Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº992/2020

Decreto Nº 992/2020

Adolfo Gonzales Chaves, 20/10/2020

Visto

El Expediente 4055-305-2020, mediante el cual se lleva adelante el “Proyecto Interdisciplinario de Acompañantes Terapéuticos”;

Considerando

Que en tiempos de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), producto de la Pandemia provocada por el Covid-19, es necesario cambios de paradigmas en la educación;

Que se debe contemplar la situación de personas con discapacidad promoviendo un abordaje integral que incluya a las familias como primer eslabón de una cadena que debe continuar hacia todos los ámbitos de sociabilización del ser humano;

Que los Acompañantes Terapéuticos facilitan y posibilitan la integración en el marco familiar, educativo y social, favoreciendo la independencia en las actividades de la vida diaria y abordan aspectos relacionados a las actividades sociales-recreativas;

Que a través del vínculo creado por el Acompañante Terapéutico con el niño, adolescente, adulto y el núcleo familiar, se busca instrumentar caminos para que estas familias cuenten con un Profesional que oficie de sostén, escucha y/ó nexo para poder seguir garantizando vínculos educativos con las escuelas, cuidados desde la salud ú otra necesidad que se considere necesaria;

Que las áreas involucradas son: Dirección de Cultura y Educación, Área de Discapacidad, Salud, Desarrollo Social y Educación;

Que en el citado Expediente se agregan diversas solicitudes de ayudas económicas;

Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26075;

Que a fojas 42, 43, 45 y 47 se encuentran informes de Contaduría Municipal;

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otorgase a las personas que a continuación se detallan, por el término y monto que para cada caso se indica, una ayuda económica que deberá abonarse a su correspondiente Acompañante Terapéutico:  

ADOLFO GONZALES CHAVES

Pesos Dieciocho Mil ($ 18.000) mensuales, desde el 01-10-2020  al  31-12- 2020 a:

Acosta Dana Milagros, el pago deberá realizarse a Hardoy Paula Andrea, DNI Nº 24.186.574;

Chicco Juan Roman, el pago deberá realizarse a Barreiro María Ángeles, DNI Nº 20.812.620;

Durante Maximiliano, el pago deberá realizarse a Padín María de los Ángeles, DNI Nº 23.646.240;

Melo Santiago, el pago deberá realizarse a Menna Codagnone Luisina, DNI Nº 33.537.337;

Piscicelli Catalina, el pago deberá realizarse a Lalanda Isabel María Teresa, DNI Nº 23.898.594;

Rodríguez Analía, el pago deberá realizarse a Díaz Jennifer Belén, DNI Nº 39.871.305;

Rodríguez Débora Serena, el pago deberá realizarse a Salinas Shirley, DNI Nº 38.927.466;

Sola Luis Miguel, el pago deberá realizarse a González María Fabiana, DNI Nº 33.661.240;

Lelú Verónica Carina, el pago deberá realizarse a Ciffarelli Jenifer, DNI Nº 35.411.477;

Melo Manuel, el pago deberá realizarse a Lobos Fiama Daniela, DNI Nº 40.348.665;

Rubio Gastón, el pago deberá realizarse a D’Alessandro Sofía, DNI Nº 38.958.889.-

 

Pesos Veinte Mil ($ 20.000) mensuales, desde el 01-10-2020  al  31-12- 2020 a:

López Alan, el pago deberá realizarse a Ziegerman Cristina, DNI Nº 22.539.138.-

 

Pesos Veintidós Mil ($ 22.000) mensuales, desde el 01-10-2020  al  31-12- 2020 a:

Rebollini Jonathan, el pago deberá realizarse a Benítez Maximiliano, DNI Nº 41.212.035;

Rodríguez Rocío, el pago deberá realizarse a De Battista Araceli DNI Nº 39.871.380.-

 

DE LA GARMA

Pesos Dieciocho Mil ($ 18.000) mensuales, desde el 01-10-2020  al  31-12- 2020 a:

Casano Maico, el pago deberá realizarse a Caparrós Emiliano Jesús, DNI Nº 32.758.759;

Zoppi Alex, el pago deberá realizarse a Di Paolo María de los Ángeles, DNI Nº 36.772.363.-

 

JUAN EULOGIO BARRA

Pesos Veintidós Mil ($ 22.000) mensuales, desde el 01-10-2020  al  31-12- 2020 a:

Young David, el pago deberá realizarse a Zapelli Geraldine, DNI Nº 41.784.251.-

 

ARTICULO 2º.- Los montos acordados deberán efectuarse con cargo a la siguiente partida:

Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente

Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente

Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.8.0 Transferencias para el Aprendizaje, Enseñanza e Investigación

 

ARTICULO 3º.- Tomen razón Contaduría y Tesorería.-

 

ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-