Boletines/Lujan
Decreto Nº 238
Lujan, 21/02/2021
CONCURSO DE PRECIOS PARA ADQUISICION DE EQUIPO DE DEMARCACION VIAL EN FRIO
Visto
El expediente Nº 4069-004460/2020 por el cual tramita el Segundo llamado a Concurso de Precios N°21/2020, para la Adquisición de Fusor de Asfalto para la Dirección de Mantenimiento Urbano; y
Considerando
Que la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraes-tructura, mediante nota informa la necesidad de la adquisición de un fusor de asfalto para el tomado de juntas y fisuras.
Que de fs. 34 se adjunta Decreto Nº1806/2020 en el cual se aprueba el llamado a Concurso de Precios Nº21/2020.
Que a fs. 61 se adjunta el acta de apertura, donde consta-ta que no se presento ningún oferente.
Que a fs. 62 se adjunta nota de la Dirección de Compras, donde según artículo Nº 155 de la ley Orgánica Municipal y ante la falta de oferentes, sugiere un segundo llamado a Concurso de Precios.
Que a fs. 65 la Dirección de Compras solicita Informe de Imputación Presupuestaria correspondiente al Ejercicio 2021.
Que a fs. 65 la Contaduría Municipal Informa la Imputa-ción Presupuestaria.
Que a fs. 67 el Secretario de Economía presta Conformi-dad.
Que a fojas 68 se adjunta Presupuesto Oficial.
Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones derivadas de los artículos 107,154 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley N° 6.769/58 y sus modificatorias), 156 del Reglamento de Contabilidad y 101 de las Disposiciones de Administra-ción aprobadas
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones para el Segundo ------------- llamado a Concurso de Precios Nº 21/2020 cuyo objeto es la Adquisición de Fusor de Asfalto para la Dirección de Mantenimiento Urba-no, conforme al texto que forma parte del presente Decreto como Anexo Único.------------------------------------------------------------------
Artículo 2°.- Procédase a efectuar el Segundo llamado a Concurso de -------------- Precios N° 21/2020.--------------------------------------
Artículo 3°.- Estipúlase que la apertura de ofertas se llevará a cabo el ------------- día 12 de Marzo de 2021, a las 11:00 horas en la Municipa-lidad de Luján, sita en la calle San Martín N° 550 de la Ciudad de Lu-ján.------------------------------------------------------------------
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -------------- notifíquese, publíquese, archívese.----------------------
D E C R E T O N°238.-
CONCURSO DE
PRECIOS Nº 21/2020
SEGUNDO LLAMADO
FECHA DE APERTURA: 12/03/2021
HORA: 11:00
Detalle: "ADQUISICION DE FUSOR DE ASFALTO PARA LA DIRECCION DE MANTENIMIENTO URBANO"-
PRESUPUESTO OFICIAL $ 544.577,15 -
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES
CLÁUSULAS GENERALES
ARTÍCULO 1.- OBJETO DE LLAMADO.-
El presente CONCURSO DE PRECIOS SEGUNDO LLAMADO tiene por objeto la Adquisición de un Fusor de asfalto para la Dirección de Mantenimiento Urbano, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura, detallados en el Anexo I de las clausulas particulares que constituyen el presente pliego.
ARTICULO 2°: REGIMEN LEGAL APLICABLE.-
El presente llamado, queda sometido a las disposiciones de:
" La Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias y demás Ordenanzas Generales y/o Municipales vigentes a la fecha del llamado.
" Decreto Provincial Nº 2980/00 sobre la Reforma de la Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ámbito Municipal, su supletorio el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración del Honorable Tribunal de Cuentas.
" El presente Pliego de Bases y Condiciones, Cláusula y Condiciones Generales, Cláusulas Particulares y las circulares con o sin consulta emitidas por la Municipalidad.
" La propuesta presentada por el adjudicatario y los documentos aclaratorios y/o supletorios suscritos e intercambiados y notificados a los oferentes y la Municipalidad entre el llamado a Concurso de Precios y la recepción de la Orden de Compra, debidamente notificada
s a los oferentes.
" Texto del Contrato u Orden de Compra.
ARTÍCULO 3.- INHABILITADOS PARA CONCURRIR COMO OFERENTES.-
Se encontraran inhábiles para contratar:
a.- Los agentes y funcionarios del Municipio de Luján y empresas en las cuales aquellos tuvieran una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Publica N° 25.188 y toda otra incompatibilidad vinculada con su función pública.-
b.- Quien se encuentre inhabilitado por condena judicial.-
c.- Quienes se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial
d.- Quienes sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos del Fisco por decisión Judicial o administrativa firme.-
e.- Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.-
f.- Las personas que se encuentren procesadas por delitos de Lesa Humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Publica nacional, provincial o Municipal, o contra la Fe Pública, o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.-
g.- Los separados de la Administración Publica por exoneración.-
h.- Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes.-
i.- Los que se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires.-
j.- Los incapaces para contratar según la legislación vigente.-
Por intermedio del formulario pertinente (Anexo A), los proponentes declararan no estar comprendidos en los impedimentos establecidos en el presente. Lo expresado, más todo lo declarado en el citado formulario, revestirá carácter de Declaración Jurada. Al comprobarse, posteriormente que lo declarado no es autentico la Municipalidad podrá declarar la inhabilidad del proponente para presentarse en futuros procedimientos por el termino de cinco (5) años sin perjuicio de rechazar la propuesta de oficio o a petición de parte o decretar la caducidad de la contratación con pérdida del depósito de garantía de oferta y/o contrato, con más los daños y perjuicios que pudiere corresponder.-
ARTÍCULO 4.- CONSULTAS Y CIRCULARES.-
Los interesados podrán realizar por escrito o vía mail, de acuerdo a las cláusulas particulares del presente pliego, consultas sobre los términos del presente Concurso de Precios. La respuesta a dichas consultas se realizará por correo electrónico o mediante nota formal a las direcciones informadas por el oferente respectivo.
La Municipalidad, de oficio o en virtud de alguna consulta cuya respuesta entienda que corresponde comunicar en forma general, podrá emitir circulares aclaratorias al pliego de bases y condiciones particulares, las que pasarán a formar parte de éste. Dichas circulares serán notificadas a los interesados que hayan obtenido el pliego de bases y condiciones.
Asimismo, la Municipalidad podrá prorrogar la fecha de apertura de ofertas mediante una circular dictada al efecto, la que será parte integrante del pliego. Dicha circular deberá notificarse a quienes hayan adquirido el pliego de bases y condiciones.
ARTÍCULO 5.- NOTIFICACIONES.
Al momento de obtener el pliego de bases y condiciones, los interesados deberán informar su nombre o razón social, CUIT, correo electrónico y denunciar su domicilio real o sede.
Salvo que en el presente pliego se estipulen medios específicos para determinada etapa del procedimiento, todas las notificaciones generadas en virtud de esta contratación podrán realizarse válidamente por cualquiera de los siguientes medios: a) Por correo electrónico a la dirección de correo denunciada por el oferente, b) Por cedula al domicilio constituido c) Por carta documento al domicilio constituido.
ARTÍCULO 6.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.-
La presentación de las propuestas por parte de los oferentes implica el pleno conocimiento, aceptación y el sometimiento a todas las disposiciones contenidas en el presente pliego y en el régimen jurídico aplicable al presente procedimiento de contratación.
ARTÍCULO 7.- CAPACIDAD PARA C
OTIZAR.-
Los oferentes deberán tener capacidad legal para obligarse y estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Luján. Asimismo, deben cumplir con las condiciones formales y sustanciales del presente pliego.
ARTÍCULO 8.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.-
Las propuestas deberán presentarse en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Luján, sita en la calle San Martín N° 550 de la Ciudad de Luján, Provincia de Buenos Aires, hasta la fecha y hora indicada para la apertura, en un sobre cerrado y rotulado con la siguiente inscripción:
MUNICIPALIDAD DE LUJAN
EXPEDIENTE Nº 4069-004460/2020
CONCURSO DE PRECIOS SEGUNDO LLAMADO Nº 21/2020
APERTURA 12/03/2021, 11:00horas
El Sobre mencionado deberá contener en su interior otros dos sobres (ambos cerrados), cada uno de los cuales deberá estar rotulado y cumplir con el siguiente contenido:
SOBRE 1: rotulado con la leyenda "DOCUMENTACIÓN" y con los datos del Oferente. Deberá contener lo especificado en el Artículo 9º de las Cláusulas y Condiciones Generales.
SOBRE 2: rotulado con la leyenda "OFERTA". Deberá contener La Oferta con las formalidades establecidas en el Artículo 10º de las Cláusulas y Condiciones Generales.
NOTA: se procederá a la apertura del sobre "2", en tanto y en cuanto, se cumplimenten la totalidad de los requerimientos del Sobre "1", siempre teniendo en consideración la nota del Articulo N° 16 de las presentes clausulas en referencia a la Garantía de Mantenimiento de la Oferta. Para los casos que no se proceda a realizar la apertura del sobre "2", el mismo pasara a formar parte (sin abrir) del presente expediente.-
ARTÍCULO 9.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (SOBRE N°1).-
Los oferentes deberán presentar la siguiente documentación, en sobre cerrado:
a) Declaración Jurada de habilidad para contratar, que forma parte del presente pliego como ANEXO A
b) Un ejemplar del Pliego de Bases y Condiciones y sus circulares, firmado y sellado en todas sus hojas por el oferente o representante legal con poder suficiente para hacerlo (según consta en el Legajo del Proveedor), lo que implica su conocimiento, aceptación y el sometimiento a todas sus disposiciones.
c) Si se trata de personas humanas: datos completos de identificación, consignando nombres y apellidos completos, documento de identidad con identificación de tipo y números completos (adjuntando fotocopia del mismo).
d) Si se trata de persona jurídica: copia del contrato social o estatutos o compromiso de conformación de U.T. o de consorcios de cooperación, y demás documentos societarios habilitantes.
e) En el caso de servicios, listado del personal a afectar al servicio solicitado.
f) Deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Luján.
g) Garantía de mantenimiento de Oferta conforme a lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
h) Pedidos de aclaraciones efectuadas y respuestas (si las hubiera).
i) Convenios asociativos o de otra naturaleza, si hubiere presentación en conjunto con éstas.
Todas las fotocopias deberán estar firmadas por el titular de la Empresa y/o quien acredite la representación de la Empresa.
Las personas que se presenten invocando la representación de otras, ya sea humana o jurídica, deberán acompañar los poderes o autorizaciones que acrediten en forma legal tal carácter.-
ARTÍCULO 10°: PRESENTACION DE LA PROPUESTA (OFERTA-sobre N° 2).-
Incluirá la documentación detallada seguidamente:
1. Las propuestas serán redactadas en idioma castellano, sin testaduras, enmiendas, raspaduras o palabras interlineadas, en cuyo caso y si no resultan debidamente salvadas- se rechazarán sin más consideración firmadas y selladas en todas sus hojas por el representante legal de los oferentes.
Adicionalmente, las ofertas podrán contener cualquier folleto o ampliación de especificaciones técnicas que el oferente crea conveniente para un mejor análisis técnico. Se admitirán ofertas alternativas, las cuales serán analizadas según costo y calidad por la unidad requirente.
2. La propuesta económica propiame
nte dicha deberá ser presentada por duplicado en el formulario oficial que entregará la Municipalidad o en hoja membretada que remita el oferente, indicando cada renglón cotizado, precio unitario y total con un máximo de cuatro (4) decimales.
3. Todos los importes se expresarán en moneda nacional de curso legal, en números y letras. En caso de discordancia entre ambas, se dará preferencia a la última citada.
4. En caso de discordancia entre el precio global y el precio unitario, se tendrá por válido este último.
5. El precio a cotizar deberá incluir: todos los gastos que se generen por traslados, fletes, viáticos, gastos de servicio postventa, impuestos, tasas, etc, salvo que en las clausulas particulares se establezca lo contrario.
6. Deberán consignar en la cotización marca de todos los productos. Cuando en las especificaciones se mencione alguna marca, lo es al sólo efecto de señalar las características generales o la calidad del artículo solicitado sin que ello implique que el proponente no pueda ofrecer artículos similares de otras marcas, pero asimismo deberá especificar la que ofrece.
7. La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar envases de capacidad distinta a la solicitada en los renglones, cuando a juicio del organismo licitante no presenten inconvenientes para el uso del producto y/o su almacenamiento. A los efectos de comparar precios se tomará en cuenta como base la unidad de medida.
8. La Municipalidad aceptará propuestas alternativas siempre y cuando coticen el producto solicitado.
9. La Municipalidad podrá aceptar otras condiciones de pago cuando el descuento ofrecido convenga a los intereses municipales.
ARTÍCULO 11°.- CLASES DE GARANTÍAS QUE SE DEBERÁN
PRESENTAR.-
Se deberán presentar las siguientes garantías:
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Será requisito indispensable constituir garantía de mantenimiento de la oferta cuyo importe debe ser del CINCO por ciento (5%) del MONTO TOTAL DEL PRESUPUESTO OFICIAL.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: el adjudicatario deberá cumplir dicha garantía presentándola en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Luján, previo a recepcionar la correspondiente Orden de Compra, por un monto equivalente al diez por ciento (10%) DEL TOTAL ADJUDICADO, en las formas establecidas en el presente pliego. Dicha garantía permanecerá en custodia, hasta la fiscalización y aprobación de la totalidad de la entrega de los productos.
ARTÍCULO 12.- FORMAS DE LAS GARANTÍAS.-
Las garantías podrán ser presentadas mediante:
a.- Depósito en efectivo.
Mediante depósito que se efectuará en la Tesorería de la Municipalidad de Lujan.
b.- Pagaré a la vista "sin protesto".
Con lugar de pago en el domicilio del organismo contratante, suscripto por quienes tengan uso de la razón social o actuaren con poderes suficientes.
c.- Seguro de caución.
Las pólizas deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Serán emitidas a favor de la Municipalidad de Luján; b) En su texto identificarán el procedimiento de que se trata; c) Se sujetarán a las disposiciones en vigencia de la Superintendencia de Seguros de la Nación; d) Indicará el período de cobertura, el que no podrá ser inferior al término de mantenimiento de la oferta y sus eventuales prórrogas; e) Se acompañará recibo de pago total emitido por la aseguradora, en el que conste que en caso de prórroga del periodo de mantenimiento de oferta, la falta de pago de la prima pertinente no hará caer el seguro. Asimismo, debe constar en la póliza emitida que la Aseguradora se constituye en fiador, liso y llano y principal pagador, con renuncia del beneficio de exclusión y división de acuerdo a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación.
d.- Fianza bancaria.
Las fianzas bancarias deberán llenar los siguientes requisitos: a) Serán emitidas a favor de la Municipalidad de Luján; b) En su texto indicarán el procedimiento de que se trata. c) La institución bancaria se constituirá en fiadora lisa, llana y principal pagadora, con renuncia a los beneficios de división u excusión; d) Las firmas de lo
s funcionarios actuantes estarán certificadas por el Banco Central de la República Argentina; e) Indicará el período de cobertura, el que no podrá ser inferior al término de mantenimiento de la oferta y al de sus eventuales prórrogas; f) Será condición que el Banco fiador renuncie expresamente a oponer cualquier compensación por crédito que tuviere o pudiera llegar a tener contra la Municipalidad de Lujan o contra el oferente.
ARTÍCULO 13º.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS.-
Las propuestas serán abiertas en un acto público que se realizará en la Oficina de Compras, en el día y hora indicados en las cláusulas particulares, en presencia de las autoridades correspondientes e interesados que concurran. En dicho acto se mencionarán las ofertas presentadas, labrándose un acta que será firmada por las autoridades presentes y demás asistentes que lo deseen, y en ella se asentará: a) El número de orden asignado a cada oferta b) La denominación del oferente c) valor de la propuesta d) garantía de mantenimiento de oferta presentada.
ARTÍCULO 14.- MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS.-
Los oferentes están obligados a mantener su oferta por el plazo de TREINTA (30) días, computados desde la fecha del acto de apertura de ofertas.
El incumplimiento del mantenimiento de la oferta durante su vigencia generará la ejecución de la garantía.
ARTÍCULO 15°: PROPUESTAS IGUALMENTE VENTAJOSAS, UNICAS
OFERTAS U OFERTAS SIN CONTRA OFERTA.-
Prioridades: en igualdad de condiciones, se otorgará prioridad a los oferentes de Luján, es decir aquellos domiciliados dentro del Partido de Luján, que desarrollan actividad y que abonen los tributos municipales, según estipula el artículo 156 bis de la LOM.
Si existieren dos o más ofertas presentadas y admisibles igualmente ventajosas, la Dirección de Compras podrá convocar a dichos oferentes a mejorar sus ofertas en sobre cerrado, fijando día y hora para la nueva presentación. Entiendese para este supuesto que hay ofertas igualmente ventajosas cuando las mismas tengan un rango de diferencia del +/- 5 %(mas menos cinco por ciento).
En el caso de que estudiadas las propuestas hubiera algunos ítems para los cuales no haya habido ofertas, la Dirección de compras convocara a un segundo llamado por los renglones en cuestión o podrá desistir de la adquisición de los mismos.
ARTÍCULO 16. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS.-
Serán causales de rechazo de las propuestas presentadas los siguientes supuestos:
a) Ante la falta de la Garantía de Mantenimiento de Oferta o en caso de no encontrarse acorde a lo indicado en el presente pliego de presentación.-
b) Cuando la Municipalidad de Luján pueda presumir fundadamente la existencia de connivencia o acuerdo de dos (2) o más empresas para fijar o influir en el resultado del llamado. La sanción o el rechazo operará para todas las empresas involucradas. Quienes fueren sancionados perderán la garantía y serán pasibles de las penas que resulten pertinentes y eliminados del Registro de Proveedores, de la Municipalidad de Luján.
c) La oferta que presente enmiendas, interlineas, raspaduras que no se encuentren debidamente salvadas o aclaradas con la firma del oferente o su representante o se encuentren condicionadas, o se aparten de las cláusulas particulares y/o generales de los pliegos respectivos.
d) Cuando las propuestas fueren presentadas por firmas excluidas o suspendidas de los registros de la Administración Provincial y/o Municipal.
e) Cuando se hallen sujetas a condiciones o incumplan con cualquier ítem de los requeridos en el Artículo 9° de las presentes Cláusulas y Condiciones Generales.
Nota: en relación al inciso a) del presente artículo, las ofertas serán desestimadas cuando faltare la Garantía de Mantenimiento de Oferta, pero en caso de que la misma se encuentre en condiciones diferentes (monto menor, presenta testaduras, errores sin salvar ETC) a las requeridas serán observadas y el oferente se pronunciara emplazando a subsanar los errores u omisiones dentro del término de dos (2) días hábiles. La no subsanación dentro del plazo
establecido acarreara
la desestimación de la oferta. Las causas de rechazo que resulten inadvertidas en el acto de apertura de las ofertas, surtirán efecto posteriormente, si se pusieren de manifiesto durante el estudio de las mismas.-
ARTÍCULO 17. EVALUACIÓN Y PREADJUDICACIÓN.
La Municipalidad valorará en la propuesta los antecedentes del oferente en general y los específicos que sean acordes al objeto del Concurso.
Cuando alguna oferta presente escaso detalle técnico o sea insuficiente la descripción de lo ofertado para realizar el análisis técnico correspondiente al momento de la evaluación, se podrá solicitar información técnica adicional. Sólo se realizará en referencia a la oferta presentada, no pudiendo alterar sus términos ni los valores originales.
Cumplido ello y, habiendo intimado a subsanar en el caso de haberse verificado errores no sustanciales en las ofertas, emitirá el Órgano peticionante, dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos contados desde que toma intervención o desde el vencimiento del plazo establecido para la subsanación de defectos formales, un dictamen no vinculante aconsejando sobre la adjudicación de las ofertas, el que se hará conocer a los oferentes por medio oficial informado por el oferente.
En principio, las contrataciones recaerán sobre las propuestas de menor precio. No obstante, podrá adjudicarse excepcionalmente por razones de mejor calidad, dentro de las características o condiciones mínimas que deba reunir el objeto de la contratación, siempre que se determine con fundamento que la mejor calidad compensa la diferencia de precios.
ARTÍCULO 18.- FACULTAD DE ACEPTAR O RECHAZAR LAS PROPUESTAS.
La Municipalidad no estará obligada a aceptar ninguna propuesta, podrá rechazar o adjudicar todas las propuestas, a uno o más oferentes, comparando valores, calidad y antecedentes de los mismos, derivados del análisis de sugerencia de adjudicación emitido por la evaluación correspondiente. Asimismo, se podrá establecer que la adjudicación es por renglón entero -es decir, por cada ítem de la planilla de cotización- o que la adjudicación es total -todos los renglones a un mismo oferente, siempre que así se establezca en las cláusulas particulares. El principio de prioridad que estipula el artículo 156 bis de la LOM se aplicará hasta un cinco por ciento (5%), del monto de la compra.
ARTÍCULO 19. ADJUDICACIÓN.
El Departamento Ejecutivo se reserva el derecho de adjudicar el presente Concurso de Precios a los proponentes que, a su exclusivo juicio hubieren
presentado la oferta más conveniente a los intereses municipales, de conformidad a las reglas de este proceso, considerándose en su evaluación tanto el precio como la calidad de los productos según el informe técnico del área solicitante. La Municipalidad podrá no adjudicar el pedido a ninguno de los oferentes, sin que ello pueda dar derecho a reclamo de cualquier índole que fuere por parte de los mismos. Asimismo, la Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente las ofertas presentadas, quedando facultada para realizar la adjudicación por renglones. La insuficiencia en la asignación de fondos será motivo justificante para desestimar la oferta. La adjudicación dispuesta por el Decreto correspondiente, quedará formalizada mediante la emisión de la Orden de Compra. Por tal motivo, se entiende que la recepción de la Orden de Compra comprende la notificación del Decreto de adjudicación.Los derechos emergentes de la adjudicación NO podrán ser transferidos o cedidos en todo o en parte, a otra persona o empresa, salvo expresa autorización municipal.-
ARTÍCULO 20. NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
Resuelta la adjudicación por la autoridad competente, el contrato quedará perfeccionado mediante constancia de recepción y notificación de la orden de compra, por parte del adjudicatario, de lo que deberá quedar constancia suficiente en la respectiva actuación.
ARTÍCULO 21. INVARIABILIDAD DE PRECIOS.
Los precios establecidos en las propuestas y en la orden de compra serán invariables y únicos.
ARTÍCULO 22. RECEPCIÓN PARCIAL Y TOTAL.
Según lo establecido en las cláusulas particulares, se podrán realizar entregas parciales de lo adjudicado, en el lugar indicado para tal fin.
En el caso de obras o servicios y según lo establecido en las cláusulas particulares, se podrán realizar certificaciones parciales, según avance de cumplimiento.-
Se entregará remito correspondiente en cada entrega o en la entrega total, el cual estará numerado, y será firmado con aclaración y fecha, por personal Municipal autorizado, cuyo original quedará en poder de la Municipalidad, debiendo el adjudicado resguardar una copia del mismo.
ARTÍCULO 23. PRÓRROGA EN EL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Podrá otorgarse una prórroga del plazo fijado, cuando por causas debidamente justificadas ajenas a su voluntad, no pudiere entregar los
Productos/materiales en el plazo previsto, o cumplir el servicio en el tiempo establecido, siempre que las necesidades de la Municipalidad admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. La solicitud de prórroga en el plazo de cumplimiento del contrato deberá presentarse en forma previa al vencimiento del plazo establecido.
ARTÍCULO 24. INCUMPLIMIENTOS. PENALIDADES. BAJA DE LA CALIFICACION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES. CASOS NO PREVISTOS EN EL PLIEGO.-
Salvo caso fortuito o causas de fuerza mayor debidamente comprobadas, el incumplimiento de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios, dará lugar a la aplicación de las penalidades que a continuación se detallan:
a. A los proponentes, por desistimiento parcial o total de la oferta dentro del plazo de mantenimiento: le corresponderá la pérdida total de la garantía de mantenimiento de la oferta.
b. A los adjudicatarios:
i. Por entrega o servicio fuera de término: le corresponderá una multa por mora del UNO (1)% del monto adjudicado por cada día de demora, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado.
ii. Vencido el plazo contractual sin que los elementos fueran entregados o el servicio/obras no realizado, sin perjuicio de la multa señalada anteriormente, se intimará su entrega o prestación en un plazo perentorio, de no cumplimentarse se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento del contrato. Si el contratista no cumpliera con esta última intimación, se rescindirá el contrato por incumplimiento total o parcial, correspondiéndole evaluar los perjuicios ocasionados a lo cual se podrá asignar una penalidad económica (se regirá por la normativa especificada en el Artículo 2° del Pliego de Bases y Condiciones Generales)
iii. Por transferencia del contrato sin autorización de la autoridad competente, podrá corresponder la rescisión de contrato y la aplicación de una penalidad económica.
Además de las penalidades establecidas en este Pliego. El oferente o contratista será pasible de una suspensión en el Registro de Proveedores de la comuna de hasta dieciocho meses (18) y de la baja en su calificación hasta que se revoque la conducta en un nuevo procedimiento.-
ARTICULO 25 ENTREGA.-
La entrega se realizará en los plazos y condiciones establecidos en las clausulas particulares del presente pliego. En el caso de servicios, se deberá indicar el detalle de lo realizado acorde a lo indicado en tiempo y forma según detalle de las clausulas particulares, y será certificado por el área requirente.
ARTICULO 26º: FACTURACION.-
La facturas y remitos (conformados por el responsable del área receptora) deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Municipalidad de Luján, CUIT N° 30-99900094/7), presentados en original a la dependencia solicitante.-
CLÁUSULAS PARTICULARES
ARTÍCULO 1°. PRESUPUESTO OFICIAL.-
-------------------- El PRESUPUESTO OFICIAL en el presente llamado asciende a la suma total de QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON 15/100 ($544.577,15), a los fines exclusivos de fijar el monto de la GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. -
ARTICULO 2°. OBJETO DEL PRESENTE LLAMADO.-
------------------- El presente llamado tiene por objeto la ADQUISICION de UN FUSOR DE ASFALTO para abastecer las necesidades de la Dirección de Mantenimiento Urbano.-
ARTICULO 3°. ARTICULOS A COTIZAR- CARACTERISTICAS DE LOS MISMOS
------------------- Los materiales a cotizar comprenderán los ítems adjuntos en el Anexo I del presente Pliego de Bases y Condiciones, especificando en todos los casos la marca.
ARTICULO 4. CONSULTAS:
------------------- Las consultas podrán ser solicitadas a la Dirección de Compras de la Municipalidad, hasta DOS (2) días hábiles administrativos previos a la fecha de presentación de las ofertas, mediante correo electrónico
a la dirección licitaciones@lujan.gov.ar o por nota a la Dirección de Compras de la Municipalidad de Luján de la Municipalidad de Luján.-
ARTÍCULO 5°. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y ACTO DE APERTURA.
------------------ Las ofertas deberán estar contenidas en el formulario adjunto a las presentes y serán recibidas junto a la documentación requerida en el presente Pliego en sobre cerrado. El lugar de recepción será en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Luján sita en calle San Martin N° 550, Ciudad de Luján, provincia de Buenos Aires Hasta las 11:00 hs. del día de la apertura de sobres y serán abiertas en la Dirección de Compras o en el lugar que se designe a tales efectos hasta el horario estipulado para la apertura de sobres.-
ARTÍCULO 6°. ADJUDICACIÓN.-
-------------------- Se admitirán ofertas parciales por renglón/ ítems.-
ARTÍCULO 7°. PLAZO, LUGAR Y FORMA DE ENTREGA.-
-------------------- El plazo de entrega de los materiales/productos será a requerimiento de la DIRECCION DE MANTEMINIENTO URBANO.
Salvo motivos de fuerza mayor debidamente justificados, la fecha de entrega de los insumos será la mencionada en el párrafo anterior la misma resulta invariable y el Municipio a su criterio evaluara el incumplimiento al contrato, aplicando las sanciones correspondientes. -
ARTÍCULO 8°. CALIDAD DE LOS BIENES Y MODIFICACIONES.-
------------------- Los materiales adquiridos serán de calidad, el Municipio podrá solicitar muestras de los mismos al momento de la evaluación para estimar conveniencia. El producto a adquirir será el presentado en la propuesta, no pudiendo hacer variación de marcas. Por motivos de fuerza mayor debidamente justificados en que no sea viable cumplir con lo indicado, el adjudicatario deberá informar formalmente motivos de modificaciones y proponer alternativa de calidad superior, cuya potestad de aceptación será exclusiva del Municipio. El precio de la propuesta original será invariable.-
El rechazo o cambio en las marcas propuestas sin la aceptación del Municipio, se tomará como incumplimiento de contrato y se aplicarán las penalidades correspondientes.-
ARTICULO 9°. FORMA DE PAGO.-
-------------------- La forma de pago será mediante cheques y/o transferencia, a los 30 (días) desde la entrega de la Factura conformada, acorde a los valores relacionados a entregas parciales o totales.
Los pagos deberán realizarse a el/los representantes legales de la empresa que acrediten fehacientemente su condición de tales.
Los autorizados deberán presentar nota rubricada por el titular y/o gerente de la empresa y presentaran la misma certificada por escribano público únicamente en la Tesorería Municipal, sita en calle San Martin N° 550 - Luján (Bs As) dentro del horario administrativo habitual.-
ANEXO I
ITEM DESCRIPCION UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD
1 FUSOR DE ASFALTO-
Eje de acero-
Lanza de tiro reforzada con pata de apoyo tipo gato retráctil y enganche de transporte. Tren de
rodaje de un eje de sección cuadrada de 2" con masas de 5 bulones para rodado 650 x 16 montado sobre ballesta semielipticas.
Dos soportes de apoyo telescópicos regulables.
Sistema de calentamiento a gas.
Carcasa de exterior de chapa de acero tipo SAE 1010.
Dividida en una cámara inferior revestida con material refractareo y una cámara superior de calentamiento.
Tanque fusor de chapa de acero mínimo de 4.75 mm de espesor.
Termóme
tro a cuadrante con escala graduada de 0 a 300 c°.
UNIDAD 1
ESPECIFICACIONES TECNICAS:
Capacidad: 500 litros
Potencia del quemador: 40.000 kcal/h
46,5 Kw
Potencia del piloto: 12.000 Kcal/h
1,4 Kw
Presión: 1.350 mbar
Combustible: Gas Licuado de Petróleo
Capacidad de garrafa: 45 kg
Neumáticos: 650 x 16
Dimensiones:
Largo: 3.350 mm
Ancho: 1.650 mm
Alta: 1.700 mm
Anexo A
Declaración Jurada de Habilidad para Contratar
Fecha:
Nombre y apellido o razón social:
CUIT:
Teléfono:
Correo electrónico:
Procedimiento: CONCURSO DE PRECIOS SEGUNDO LLAMADO N° 21/ 2020
Nosotros, los suscriptos, declaramos que NO nos encontramos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad para cotizar y contratar establecidas en el pliego de bases y condiciones que rige el procedimiento de contratación descripto anteriormente.
Se encontrarán inhábiles para contratar:
a) Los agentes y funcionarios del Municipio de Luján y empresas en las cuales aquellos tuvieran una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de ética pública Nº 25.188 y toda otra incompatibilidad vinculada con su función pública.
b) Se encuentren inhabilitados por condena Judicial.
c) Se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial.
d) Sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos del Fisco por decisión judicial o administrativa firme.
e) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.
f) Las personas que se encuentren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
g) Los separados de la Administración Pública por exoneración.
h) Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes.
i) Se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires.
j) Los incapaces para contratar según la legislación vigente.
k) Si el oferente fuere una persona jurídica, ninguno de sus miembros integrantes deberá estar comprendidos dentro de las inhabilidades indicadas precedentemente.
Firma:
Aclaración:
Carácter:
Luján,
. de
.. de 2021.
Los abajo firmantes, en nuestra calidad de proponentes de la empresa............................................declaran conocer y aceptar las CLAUSULAS GENERALES Y PARTICULARES DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO DE PRECIOS SEGUNDO LLAMADO Nº 21 /2020.
Firma:
Aclaración:
Carácter:
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Luján,...de........... de 2021.-
Declaro que para dirimir jurídicamente cualquier desacuerdo que se suscitare respecto de la ejecución del contrato del Concurso de Precios Segundo Llamado Nº 21/2020, acepto la jurisdicción y competencia del Juzgado Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderme.
Firma:
Aclaración:
Carácter:
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Luján,
..de
..de 2021.-
Los abajo firmantes, en nombre y representación de la empresa
............................constituimos domicilio especial en
...........................de la localidad de
................a los efectos de tener por válidas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se practiquen por ejecución de las obligaciones que pudieran emerger con la Municipalidad de Luján.
Firma:
Aclaración:
Carácter: