planificados para el crecimiento urbano;
Que dicho predio ha sido donado a la Municipalidad de Rivadavia, Ordenanza Municipal de aceptación Nº 4009/2017, efectuada por el Sr. Saúl Oscar Martinez y la Sra. Rosa Antonia Martínez Corti con el otorgamiento de la escritura de oferta de donación n° 76 de fecha 11/07/2014;
Y CONSIDERANDO:
Que, con el fin de optimizar la generación de lotes en las urbanizaciones de predios de dominio municipal, es conveniente que sean afectados a los alcances del Programa Plan Familia Propietaria de la Dirección Provincial de Producción y Hábitat dependiente de la Subsecretaria de Hábitat para la comunidad que permite lotes de terrenos de dimensiones especiales;
Que estos planos se tramitan a través de lo preceptuado en el decreto 807/95, y su modificatorio decreto 547/96;
Que el Decreto 3.275/96 otorga un plazo de 24 (Veinticuatro) meses a partir de la aprobación de los planos de mensura y división para la realización de las Obras de Infraestructura;
Que el proceso de urbanización, parcelamiento y escrituración de las parcelas adjudicables cuenta con el interés social de la Municipalidad de Rivadavia, además que esta operatoria está exento de fines lucrativos;
Que serán beneficiados con la subdivisión de este inmueble un gran número de familias de la ciudad de América;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1.- Aféctese el inmueble de propiedad municipal que seguidamente se detalla, al “PROGRAMA PLAN FAMILIA PROPIETARIA”, Decreto Provincial 807/95 y su modificatorio decreto Nº 547/96: Circunscripción I Sección C, Quinta 144, parcela 1e.
ARTICULO 2.- Créase el Distrito de Urbanización Especial DUE Nº 5 en la ciudad de América, Partido de Rivadavia, en los bienes de nomenclatura catastral detallados en el artículo anterior, con los siguientes indicadores urbanísticos:
ARTÍCULO 3.- Declarar el proceso de urbanización, mensura y la confección de los planos de los bienes detallados en el ARTÍCULO 1º y afectados al Plan Familia Propietaria, Decreto 807/95, de Necesidad e Interés Social, estando dicho proceso exento de fines lucrativos.
ARTÍCULO 4: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.------
MARÍA FABIANA MILANI |
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JORGE PABLO ROSOLEN |
Secretaria |
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Presidente |
Honorable Concejo Deliberante |
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Honorable Concejo Deliberante |
REF: Expte Nº 87/2021
Promulgada por Decreto Nº 661/2021