Boletines/Tandil

Decreto Nº1070/2021

Decreto Nº 1070/2021

Tandil, 09/04/2021

Visto

La Licitación Pública Nº 38-01-19 “Terminación de la Obra Jardín Nº 927 Barrio Movediza”, y que por Expediente Sadom Nº15504/15/2019 se tramita la Adecuación Provisoria Nº 2;

Considerando

Que mediante Decreto Nº 1920/2019 se procedió a la adjudicación a la firma Pesciallo Flores y Cia S.C.

Que conforme al pliego de Bases y Condiciones de la Licitación expresamente en su artículo 76° menciona que en el supuesto de que se produzcan variaciones significativas en los costos, la redeterminación de precios se efectuará conforme lo dispuesto por el Decreto Nacional 691/16.

Que la firma contratista ha presentado la solicitud de adecuación provisoria de precios al mes de octubre de 2020, conforme a la estructura de ponderación de insumos principales, expresando que la variación de precios ha superado el cinco por ciento previsto en la norma a partir de la fecha de apertura de la licitación.

Que el Director de Obras Públicas ha emitido informe indicando que el avance de obra se encuentra dentro del plazo previsto.

Que para el cálculo de la Adecuación se tuvo en cuenta el anticipo financiero abonado sobre el monto a ejecutar histórico o a valores de contrato.

Que la presente adecuación se corresponde con el saldo de obra a ejecutar al 01 de enero 2021.

Que el área Gestión de Procesos ha intervenido concluyendo sobre la factibilidad de adecuar los precios del contrato a partir de los certificados correspondientes al mes de enero de 2021 (Certificado de Obra Nº 4) en cinco con diezpor ciento (5,10 %).

Que ha tomado intervención la Contaduría General y la Secretaria de Economía y Administración.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Adecúase el valor de la Licitación Pública Nº 38-01-19 “Terminación de la Obra Jardín Nº 927 Barrio Movediza” adjudicada a la firma Pesciallo Flores y Cia S.C. por el monto total de pesos veintiseis millones quinientos sesenta y tres mil ciento cuarenta y tres con cincuenta y cuatro centavos ($ 26.563.143,54).

Artículo 2º: Establécese, por aplicación del Artículo 1° del presente Decreto, el valor de la adecuación provisoria N° 2 en Pesos setecientos veinticinco mil novecientos ochenta y dos con veintiún centavos ($ 725.982,21).

Artículo 3º: El valor determinado en el Artículo 1° se aplicará a partir del Certificado de Obra y Acta de Medición N° 4 inclusive correspondiente al mes de enero de 2021.

Artículo 4º: La erogación a producirse será apropiada a la partida que designe la Dirección de Presupuesto.

Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Luciano María Lafosse (Secretario)              -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

               Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas          -                       Intendencia