Boletines/Mercedes

Decreto Nº355/2021

Decreto Nº 355/2021

Mercedes, 22/03/2021

Visto

El Decreto 1/2021 que aprueba el organigrama municipal y la necesidad de fortalecer la estructura; 

Considerando

Que, como consecuencia de la consolidación de las políticas públicas municipales que se vienen desarrollando desde el año 2015, se han incrementado las posibilidades de acceder a los diferentes programas tanto del Gobierno Provincial como Nacional desarrollados a partir del año 2020, resultando necesario la creación de una Unidad de Gestión de Proyectos Estratégicos con el fin de optimizar recursos e intervenciones.

Que, los mencionados proyectos, que tienen como destinatarios diversas áreas municipales como Obras Publicas, Salud, Vivienda, Desarrollo de la Comunidad, Genero, Seguridad, Deporte, Ambiente e Innovación, entre otras, se realizan en el marco de un convenio o programa con financiamiento externo Provincial o Nacional, exigiendo que además de las tareas corrientes y diarias de las áreas, se desarrollen procesos adicionales siendo necesaria la creación de un área específica que pueda llevarlos a cabo  con personal idóneo, con una dinámica y procedimientos diferentes avocados únicamente a llevar a cabo estar tareas, con una visión de planificación estratégica.

Que, la Municipalidad de Mercedes no cuenta en la actualidad con un área transversal que se ocupe de gestionar y articular este tipo de proyectos, requiriéndose de ese modo una modificación estructural.

Que tampoco se cuenta con la cantidad de profesionales idóneos necesarios para realizar este tipo de proyectos, por lo que se requiere la contratación de servicios específicos para dotar a la Unidad.

Que, la Unidad de Gestión de Proyectos Estratégicos tendrá como misión ser una unidad dedicada a pensar y proyectar con una visión estratégica, de mediano y largo plazo, todo lo inherente a la planificación de la inversión pública tendiente a un equilibrado desarrollo geográfico municipal, y lo atinente a la obra pública, la vivienda, el desarrollo comunitario, la innovación tecnológica, el transporte, las comunicaciones y la energía del Municipio.

Que, tiene como objetivos consolidar en el Municipio de Mercedes una cultura de trabajo con visión estratégica, basada en la metodología de Gestión de Proyectos.

Que, debe ser objeto de la Unidad, entender en la elaboración, propuesta, seguimiento y rendición de los proyectos que ejecuten las demás áreas dependientes del Municipio, y coordinar los planes y programas relativos a esos proyectos a nivel nacional, provincial y municipal, según corresponda la jurisdicción.

Que, la Unidad de Gestión entenderá en la planificación, ejecución y control de proyectos, colaborando y elaborando con las Secretarías, Entes, Agencias, Consejos y en general, todas las áreas del gobierno local, todos aquellos que sean considerados estratégicos para el cumplimiento de los objetivos de la gestión municipal y los que determine el Intendente Municipal en dialogo constante con la comunidad y sus necesidades y requerimientos.

Que, frente a esa situación resulta necesario poner en marcha la creación de una Unidad de Gestión de Proyectos, cuyo objetivo central sea funcionar como nexo con los diferentes organismos externos, estar en las tratativas preliminares, confeccionar los documentos/notas solicitados para la celebración de convenios con las diferentes instituciones cumpliendo con  los requisitos exigidos, recabar la información de cada proyecto a elaborar, confeccionar el expediente municipal por el cual tramitaran todos los procedimientos internos necesarios, elaborar los certificados de rendiciones de cuentas, interactuar con los referentes de cada proyecto, cargar las rendiciones según las plataformas de recepción de documentación de Provincia o Nación.

Que resulta indispensable promover la coordinación de todas las áreas, para el desarrollo de los programas e instrumentos de apoyo a la gestión municipal, en la identificación de nuevas líneas de acción con las diversas unidades administrativas definiendo sus estrategias transversales en proyectos especiales de mediano y largo plazo, en la recomendación, en base a estudios prospectivos y estadísticos desarrollados por la unidad, cambios de mediano y largo plazo en los programas y mecanismos de operación de la gestión administrativa.

Que la Unidad debe fortalecer la interacción con contrapartes a nivel sectorial, regional, académico y de investigación, local, provincial y nacional, a fin de determinar áreas de oportunidad que deban ser atendidas por nuevos programas o por las áreas de promoción y vinculación.

Que debe apuntar al fortalecimiento técnico de todas las políticas, proyectos y programas que por su naturaleza atiendan a problemas estratégicos de la gestión y la determinación de los mecanismos que permitan contar con información detallada y relevante de cada área para llevar a cabo el análisis y el diagnóstico sobre la situación socio política de la gestión.

Que esta Unidad viene a desempeñar funciones que le sean delegadas expresamente por el Sr. Intendente Municipal, asesorándolo técnicamente en aquellas áreas temáticas que le sean solicitadas dentro de su competencia.

Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:

DECRETA

Artículo 1º.- Créase la Unidad de Gestión de Proyectos, la que funcionará bajo la órbita de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Mercedes Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2º.-  La Unidad de Gestión de Proyectos tendrá como funciones principales:

  • Planificar y elaborar proyectos con financiamiento externo
  • Realizar un seguimiento y fiscalización en las ejecuciones de obras
  • Llevar a cabo la rendición de cuentas de las misma adecuándose a las exigencias que cada proyecto solicite.
  • Generar proyectos estratégicos para la ciudad, promoviendo la participación en convocatorias y programas provinciales, nacionales e internacionales.
  • Vigilancia de oportunidades: contar con un sistema de monitoreo y alertas respecto de la existencia de oportunidades de financiamiento, convocatorias y programas, para aprovechar las ventanillas disponibles.
  • Fortalecimiento Estadístico: integrar el programa de Observatorio de Políticas Publicas de la Secretaría de Gobierno, a fin de generar insumos de información socio económica de relevancia, sistemática y confiable, que sea un valor diferencial de la Ciudad, y genere certidumbre para los tomadores de decisiones.

Artículo 3º.-  La Unidad estará integrada por un responsable de las siguientes áreas, debiendo designar la Secretaría de Gobierno a un responsable a cargo según las necesidades de los proyectos vigentes:

-1 (un) representante de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos

-1 (un) representante de la Secretaria de Economía y Hacienda

-1 (un) representante de la Sub Secretaria de Hábitat y Vivienda

-1 (un) representante de la Secretaria de Desarrollo de la Comunidad

-1 (un) representante de la Dirección de Planeamiento Urbano Territorial

Artículo 4º.-  AUTORICESE a la Sub Dirección de Recursos Humanos a realizar las convocatorias para la contratación de profesionales en las disciplinas requeridas para el funcionamiento de la Unidad.

Artículo 5.- Regístrese. Comuníquese. Publíquese. Dese al Digesto General. Cumplido, archívese.