Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1459/17
Brandsen, 31/10/2017
Visto
Visto el contrato de Locación de Obra suscripto con la Dra. Silvia Delia Maggi; y
Considerando
Que dicho convenio está destinado a la contratación de un profesional capacitado para desarrollar las siguientes obras: Capacitación del personal no profesional del sistema municipal de prevención, detección y eventual tratamiento de adicciones, coordinar con el área de educación el dictado de cursos de capacitación docentes primarios y secundarios, realizar charlas de prevención a las adicciones en distintas instituciones, oficiar de nexo entre el municipio y el Centro Provincial de Atención de Adicciones (CPA ), consultoría y asesoramiento a la Secretaria de Salud y Desarrollo Social del municipio, proveer informes de avances cada 30 dias los cuales constaran de una memoria descriptiva de las obras realizadas y deberá realizar toda otra actividad que a consideración de la locadora fuere menester realizar por la locataria, en el marco del presente contrato;
Que en ese orden de ideas la contratación se formaliza en razón de carecer la comuna de personal de Dirección competente dentro de sus oficinas para asumir las tareas mencionadas precedentemente;
Que dicha contratación se establece a partir del 1º de Octubre de 2017 hasta el día 31 de Diciembre de 2017, con una retribución mensual de pesos once mil doscientos ochenta ($11.280,00);
Que la mencionada profesional acredita formación calificada, suficiente experiencia para las tareas relacionadas a las adicciones, contando con capacitaciones y maestrías en la materia, fundamentales para plasmar su conocimiento y prácticas;
Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra“…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Regístrese, el Contrato de locación de obra suscripto con la Dra. Silvia Delia MAGGI - DNI Nº 5.814.087, para realizar tareas múltiples referentes a la Prevención de Adicciones, el que agregado como Anexo forma parte de la presente.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimento del referido contrato, será imputado -con cargo a la Jurisdicción: 3000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – Categoría Programática: 36.10 – imputación del gasto 3.4.9.0 – Fuente de financiamiento: 110.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Salud y Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-