Boletines/Lobería

Decreto Nº128-21

Decreto Nº 128-21

Lobería, 25/01/2021

Solicita la asignación de tareas al personal destajista que realizará trabajos de albañilería

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.470/20, la Nota Nº 10.733/21, el Decreto Nº 74/21, el Expediente Nº 4066-43/20; y

Considerando

QUE, por Nota Nº 10.733/21, el expediente Nº 4066-43/20, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de albañilería en el destacamento de policía del Balneario “Arenas Verdes”, a partir del 20 de enero de 2021;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista, Sr. HORACIO E. FERNÁNDEZ, D.N.I. N° 17.289.802, designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de albañilería en el destacamento de policía del Balneario “Arenas Verdes”, a partir del 20 de enero de 2021.

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS                                                                                          

Reparar aleros y revestimiento de madera. Reemplazar ventiluz. Hacer desagüe cloacal en baño. Ajustar Puerta Monto $ 52.335.-

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 52.335.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHO CON DIEZ CENTAVOS ($ 45.008,10.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 6.280,20. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente 16 Dirección de Desarrollo Local – 02 Oficina de Turismo - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

 

PABLO J. BARRENA                                                 JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                    INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 128-21