Boletines/Quilmes
Decreto Nº 3011/2020
Quilmes, 30/12/2020
Visto
el Expediente N° 4091-9433-D-2020, iniciado por el Sr. Secretario de
Seguridad y Ordenamiento Urbano de Ia Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto
es solicitar Ia adquisicion de sistema de alarmas para ser instalados en distintos
puntos del partido de Quilmes, en el marco de Ia Ordenanza N° 13.337/2020 que
declarara Ia emergencia en materia de seguridad y del articulo 156 inciso 10 de
Ia Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con
modificaciones vigentes); y
Considerando
Que por expediente referenciado en el visto, se solicita Ia
adquisicion de sistema de alarma con su correspondiente servicio de
mantenimiento de licencia y soporte telefonico;
Que, mediante Ordenanza N° 13.337 de fecha 04 de
septiembre del 2020, se declarO Ia emergencia en materia de seguridad por el
termino de ciento ochenta (180) dias;
Que Ia norma mencionada, encomienda al Departamento
ejecutivo en su articulo 2° inc.2 "promover, dotar y equipar las herramientas de
prevencion del delito, entre otras, (...) alarmas comunitarias...";
Que sin perjuicio de ello, el Decreto-Ley 6.769/58 establece
en su articulo 156 excepciones a las previsiones establecidas respecto a
licitaciones y concursos de precios, admitiendo compras y contrataciones
directas en los casos de "(...) adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza
en las condiciones comerciales de oferta mas conveniente en e/ mercado,
cualquiera sea su monto. Sera responsabilidad del secretario del ramo y del
contador municipal comprobar y certificar que la operacion se encuadra en el
nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado" (cfme. inc. 10° del
articulo citado);
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de
Administracion para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su
articulo 194 establece que: "la Compra Directa es procedente hasta el monto
que fija la Ley Organica Municipal o para los casos de excepcion previstos en la
misma (articulos 151 y 156). La autoridad contratante procurara asegurarse por
los medios a su alcance, que el precio cotizado sea el mas conveniente de plaza
a la fecha de la contratacion.";
Que el articulo 88 del Reglamento Municipal de Compras y
Suministros de la Municipalidad de Quilmes hace referencia al procedimiento de
contratacion directa, sin limite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las
excepciones establecidas en el articulo 156 de Ia Ley Organica de las
Municipalidades;
Que Ia excepcion legal, aplicable al caso, no deja por ello de
atender los detalles de transparencia, seguridad juridica y responsabilidad que
debe imperar en Ia gestion de los bienes publicos;
Que en las actuaciones obran Ia Solicitud de Pedido N°
2655/2020, Ia solicitud de gastos, el Registro de Invitados a Cotizar N°
2443/2020 y las fichas de los respectivos proveedores;
Que se han invitado a cotizar a tres (3) proveedores,
haciendose Ia correspondiente comparativa de oferta entre NOVIT S.A y MGV
SEGURIDAD S.R.L; Que en autos luce agregado el Dictamen de la Subsecretaria
de Asesoria Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que
no se encuentran objeciones juridicas para ejecutar Ia contratacion directa en el
marco de la Ordenanza N°13.337/2020 y lo normado por el articulo 156, inciso
10° de Ia Ley Organica de las Municipalidades (Dto. Ley N°6769/58;
Que obra nota del Secretario del area y de la Contadora
Municipal donde manifiestan que los bienes a adquirirse se encuentran en el
nivel de precios y condiciones habituales de mercado;
Que ello asi, los presupuestos presentado por las empresas
proveedoras, teniendo en consideraci6n las caracteristicas del producto y las
condiciones comerciales ofrecidas, resultan el valor corriente en plaza mas
conveniente en el mercado, encontrandose cumplidos en los presentes los
requisitos establecidos en la citada normativa;
Que respecto del precio publicado por Ia empresa NOVIT S.A,
teniendo en consideracion las caracteristicas del producto y las condiciones
comerciales ofrecidas, resulta, el valor corriente en plaza mas conveniente ;
Que resulta urgente, necesario y razonable dictar el presente
acto administrativo de adjudicacion directa de sistema de alarmas para ser
instalados en distintos puntos del partido de Quilmes, mas el servicio de
mantenimiento de licencias y soporte telefOnico, en el marco de la Ordenanza
N°13.337/2020 que declarara la emergencia en materia de seguridad;
Que el recurso utilizado sera el proveniente de la Fuente de
Financiamiento 110 (Tesoro Municipal);
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 156 inciso 10° de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6/69/58 con modificaciones vigentes), articulo
185 y 194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administracion
para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y los articulos 86, 88 y
89 del Reglamento de Contrataciones, Compras y Suministros de la
Municipalidad de Quilmes; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: ADJUDICASE a la empresa proveedora "NOVIT S.A" CUIT N°
30-70731065-7 el objeto de la contratacion directa consistente en la adquisicion
de sistema de alarmas para ser instalados en distintos puntos del partido de
Quilmes, mas el servicio de mantenimiento de licencias y soporte telefonico, en
el marco de la Ordenanza N°13.337/2020 que declarara Ia emergencia en
materia de seguridad y del articulo 156 inciso 10° de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes),de
acuerdo a la Solicitud de Pedido N°2655/2020 efectuada por la Secretaria de
Seguridad y Ordenamiento Urbano, por un monto total de pesos dos millones
novecientos sesenta y cuatro mil ($ 2.964.000) IVA incluido. Todo ello de
conformidad con lo actuado y por resultar dicha oferta la mas conveniente en el
mercado.-
ARTICULO 2°: DISPONESE que el presente gasto se imputara en el
Presupuesto de gastos de Ia Administracion Central - Departamento Ejecutivo
1110172000 Secretaria de Seguridad y Ordenamiento Urbano, Categoria
programatica 01.00.00 Fuente de Financiamiento 110, en las Partidas 4.3.9.0 y
3.1.9.0.-
ARTICULO 3°: DISPONESE que el presente Decreto sera refrendado por el Sr.
Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al registro
General y ARCHIVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO Dr. CLAUDIO H. CARBONE MAYRA S. MENDOZA
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
Cdra. ALEJANDRA S. PRIETO Dr. GASPAR R. DE STEFANO
Secretaria De Hacienda Secretario de Seguridad y
MUNICIPALIDAD DE QUILMES Ordenamiento Urbano
MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DECRETO 3011/2020