Boletines/Lujan

Decreto Nº230

Decreto Nº 230

Lujan, 21/02/2021

LAS ACTUACIONES OBRANTES EN EL EXPEDIENTE N° 4069-00236/2020, MEDIANTE EL CUAL LOS SEÑORES MIGNONE, 

Visto

Corresponde a Expediente 4069-00236/2020

Las actuaciones obrantes en el expediente N° 4069-00236/2020,  mediante el cual los titulares señores MIGNONE, Carlos Federico/ MIGNONE, Jorge Ernesto y MIGNONE, Santiago José solicitan la         prefactibilidad para la construcción de Vivienda Multifamiliar, Local, Oficinas y Cocheras para uso particular en el inmueble ubicado en la calle Humberto 1° N° 1328 de nuestra ciudad, y
 

Considerando

Que a fs. 3 se adjunta nota del Sr. Carlos Emilio Mignone autorizando al Sr. Matías Ezequiel Llanos D.N.I. N° 34.135.793 a     presentar cualquier tipo de trámite que respecte solamente a un      expediente de PREFACTIBILIDAD de carácter Municipal sobre la propiedad en cuestión.
            Que a fs. 26 vuelta, el Departamento de Catastro informa que la propuesta se plantea interviniendo el bien de Nomenclatura Catastral: Circunscripción: I - Sección: C - Manzana: 191 - Parcela: 20c - Partida Inmobiliaria: 51547.
            Que de acuerdo con lo establecido por el Código de       Ordenamiento Urbano, aprobado por la Ordenanza 6771/2017 el inmueble se halla emplazado en el Distrito AU-DPH2 (Distrito de Protección     His-tórica 2) donde el uso comercial reviste condición dominante y el resi-dencial condición subdominante.
            Que los destinos propuestos se hallan admitidos, encuadrando como: - VIVIENDA MULTIFAMILIAR: (Ítem 6.1.1.)- EXPOSICIÓN Y VENTA POR MENOR: (Ítem 6.2.1) - SERVICIOS PROFESIONALES/ADMINISTRATIVOS (Ítem 6.2.2.). SERVICIOS COMERCIALES:(ÍTEM 6.2.1.).
            Que de ejecutarse el proyecto, sería necesario asignar  nú-mero domiciliario adicional N° 1330.
            Que a fs. 43 el Departamento de Obras Particulares informa que el uso propuesto se basa en 10 viviendas, 8 oficinas, 1 local y 22 cocheras.
            Que de acuerdo con el informe del Departamento de Catastro, los usos solicitados se encuentran admitidos por la Ordenanza 6771/2017.
            Que analizados los indicadores cumple con los mismos.
            Que a fs. 44, la Subdirección de Servicios Sanitarios             informa que en la calle Humberto Primo N° 1328 entre Ituzaingó y Dr. Muñiz, Circunscripción: I, Sección: C, Manzana: 191, Parcela: 20c de la ciudad de Luján, cuenta con tendido de redes de agua corriente y de efluentes de líquidos cloacales. Ya que cuenta con estos servicios,  resulta factible para este tipo construcción, según la Ley N° 8912,  contando únicamente con una conexión de agua corriente y una de cloacas por parcela.
        Que por tratarse de una Construcción donde se confeccionarán varios sanitarios se deberá realizar una instalación de sistema de   tratamiento de efluentes cloacales domiciliario, según Ordenanza       N° 6314, Decreto N° 1696 del 28 de noviembre de 2013, para minimizar el impacto del vuelco a la red principal de cloacas, requisito fundamental, para este tipo de prefactibilidades.
            Que a fs. 45, la Oficina de Tasas informa que al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción: I, Sección: C, Manzana: 191, Parcela: 20c le corresponde el N° de Cuenta 1130031.
            Que a fs. 50, se adjunta Factibilidad de Suministro     Eléctrico emitido por la Cooperativa Eléctrica de Luján.
            Que a fs. 51/73 se adjunta copia de Inscripción Declaratoria de Herederos, se desprende a fs. 54,63 y 73 que los adjudicatarios son los Señores MIGNONE, Carlos Emilio/ MIGNONE, Jorge Ernesto y MIGNONE, Santiago José, según Matrícula 7073 año 2020.
             Que a fs. 74/75 el Departamento de Catastro actualiza   titularidad del inmueble en cuestión y base de datos del  informe de parcelas.                
             Que a fs. 77 vuelta, el Secretario de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura manifiesta su conformidad y considera FACTIBLE otorgar a los recurrentes la Prefactibilidad solicitada para la     construcción de  Vivienda  Multifamiliar, Local, Oficinas y cocheras para uso particular en el inmueble ubicado en la calle Humberto 1°     N° 1328, de esta ciudad.
             Que el presente se dic
ta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley          N° 6.769/58.


Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1°.- Otorgase a  los señores MIGNONE, Carlos Emilio D.N.I.     -------------- N° 13.620.380 MIGNONE, Jorge Ernesto D.N.I. N° 14.818.971 y MIGNONE, Santiago José D.N.I. N° 17.119.447 la Prefactibilidad para la construcción de un edificio destinado a Vivienda Multifamiliar, Local, Oficinas y Cocheras para uso particular en el inmueble denominado    catastralmente como: Circunscripción: I;  Sección: C; Manzana: 191;  Parcela: 20c; Partida   Inmobiliaria: 51547; Inscripción de Dominio: Matrícula: 7033 año 2020, ubicada en la calle Humberto 1° N° 1328 de nuestra ciudad.---------------------------------------------------------

Artículo 2°.- Previo  al  inicio  de la obra, los interesados deberán   ------------- abonar los derechos de construcción y presentar la     documentación técnica correspondiente, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días.----------------------------------------------------- 

Artículo 3.- Para el tratamiento  de efluentes,  se deberá instalar  un ------------ sistema séptico integrado acorde a la densidad propuesta, debiendo ser éste parte de la documentación técnica a presentar para su aprobación y donde conste implantación y detalles del mismo.------------ 

Artículo 4°.- Regístrese  y  tomen conocimiento  quienes corresponda,   -------------- notifíquese, publíquese y archívese.---------------------

D E C R E T O    N°230.-