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Ordenanza Nº5758/2020

Ordenanza Nº 5758/2020

Pinamar, 10/11/2020

VISTO:

El expediente N° 4123-0636/2020 Cpo. 1 caratulado: "Contingencia Coronavirus", la Ordenanza Nº 5645/20, El DNU Presidencial N° 297/2020 y sus medidas complementarias y la Ordenanza N° 5718/2020 y;

CONSIDERANDO:

Que en Pinamar se ve la necesidad de generar una Declaración Jurada Sanitaria para el ingreso y estadía segura de todos los visitantes.

Que en virtud de ello se trabajo de manera interdisciplinaria con el Comité de Crisis creado mediante la Ordenanza N° 5645/2020.

Que a los fines antes referenciados es menester generar la declaración en cuestión a los efectos de complementar, mediante legislación municipal, la aplicación "CUIDAR VERANO".

Que en el Partido de Piinamar el turismo significa la principal y única actividad económica generadora de empleo local y herramienta de desarrollo.

Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha anunciado públicamente el día 19 de Octubre de 2020 la apertura de la actividad turística a partir del día primero de diciembre de 2020 en el territorio de esta provincia.

Que es por ello que se considera fundamental acompañar la apertura propuesta por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, con una declaración jurada sanitaria para el ingreso y estadía segura al Partido de Pinamar de los turistas y trabajadores.

Que se considera de utilidad la Declaración Jurada mencionada para la correcta evaluación, análisis y diagnóstico diario de la ocupación turística del Partido de Pinamar en cuanto a cantidad de personas, pacientes de riesgo, sintomatologías previas, posesión de prepagas, obras sociales, seguros médicos y demás servicios de salud privados contratados por los turistas.

Que de esta manera, la Secretaria de Salud junto al Observatorio Turístico de la Municipalidad de Pinamar se encontraran en condiciones de contar con la información estadística necesaria para lograr gestionar sus principales tareas en la alta temporada de verano en un contexto de pandemia.

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 5758/2020

ORDENANZA

ARTICULO 1: Impleméntese en el ámbito de la Secretaria de Seguridad de la Municipalidad de Pinamar la Declaración Jurada Sanitaria, para el ingreso y estadía segura para propietarios no residentes, ciudadanos con intenciones de establecer residencia efectiva, trabajadores de temporada, inversores, turistas y excursionistas a partir de la promulgación de la presente.

ARTICULO 2: Tómese como referencia para la implementación de la presente ordenanza lo que se acompaña como Anexo I.

ARTICULO 3: Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 5718/20.

ARTICULO 4: Entiéndase declaración jurada sanitaria de la Municipalidad de Pinamar, la manifestación escrita que se presentara en formato digital a determinar por la autoridad competente, mediante el cual se acredite el motivo de ingreso mediante un formulario presente en el Anexo II.

ARTICULO 5: Sera requisito para obtener la certificación municipal en materia de bioseguridad "Pinamar Segura" aprobada por Ordenanza N° 5707/2020 y Decreto reglamentario N° 1273/20 por cumplimiento de protocolos sanitarios para alojamientos turísticos, que sus huéspedes completen la Declaración Jurada Sanitaria.

ARTIICULO 6: Los propietarios no residentes que tengan aprobada la declaración jurada, o las que en un futuro se aprueben para los mismos, tendrán validez hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive, no debiendo realizarlo nuevamente para ingresar a Pinamar.

ARTICULO 7: la "Declaración Jurada Sanitaria" deberá ser exhibida ante la realización de cualquier tipo de tramite Municipal.

ARTICULO 8: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cumplido, archívese.-

Sala de Sesiones, 10 de noviembre de 2020

ANEXO I

La Declaración Jurada Sanitaria Online para ingresantes al Partido de Pinamar a partir del primero (1) de diciembre de 2020 tiene como objetivos generales:

1) Generar un contexto de seguridad sanitaria tanto para quienes visitan esta jurisdicción como para quienes residen.

2) Facilitar los controles al personal de seguridad en los accesos al Partido de Pinamar, teniendo en cuenta la actual capacidad operativa en cuanto a recursos humanos y logísticos.

3) Obtiene información útil para el sistema de salud y el observatorio turístico local ante eventuales intervenciones y/o proyecciones.

4) Incorpora tecnología a la administración de ingresos, estadía y de casos de aislamiento preventivo.

Procedimiento:

1-. Todos los alojamientos turísticos e inmobiliarias deberán exigir a sus huéspedes completar la Declaración Jurada Sanitaria en el momento de la reserva previo ingreso al Partido de Pinamar.

2-. Contactar al CCA (Centro de Consultas por Aislamiento, tel: 02254585415) (Canal de comunicación habilitado el 25 de Marzo de 2020 a fin de atender las inquietudes de los vecinos), a fin de ser entrevistado por el personal municipal capacitado.

3-. Obtener acceso a la Declaracion Jurada Online, en caso de corresponder.

4-. Completar la misma adjuntando la documentación requerida.

ANEXO II

La Declaración Jurada Sanitaria online para ingresos al Partido de Pinamar a partir del primero (1) de diciembre de 2020 solicitara los siguientes datos:

- Nombre completo.

- DNI.

- Fecha de nacimiento.

- Provincia de residencia.

- Localidad de residencia (en CABA indicar barrio).

- Ocupación: Profesional, Jubilado/a, Estudiante, Empresario/a, Comerciante, Desocupado, Otro

- Teléfono celular.

- Email

- Grupo acompañante- agregar todos los acompañantes.

* Menores de 18 años: Nombre completo, DNI.

* Mayores de 18 años: Nombre completo, DNI, Fecha de nacimiento, Provincia de residencia, Localidad de residencia (si es CABA indicar barrio). Ocupación: Profesional, Jubilado/a, Estudiante, Empresario/a, Comerciante, Desocupado, Otro

- Tipo de alojamiento en Pinamar (seleccionar solo una opción: Residencia propia, Residencia alquilada, Hotel, Apart Hotel, Departamento con servicio.)

- Nombre de alojamiento (desplegable de opciones de listado de habilitados) y opción otros por si no figura en el listado.

- Datos de su domicilio de alojamiento en Pinamar: Calle, Entre calles, Localidad - indicar solo una opción: Pinamar, Carilo, Ostende, Valeria del Mar, Mar de Ostende.

- Marque el domicilio en el mapa: (mapa interactivo)

- Tipo de transporte en el que viajara - marque solo una opción: Automovil propio, Moto propia, Transporte publico de larga distancia, Empresa de transporte, Transporte publico interurbano.

- Si aplica: Datos del vehiculo porpio en que viajara: Patente, Color, Modelo, Año

- Seleccione un motivo de ingreso (es posible mas de una opción). Trabajo, Turismo, Tramites, Inversiones

- Fecha de ingreso:

- Fecha de salida:

- Datos de contacto de una persona de referencia en Pinamar: Nombre y apellido, Teléfono, Relación

- Sobre su situación de salud: Por favor indique todas las opciones que correspondan: Embarazo, Diabetes, Enfermedad hepática, Enfermedad renal crónica, Enfermedad respiratoria, Cáncer, Enfermedad cardiológica, Obesidad

Si tuvo Covid-19 indíquelo a continuación (en el siguiente paso deberá adjuntar el certificado)

- Declaro que tuve covid-19 y ya ni tengo síntomas con mas de diez (10) días desde la fecha de alta.

Si cuenta con cobertura social o prepaga, indíquelo a continuación: Nombre de su Cobertura Social o Prepaga, Numero de socio

Tomo conocimiento:

- Estoy informado que el hospital de Pinamar cuenta con 5 (cinco) camas operativas de terapia intensiva.

- En caso de haber estado en contacto con casos confirmados o probables de Covid-19, asumo la obligación de informarlo al 107 telefónicamente y en su caso.

- Declaro que cumpliré con los protocolos sanitarios y/o de seguridad para las actividades habilitadas en la Ciudad de Pinamar el día de mi llegada y durante mi estadía allí.

- Los datos consignados en la presente DD.JJ. son verídicos, haciéndome responsable civil y penalmente en caso de falsear los mismos.

Se informa por medio de la presente, que en caso de verificarse el incumplimiento de los protocolos sanitarios y/o de seguridad de las actividades habilitadas durante su estadia en esta ciudad, se dará lugar a las sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente, sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública, conforme lo previsto en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.