Boletines/Bragado
Decreto Nº 26
Bragado, 06/01/2021
Visto
VISTO: Que, en el mes de noviembre de 2008 se celebró en Rosario el Consejo Federal de Discapacidad, donde se presentó la versión definitiva del Protocolo de Evaluación y el Certificado Único de Discapacidad, siendo consensuado y aprobado unánimemente por todas las provincias presentes; Que mediante Resolución Nº 675/09 del Ministerio de Salud de la Nación se aprueba el Certificado Único de Discapacidad y el Protocolo de Evaluación y Certificación de la discapacidad para todo el territorio nacional; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, el Decreto 2056/11 de este Municipio establece la integración de la Junta Médica Evaluadora de Personas del Distrito de Bragado a fin de la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD.); Que, el lanzamiento de dicho certificado no sólo unifica los criterios de certificación en todo el país, sino que se constituye en una política pública cuyo objetivo es acercar aún más los beneficios instituidos por ley; Que es preciso designar personal idóneo, dictándose a tal efecto el acto administrativo pertinente; Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- DESIGNAR a la Licenciada en Psicología PERSICHINI, Antonela, DNI Nº 35.095.702, para integrar la Junta Médica Evaluadora de Personas del Distrito de Bragado, a partir del mes de ENERO de 2021, a fin de proceder a la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD.) ARTÍCULO 2º.- La Junta Medica Evaluadora quedará integrada por los siguientes profesionales: Médica: Dra. ELIZALDE EMMA ESTER D.N.I. Nº 26.222.160 Médica: Dra. DE ARENAZA, Sofía D.N.I. Nº 32.098.828 Psicóloga: SCHILLIZZI, Silvina Verónica D.N.I. Nº 17.241.403 Psicóloga: PERALTA, Vanina Elisabet D.N.I. Nº 30.376.890 Psicóloga: PERSICHINI, Antonela D.N.I. Nº 35.095.702 Trabajadoras Sociales: QUINTAS, Ivana Estefanía D.N.I. Nº 34.434.404 PEREYRA, Noelia D.N.I. Nº 33.335.311 ARTICULO 3º.- La tramitación y otorgamiento del CUD (Certificado Único de Discapacidad) funcionará en el Centro de Atención para Personas con Discapacidad, sito en calle San Martin Nº 1461, de la ciudad de Bragado, los días martes a las 14hs.- ARTICULO 4°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Y Personal. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 5°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-