Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1338/17
Brandsen, 02/10/2017
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-21566/17 por el cual Ferrari, Alejandra Mariela, CUIT 27-22286626-5 solicita cambio de razón social bajo el rubro “VENTA DE ROPA Y ACCESORIOS” en el inmueble ubicado en calle Mitre N° 402 de la ciudad de Coronel Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A- Manzana 37 – Parcela 5g y, correspondiente a la Partida Nº 25594; y,
Considerando
Que a fs. 20 se expide la Directora de Protección Ciudadana y Habilitaciones: “Visto la solicitud de cambio de razón social iniciado por FERRARI ALEJANDRA MARIELA, CUIT 27-22286626-5 en relación al Inmueble sito en calle Mitre N° 402 de la ciudad de Coronel Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I– Sección A- Manzana 37 – Parcela 5g y, correspondiente a las cuentas 25594 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 1 (uno), por tratarse de rubro “VENTA DE ROPA Y ACCESORIOS” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Silvia. R Echayre. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen.
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTICULO 1º.- Otorgase a Ferrari, Alejandra Mariela, CUIT 27-22286626-5, cambio de razón social bajo el rubro “VENTA DE ROPA Y ACCESORIOS”, en el inmueble ubicado en calle Mitre N° 402, de esta ciudad, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A- Manzana 37– Parcela 5g y, correspondiente a la Partida Nº 25594.-
ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-