Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5531/21
Chascomús, 07/01/2021
VISTO:
El Lote cedido como espacio Verde y público y para equipamiento comunitario que consta en Expte. 4030-150682/M Caratulado “Espacios Verdes y Libres públicos a ceder y Reserva para equipamiento comunitarios II-B-30-30bc-1; II-B-30-30bd-1; II-B-30-30bd-2”; y
CONSIDERANDO:
Lo dispuesto en el Decreto Ley 8912/77 de “Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo” y los artículos 2 y 3 del Decreto Ley 9533/80 de “Régimen de Inmuebles de dominio Municipal y Provincial”.-
Que debe inscribirse a favor de la Municipalidad de Chascomús el inmueble cedido como Espacio Verde y Libre Público, conforme el Plano de Mensura y División 27-043-2018 a nombre de la Cooperativa de Vivienda por un techo propio, cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción II, Sección B, Ch. 30, Mz.30bc, Parcela 1, con una superficie de 2771,78m2 de Chascomús; Circunscripción II, Sección B, Ch. 30, Mz 30bd, Parcela 1, y como Reserva para equipamiento comunitario la Circunscripción II, Sección B, Ch. 30, Mz. 30bd, Parcela 2 de Chascomús.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente.
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Autorícese a aceptar la Reserva Fiscal afectada a Espacio Verde y Libre Público cedido en el Plano de Mensura y División 27-043-2018 a nombre de la Cooperativa de Vivienda por un techo propio, cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción II, Sección B, Ch. 30, Mz. 30bc, Parcela 1, con una superficie de 2771,78m2 de Chascomús; Circunscripción II, Sección B, Ch. 30, Mz 30bd, Parcela 1, y como Reserva para Equipamiento Comunitario: la Circunscripción II, Sección B, Ch. 30, Mz. 30bd, Parcela 2 de Chascomús.-
ARTICULO 2°.- Procédase a la inscripción originaria a favor de la Municipalidad de Chascomús conforme a lo dispuesto en el artículo 39 y siguientes del Decreto Ley 9533/80.-
ARTICULO 3°.- De forma.-