Boletines/Rivadavia

Resolución Nº2/2021

Resolución Nº 2/2021

Rivadavia, 11/02/2021

Visto

               El proyecto presentado por el Sr Presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Tomás Massa, con el objetivo de modificar el Impuesto a las Ganancias y establecer un nuevo piso que beneficia a más de 1.260.000 trabajadores y trabajadoras;

Considerando

                        Que a través de dicha iniciativa, se propone que el Impuesto a las Ganancias sea pagado solamente por quienes perciben salarios mayores a 150 mil pesos mensuales, y jubilaciones que superen los ocho haberes mínimos, es decir a 152.280 pesos;

                             Que, asimismo, para el caso de los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia cuya remuneración mensual que se liquide supere dicha suma, pero no exceda la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL ($ 173.000) por dicho período, se faculta al Poder Ejecutivo nacional a incrementar la deducción especial en orden a evitar que la carga tributaria del presente gravamen neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial  asumida tendiente a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas y fortalecer la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional;

                              Que, Complementariamente, para el caso de los jubilados la deducción específica se eleva al equivalente a OCHO (8) veces la suma de los haberes mínimos garantizados -actualmente, en SEIS (6)-. Esto implica que los jubilados y jubiladas comiencen a pagar a partir de OCHO (8) veces el haber mínimo, es decir PESOS CIENTO CINCUENTA y DOS MIL ($ 152.000), aproximadamente;

                                 Que el nuevo piso beneficiaría al 63,4% de los contribuyentes que actualmente lo pagan en todo el país;

                             Que lo previamente mencionado se traduce en que, a partir de esta modificación, dejarían de pagar el impuesto a las ganancias 1.267.000 de trabajadores, trabajadoras, jubilados y jubiladas;

                                       Que el proyecto busca beneficiar a la mayor cantidad de contribuyentes a nivel nacional y además potenciar el mercado interno, debido a que los principales beneficiarios de la medida serían trabajadores, trabajadoras, jubilados y jubiladas que destinan una gran parte de sus ingresos al consumo local, beneficiando de esta manera nuestra economía local;

                                    Que a fines de 2020, el tributo afectaba a unas 2,3 millones de personas, el 25,6% del total de los contribuyentes en relación de dependencia. Con la actualización anual del impuesto, de acuerdo a la ley vigente a partir de enero de este año, 300 mil trabajadores dejaron de ser alcanzados por el tributo, ya que el piso para los solteros pasó a ser de $74.810 y de $97.963 en el caso de ser casados con dos hijos. Con esta suba del “Mínimo no Imponible” la cantidad de empleados y empleadas, jubilados y jubiladas retenidos para los primeros meses del año bajará a dos (2) millones, aproximadamente, pero ese número se volverá a incrementar a partir de que se perfeccionen los incrementos salariales previstos para el año 2021;

                                    Que si el expediente logra los consensos necesarios y se aprueba, se consolidaría un esquema progresivo, en el que el impuesto a las ganancias solo lo pagaría el 10% de los contribuyentes con mayores ingresos y las jubilaciones de privilegio;

                                 Que, puntualmente en la Provincia de Buenos Aires dejarían de pagar el impuesto a las ganancias el sesenta y siete por ciento (67%) de los trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas que lo deberían pagar a partir de enero. Este porcentaje se eleva cerca del ochenta (80%) para Provincias como Formosa, Jujuy, La Rioja y Santiago del Estero;

                                    Que esto representa un alivio fiscal para las personas que pertenecen a la clase media trabajadora y, con esta medida, los jubilados y las jubiladas de todo el país pueden disfrutar del fruto de su trabajo;

                                    Que aumentar la capacidad de compra es esencial para la reactivación del comercio local;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION  N°  2/2021

ARTÍCULO 1.- El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia acompaña la iniciativa del proyecto de ley de modificación del piso de ganancias, que se tramita en el Congreso Nacional, el cual es impulsado por el Sr. Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Sergio T. Massa, bajo el expediente 6960-D-2020 que propone llevarlo a que paguen quienes cobran salarios mayores a 150 mil pesos mensuales en bruto y solicitase la posibilidad de incluir a trabajadores autónomos.

ARTÍCULO 2.- Envíese una copia de la presente con el visto, los considerandos y articulados a todos los Honorables Concejos de la Provincia de Buenos Aires con el objeto de invitarlos a pronunciarse en los mismos términos de esta norma.

ARTÍCULO 3.- Envíese una copia del presente expediente al despacho del Sr. Presidente de la Cámara de Diputados, Sergio T. Massa.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA  A ONCE  DIAS DEL MES DE FEBRERO  DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.--

 

LUCIA E. SIGNORELLI

 

 

JORGE PABLO ROSOLEN

Secretaria Interina

 

 

Presidente

Honorable Concejo Deliberante

 

 

Honorable Concejo Deliberante

 

 

Expte. N° 27/2021