Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 17150/2021
Tandil, 08/04/2021
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reservar estacionamiento para ascenso y descenso de pacientes, y ambulancia e individualizar los siguientes espacios:
- 14 de Julio 615
- Yrigoyen 925
ARTÍCULO 2º: El espacio mencionado en el artículo 1º será debidamente demarcado en un máximo de seis (6) metros y señalizado con la cartelería correspondiente constando el número de la presente Ordenanza, así como los días y horarios que será todos los días de 10:00 a 20:00 y la referencia de uso para ascenso y descenso de pacientes (sin espera) y ambulancia.
ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda procederá a la demarcación y señalización correspondiente.
ARTÍCULO 4º: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza se imputaran a la solicitante.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO.
Registrada bajo el Nº 17150
REF: Asunto Nº 927/2018 Expte. Nº 2018/16487/00
Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)