Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0439/21

Decreto Nº 0439/21

General Pueyrredon, 17/03/2021

Visto

el expediente nº 6363-0-2020  cuerpo 1 vinculado a la locación de servicio entre la Municipalidad y la Sra. SASSO, MARIA MARTA, registrado bajo nº 139/21, con el objeto de llevar a cabo funciones vinculadas con el proceso licitatorio del transporte público  de pasajeros; y

Considerando

                                            Que en el marco del proceso iniciado con relación a la nueva licitación de Transporte Publico de Pasajeros, se ha hecho necesario designar personal idóneo a fin de acompañar ese proceso.

 

                                                      Que de acuerdo con lo manifestado, se inició el expte. nº 6363- 0- 2020 tendiente a la contratación del servicio de la Sra. María Marta SASSO  a fin de desarrollar funciones vinculadas  al proceso licitatorio del Transporte Público de Pasajeros, en la Subsecretaría de Movilidad Urbana.

 

                                                      Que según surge de las constancias agregadas en el presente expte. mencionado, la Sra. María Marta Sasso tiene sólida experiencia y excelentes antecedentes sobre el tema aquí planteado,  que la habilitan  ampliamente para el servicio que se le encomienda.

 

                                                      Que resulta necesaria la locación de servicio,  teniendo en cuenta fundamentalmente la  formación académica y el perfil del contratado, lo que resulta esencial para el cumplimiento de la función a desempeñar,  ya sea en cuanto al asesoramiento y asistencia técnica referidas al control de aspectos legales y administrativos,  como así también redacción de proyectos de Ordenanza vinculado con el Servicio Integrado de Transporte Urbano (SITU) en particular y con  la movilidad urbana en general.

 

 

Que en tal sentido se ha establecido el plazo de locación  por el término de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de suscripción del Contrato de Locación de Servicio, con un valor locativo mensual, de Pesos cuarenta y seis mil quinientos ocho con 24/100 ($ 46.508,24) .-

 

Que la Contaduría Municipal ha tomado intervención a los fines de la imputación presupuestaria correspondiente conforme lo normado en la Ley Orgánica de las Municipalidades y Reglamento de Contabilidad respectivamente.

           

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º.- Convalidase el Contrato de locación de servicio suscripto con la Sra. SASSO, MARIA MARTA, registrado bajo nº 139/21, para llevar a cabo funciones vinculadas con el proceso licitatorio del transporte público  de pasajeros, que como Anexo I forma parte del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2º.-  El término de la locación autorizada en el artículo 1º será de seis (6) meses, contados  a partir de la fecha de suscripción del Contrato de Locación de Servicio.-

 

ARTÍCULO 3º.- Fíjase como contraprestación mensual por la realización del servicio una suma equivalente a un sueldo básico correspondiente a la categoría Abogado I con 40 hs. semanales C.F. 02-17-67-02 el cual a la fecha asciende a la suma de Pesos cuarenta y seis mil quinientos ocho con 24/100 ($ 46.508,24), suma que se actualizará conforme corresponda a la categoría enunciada, en caso de producirse aumentos salariales durante la vigencia del contrato.

 

ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º deberá imputarse a:

 

Fin/Fun

Prog.

Inciso

PP

Pp

Psp

F.Fin

Institucional

UER

4-3-0

68-00-00

3

4

3

0

110

1-1-1-01-03-000

3

 

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

 

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Municipal, e intervenga la Subsecretaría de Movilidad Urbana y la Contaduría Municipal.-

 

 

BONIFATTI              BLANCO     MONTENEGRO

 

 

 

 

ANEXO I

 

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Ley 14.656, Artículo 45º

Entre la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, representada por el señor Secretario de Gobierno, Santiago Bonifatti, D.N.I. Nº 26.049.947, con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 1627 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, en uso de las facultades que le fueron delegadas por Decreto N° 916/2020, y la Dra. María Marta Sasso - D.N.I. Nº 13.735.411, con domicilio en la calle Alvarado N° 60 Piso 9 Dpto AB, Barrio Stella Maris de la ciudad de Mar del Plata, en adelante “LA CONTRATADA”, convienen en celebrar el presente contrato, conforme a las cláusulas y condiciones que seguidamente se detallan:

PRIMERA: La CONTRATADA, de conformidad a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 14.656, se compromete a ejercer tareas como asesoramiento, asistencia técnica sobre cuestiones atenientes a la calificación, control de aspectos legales y administrativos, redacción de proyectos de ordenanza o de ley en relación al Servicio Integrado de Transporte Urbano (SITU), en particular, y la movilidad urbana en general. En el contexto del SITU, la contratada asistirá a la subsecretaría en la incorporación y/o evaluación de legislación relacionada,  con perspectiva de género, igualdad de derechos en la movilidad y la consecución de los objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU. La Doctora Sasso es una profesional que, además de poseer muy buena predisposición para el trabajo en equipo, se destaca en este ámbito del derecho y será un importante aporte en el desarrollo legal del Servicio Integrado de Transporte Urbano, sobre el cual ésta subsecretaria se encuentra en pleno proceso de debate del Pliego Nacional e Internacional en el Honorable concejo Deliberante, por ello la formación académica y el perfil del contratado, resulta esencial para el cumplimiento de la función a desempeñar.

SEGUNDA:  La CONTRATADA se compromete a desempeñar funciones, considerándose necesario para el cumplimiento de las tareas contratadas una prestación de seis (6) meses consecutivos, contados a partir de la fecha de suscripción del presente contrato. Dicha labor será cumplida en días hábiles de 08:00 hs. a 16.00 hs., diagrama que podrá ser modificado por la MUNICIPALIDAD, en la medida que ello resulte necesario de acuerdo a las necesidades del servicio a prestar.

TERCERA: Se fija como contraprestación del contrato el sueldo básico correspondiente a la categoría Abogado I con 40 hs – C.F. 02-17-67-02, conforme Ordenanza Complementaria de Presupuesto N° 24.962 vigente, el cual a la fecha asciende a la SUMA  DE PESOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHO CON 24/100 ($46.508,24). Cabe aclarar que en caso de producirse aumentos salariales durante la vigencia del contrato, LA CONTRATADA percibirá las actualizaciones correspondientes a la categoría consignada en esta cláusula.

CUARTA: La Contaduría General procesará la factura, previamente conformada y elevada mediante nota de estilo por la Secretaría de Gobierno, emitiendo, en caso de corresponder, la Orden de Pago pertinente. Finalmente, la Tesorería Municipal le entregará el cheque a la CONTRATADA, neto de las retenciones impositivas que pudieran corresponder.

QUINTA: Se deja expresa constancia que el presente contrato no genera ningún vínculo laboral entre la CONTRATADA y la MUNICIPALIDAD.

SEXTA: El presente contrato tendrá una vigencia de seis (6) meses a contar desde la fecha de suscripción del presente.

SEPTIMA: La CONTRATADA se compromete al cumplimiento de la normativa, reglamentos y disposiciones vigentes, de no cumplir con ello, será considerado falta grave y causa suficiente para dejar inmediatamente sin efecto el presente contrato, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiera lugar.

OCTAVA: LA CONTRATADA se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personas, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, etc., que tenga acceso en el servicio, ya sea en forma directa o indirecta,  durante o después de la expiración  del presente contrato.

NOVENA: La CONTRATADA tiene la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil profesional, con vigencia durante el periodo de la contratación, a los fines de acreditación de tal cobertura la CONTRATADA deberá presentar, ante la Subsecretaría de Movilidad Urbana, los comprobantes respectivos, dentro del plazo de 30 días a contar desde la suscripción del presente.

DECIMA: LA CONTRATADA se compromete a obrar con debida diligencia y cumpliendo con las acciones de prevención y promoción de la salud, asumiendo la total responsabilidad por toda consecuencia dañosa derivada de su actuación, o del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de cualquier obligación emergente del presente contrato, que se encuentre a su cargo.

DECIMAPRIMERA: Ambas partes podrán rescindir el presente contrato siempre que se comunique tal decisión por vía escrita y con una anticipación no menor a treinta (30) días, poniendo fin a todas las tareas, acciones u eventuales deberes que se hallaren pendientes, o en curso de ejecución a la fecha de la rescisión.

DECIMOSEGUNDA: Para todos los efectos legales emergentes del presente, las partes constituyen su domicilio legal en los sitios mencionados precedentemente, como así también los domicilios electrónicos que se constituirán oportunamente donde serán tenidas como válidas las notificaciones que allí se efectivicen. Asimismo acuerdan someterse a la Jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo con asiento en el Departamento Judicial de Mar del Plata, renunciando a cualquier otro Fuero o Jurisdicción, inclusive el Federal.

De conformidad se firman tres (3) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, a los......... días del mes de...................del 2021