Boletines/Chascomús
Decreto Nº 68/21
Chascomús, 26/01/2021
LLAMAR A LICITACIÓN PRIVADA N° 1/21
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-151668/M caratulado “Relevamiento Móvil de Chapa Patente”; y
Considerando
Que a través del mismo se tramita la incorporación de la tecnología necesaria para relevar de forma móvil las chapas patentes de vehículos.
Que consta agregado el Pliego con las especificaciones técnicas particulares para la adquisición de dicho equipamiento, con un presupuesto oficial de pesos un millón novecientos cincuenta mil ($ 1.950.000).
Que, en virtud de lo establecido en el artículo 151° de la Ley Orgánica de la Municipalidades (D. Ley 6769/58), corresponde realizar un llamado a Licitación Privada, según las previsiones establecidas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires (Acuerdo 23/10/91).
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Llámese a Licitación Privada Nº 1/21 para la adquisición de “Sistema móvil de lectura inteligente de chapa patente”, de acuerdo al pliego de bases y condiciones obrante en el Expediente Administrativo Nº 4030-151668/M.
ARTICULO 2°.- Establézcase que el pliego de bases y condiciones podrá obtenerse o consultarse en horario administrativo a partir del día 27 de Enero de 2021 y hasta el día 05 de Febrero de 2021, inclusive, previo a la apertura de las ofertas. Las firmas interesadas, al momento de obtenerlo, deberán fijar en forma fehaciente domicilio legal en la ciudad de Chascomús y un domicilio fiscal electrónico.-
ARTICULO 3°.- Fíjese la fecha de apertura de los sobres con las ofertas para el día 05 de Febrero de 2021, a las 10:00 horas, en el Palacio Municipal, sito en calle Crámer 270 de la ciudad de Chascomús, Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 4°.- El presupuesto oficial se ha estimado en la suma de Pesos un millón novecientos cincuenta mil ($ 1.950.000).-
ARTICULO 5°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría y Oficina de Compras.-
ARTICULO 6°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan facundo Alfonsín).-
ARTICULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-