Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 0448/21
General Pueyrredon, 30/03/2021
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita la designación de varios agentes, en distintos establecimientos educacionales.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 0916/2020,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Designar a los agentes que seguidamente se detallan, como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01), en los establecimientos educacionales que se consignan, a partir del 1º de marzo y hasta el 17 de diciembre de 2021 o el cese de funciones con expresión de causa:
a) U.E. 08-00-0-2-2-05 – ESCUELA Nº 5 “Int. Luciano Arrué”
- MARIA BELEN MAZZILLI (Legajo Nº 35.092/51 – CUIL 27-30196287-3) Nº de Orden 3771, con carácter Interino, accediendo al cargo por Listado de Concurso. Asamblea Extraordinaria – Res. Nº 226/21-255/21.
b) U.E. 08-00-0-2-2-06 – ESCUELA Nº 6 “Centenario”
- SELVA DEL CARMEN MARTINEZ (Legajo Nº 35.131/52 – CUIL 27-25580393-5) Nº de Orden 3275, en reemplazo de la agente María de los Angeles Silva (Legajo Nº 27.292), accediendo al cargo por Listado de Concurso. Asamblea Extraordinaria – Res. Nº 226/21-255/21.
c) U.E. 08-00-0-2-2-13 – ESCUEAL Nº 13 “Eva Perón”
- DIEGO FLORENCIO VILLALOBO (Legajo Nº 33.959/53 – CUIL 20-25265736-4) Nº de Orden 3639, con carácter Interino, accediendo al cargo por Listado Oficial. Asamblea Extraordinaria – Res. Nº 226/21-255/21.
ARTÍCULO 2º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a) y b), durante el periodo que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 5 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 5º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 9 – F.Fin. 1-3-1.
ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI