Boletines/Chascomús
Decreto Nº 77/21
Chascomús, 27/01/2021
GESTION DOCUMENTAL ELECTRÓNICA
Visto
La necesidad de implementar el Sistema de Gestión Documental electrónico (GDE); y
Considerando
Que mediante la Ordenanza Nº 5493 se aprobó el convenio con la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación para la implementación del sistema informático de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que se debe realizar una implementación gradual de la digitalización de expedientes.
Que todos los documentos que formen parte de un expediente electrónico tendrán que ser previamente generados en forma electrónica a través de los módulos de Comunicaciones Oficiales (CCOO), Generador ELECTRONICO de Documentos Oficiales (GEDO), EXPEDIENTES ELECTRONICOS (EE), o bien, si existieran en papel u otro formato, deberán ser digitalizados a través de GEDO.
Que es necesario dictar el acto administrativo que habilite la instrumentación del sistema de gestión documental electrónica.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- El sistema de GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE) será el único sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes pertenecientes al departamento ejecutivo del Municipio de acuerdo al cronograma que establezca para ello la Secretaría de Gobierno.-
ARTICULO 2°.- El Acceso al sistema de GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE) se realiza a través de un navegador, por medio de la siguiente dirección: http://chascomus.gde.gob.ar/.-
ARTICULO 3°.- Los funcionarios y agentes municipales deberán solicitar su usuario y clave a la Dirección de Modernización dependiente de la Secretaria de Gobierno, administradora central del sistema de GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE).-
ARTICULO 4°.- Los usuarios del sistema están obligados a mantener el resguardo y control de su clave de acceso, debiendo salvaguardar la confidencialidad de dicho dato e impedir su divulgación, dado que la misma tiene carácter personal e intransferible.-
ARTICULO 5°.- Apruébese la implementación del módulo “COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO), del sistema de GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE), como único medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos.-
ARTICULO 6°.- Apruébese la implementación del módulo “GENERADOR ELECTRONICO DE DOCUMENTOS OFICIALES (GEDO) del sistema de GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE), como único medio de creación, registro y archivo de documentos.-
ARTICULO 7°.- Apruébese la implementación del módulo “EXPEDIENTES ELECTRONICO (EE)” del sistema de GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE).
ARTICULO 8°.- Apruébese la implementación del módulo “LEGAJO UNICO ELECTRONICO (LUE)” del sistema GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE), como único medio de creación, registro, guarda y archivo de la totalidad de la documentación y datos correspondientes a los agentes que trabajan en la Administración Municipal.-
ARTICULO 9°.- Los documentos confeccionados a través de los módulos aprobados por los artículos 6º, 7º y 8º en el presente Decreto, deberán ser firmados electrónica o digitalmente, produciendo idénticos efectos jurídicos a sus versiones impresas.-
ARTICULO 10°.- Será obligatorio el uso del módulo “COMUNICACIONES OFICIALES”, del sistema de GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE), como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos a partir del 01 de marzo de 2021 en toda la administración del municipio.-
ARTICULO 11°.- Instrúyase a la Dirección de Capital Humano perteneciente a la Secretaria de Gobierno a utilizar el modulo “LEGAJO UNICO ELECTRONICO (LUE)” del sistema de GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE) como único medio de creación, guarda y archivo de todos los documentos electrónicos de los agentes que se desempeñan en su ámbito, que será obligatorio a partir del 15 de Marzo de 2021.-
ARTICULO 12°.- Facultase a la Secretaría de Gobierno a dictar las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias del presente a fin de lograr la implementación del Sistema de Gestión Documental electrónico (GDE).-
ARTICULO 13°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, todas las Secretarias del Departamento Ejecutivo, quienes notificaran a las dependencias a su cargo, Oficina de Prensa y Dirección de Capital Humano.-
ARTICULO 14°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 15º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-