Boletines/General Belgrano
Decreto Nº 0355/2021
General Belgrano, 11/02/2021
Visto
el expediente 4041-D-8926/98, y;
Considerando
Que atento la presentación efectuada a fojas 39 por Gabriel Martin González, por la cual solicita la responsabilidad de pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales del inmueble denominado catastralmente Circ. I, Secc. D, Manzana 44B, Parc. 11, cuenta N° 428700, en carácter de poseedor por Cesión de acciones y derechos sobre inmuebles adjunto a fojas 41.
Que a fojas 64, la Dirección General de Administración ha dictaminado, que en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08, más la documentación acompañada, que no existen inconvenientes en otorgar la responsabilidad de pago del inmueble Cuenta Nº 428700 a Gabriel Martin González.
Que asimismo, al momento de notificarse al solicitante el presente acto administrativo, deberá abonar la totalidad de la deuda que registre el inmueble, o bien suscribir un Plan de Pagos sobre la misma. En caso de no realizarlo, se dará de baja la responsabilidad de pago mediante acto administrativo correspondiente. Además, se deberá informar que el incumplimiento del pago de tres (3) cuotas consecutivas de la Tasa correspondiente y hará lugar a dar de baja de oficio la Responsabilidad de Pago sin necesidad de notificación por parte de la Comuna.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
Artículo 1º: Incorporar como Responsable de pago de la Tasa de Servicios Urbanos Municipales de la Cuenta Nº 428700 Gabriel Martin González.- DNI: 35.073.517, con domicilio en Calle 222 N° 905 de la localidad de General Belgrano - Pcia. de Bs As., en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08.--
Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a efectuar las modificaciones que correspondan.--
Artículo 3°: Notificar a la parte solicitante con copia del presente, que deberá abonar la totalidad de la deuda que registre el inmueble, o bien suscribir un Plan de Pagos sobre la misma. En caso de no realizarlo, se dará de baja la responsabilidad de pago mediante acto administrativo correspondiente. Además, se deberá informar que el incumplimiento del pago de tres (3) cuotas consecutivas de la Tasa correspondiente y hará lugar a dar de baja de oficio la Responsabilidad de Pago sin necesidad de notificación por parte de la Comuna.
Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Lic. Roman Della Vedova.--
Artículo 5°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Procesamiento de Datos, Recaudación, Atención al Público, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.--