Boletines/General Belgrano
Decreto Nº 0313/2021
General Belgrano, 04/02/2021
Visto
el expediente 4041-M-8050/2020, y;
Considerando
Que atento la presentación efectuada a fojas 1 por Graciela Susana Mora, por la cual solicita la responsabilidad de pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales del inmueble denominado catastralmente Circ. I, Secc. E, Chacra 35, Parc. 10, cuenta N° 2201600, en calidad de poseedora por Contrato de Compra Venta a favor de su cónyuge.
Que a fojas 17, consta el informe Inspección, donde informa que en el inmueble existe una edificación deshabitada y sin conexión a la red eléctrica.
Que a fojas 21, se ha dictaminado, que en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08, más la documentación acompañada, no existen inconvenientes en otorgar la responsabilidad de pago del inmueble Cuenta Nº 2201600 a Graciela Susana Mora.
Que el presente acto administrativo NO DA DERECHO A LA TITULARIDAD DE LA PROPIEDAD en el sistema municipal, sólo lo habilita como “Responsable de Pago” de la Tasa SUM del inmueble.
Que asimismo, deberá notificarse al solicitante, que deberá abonar la totalidad de la deuda -si existiera- o suscribir un plan de pago, donde reconozca la misma, y se comprometa por escrito a abonarla. El incumplimiento en el pago de tres (3) cuotas consecutivas de la Tasa correspondiente hará lugar a dar de baja de oficio la Responsabilidad de Pago sin necesidad de notificación por parte de la Comuna.
Que la interesada asume en forma personal y excluyente toda la responsabilidad que pudiera surgir con relación a reclamos efectuados por otros herederos y/o personas que aleguen algún derecho sobre el trámite en cuestión, excluyendo de responsabilidad a la comuna.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
Artículo 1º: Incorporar como Responsable de pago de la Tasa de Servicios Urbanos Municipales de la Cuenta Nº 2201600 a Graciela Susana Mora - DNI: 23.013.314, con domicilio en calle 16 N° 1287 de la localidad de General Belgrano - Pcia. de Bs As., en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08.--
Artículo 2º: Que el presente acto administrativo NO DA DERECHO A LA TITULARIDAD DE LA PROPIEDAD en el sistema municipal, sólo lo habilita como “Responsable de Pago” de la Tasa SUM del inmueble.
Artículo 3°: La solicitante deberá abonar la totalidad de la deuda o suscribir un Plan de Pago, donde reconozca la misma, si existiera, y se comprometa por escrito a abonarla. El incumplimiento en el pago de tres (3) cuotas consecutivas de la Tasa correspondiente hará lugar a dar de baja de oficio la Responsabilidad de Pago sin necesidad de notificación por parte de la Comuna.--
Artículo 4°: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a efectuar las modificaciones que correspondan.--
Artículo 5°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Lic. Roman Della Vedova.--
Artículo 6°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Procesamiento de Datos, Recaudación, Atención al Público, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.--